Condenado a un a?o de prisi¨®n por morder a su expareja en la cara cuando ella rechaz¨® un beso
El agresor debe indemnizar a su exnovia con 400 euros por un delito de lesiones agravadas
El 10 de noviembre de 2015 un hombre de 33 a?os intent¨® besar a su expareja en una plaza de Benidorm (Alicante). Cuando ella se neg¨®, ¨¦l le mordi¨® en la cara, le tir¨® del pelo y la tir¨® al suelo.?La Secci¨®n Primera de la Audiencia Provincial de Alicante ha confirmado una pena de un a?o de prisi¨®n para el agresor por?un delito de lesiones agravadas dictada por el Juzgado de lo Penal n¨²mero dos de Benidorm.
Los hechos tuvieron lugar delante de los hijos de la v¨ªctima, que eran menores de edad.?El condenado, que se encontraba bajo los efectos del alcohol, intent¨® besar a su expareja pese a que ten¨ªa prohibido acercarse a ella a menos de 300 metros y comunicarse con ella por ning¨²n medio por una medida cautelar dictada por un Juzgado de Villajoyosa (Alicante). Al negarse, la v¨ªctima sufri¨® varias?contusiones y hematomas como resultado de las agresiones de su expareja. Las lesiones tardaron m¨¢s de diez d¨ªas en curarse.??
El Juzgado de lo Penal n¨²mero dos de Benidorm conden¨® al agresor?como autor de un delito de lesiones agravadas a un a?o de prisi¨®n, la prohibici¨®n de tenencia de armas durante tres a?os y la prohibici¨®n de comunicarse o acercarse a la v¨ªctima, a su domicilio o lugar de trabajo a menos de 500 metros durante dos a?os. Adem¨¢s, el hombre de 33 a?os deber¨ªa pagar una indemnizaci¨®n de 400 euros a su expareja.
El condenando recurri¨® la sentencia y argument¨® un "error en la valoraci¨®n de la prueba" al considerar que la versi¨®n de la v¨ªctima conten¨ªa incongruencias. Adem¨¢s, reclam¨® que otro de los errores que se hab¨ªan cometido era que no se le hab¨ªa aplicado un atenuante por estar bajo los efectos del alcohol, tal y como recoge un informe m¨¦dico que se emiti¨® pocas horas despu¨¦s de producirse los hechos.
La Secci¨®n Primera de la Audiencia Provincial de Alicante ha rechazado sus reclamaciones alegando que no basta el consumo de bebidas alcoh¨®licas o sustancias estupefacientes para que el sujeto sea inimputable o se reduzca su responsabilidad penal. En este caso, el juzgado considera que no se ha probado que la capacidad intelectual del agresor se hubiera visto afectada por el consumo de alcohol.??
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