La Audiencia Nacional rechaza de nuevo extraditar a Falciani a Suiza
El pa¨ªs helv¨¦tico reclama al exempleado del HSBC para cumplir 5 a?os de c¨¢rcel por filtrar datos bancarios
La Audiencia Nacional ha rechazado de nuevo este martes extraditar al exempleado del banco HSBC Herv¨¦ Falciani a Suiza, pa¨ªs que le reclama para cumplir cinco a?os de c¨¢rcel por filtrar datos bancarios. En diciembre de 2008, Falciani se hizo con los datos de 120.000 clientes de la entidad y los puso en manos de la justicia y las autoridades fiscales francesas, que los utilizaron en numerosas causas por delito fiscal. La informaci¨®n aportada por Falciani ha permitido recaudar en Espa?a m¨¢s de 250 millones de euros ocultos a Hacienda.
Los magistrados espa?oles entienden que los hechos por los que las autoridades helv¨¦ticas le reclaman son los mismos por los que ya se deneg¨® la entrega la primera vez que fue detenido en Espa?a en 2012. El tribunal -la Secci¨®n Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional- tambi¨¦n rechaza la extradici¨®n por otro motivo: el delito de "espionaje financiero agravado" por el que le reclama Suiza no est¨¢ tipificado en el C¨®digo Penal espa?ol, por lo que no se da el requisito de la doble incriminaci¨®n.
Falciani, de 46 a?os y nacido en M¨®naco, trabaj¨® en la filial suiza de HSBC de 2001 a 2008 y fue arrestado en Espa?a en 2012 a petici¨®n suiza por filtrar datos de 120.000 clientes del banco, pero su entrega fue rechazada entonces por la Audiencia, que ahora ha vuelto a oponerse a su extradici¨®n. Esta decisi¨®n judicial, recurrible ante el Pleno de la Sala de lo Penal, cierra la v¨ªa para la extradici¨®n de Falciani.
La Fiscal¨ªa se hab¨ªa opuesto a la entrega, al entender que concurr¨ªa la excepci¨®n de "cosa juzgada", porque los hechos relatados en la sentencia de 27 de noviembre de 2015 del Tribunal Penal Federal suizo, en la que se condenaba a Falciani, ya fueron valorados en marzo de 2013 por la misma Sala de la Audiencia Nacional cuando el caso se encontraba en fase de instrucci¨®n en aquel pa¨ªs. Ya entonces la Audiencia rechaz¨® la entrega del inform¨¢tico al entender que no se cumpl¨ªa con el requisito de la doble incriminaci¨®n.
El tribunal reitera que la legislaci¨®n penal espa?ola carece de un tipo delictivo que se corresponda con el tipo penal suizo denominado ¡°espionaje financiero agravado¡± por el que Herv¨¦ Falciani result¨® condenado. Este tipo penal difiere sustancialmente con los delitos espa?oles que podr¨ªan considerarse m¨¢s pr¨®ximos, como el de ¡°revelaci¨®n¡± o ¡°divulgaci¨®n¡± de secretos que recoge nuestro C¨®digo Penal, seg¨²n la sala presidida por la magistrada Mar¨ªa Riera.
Despu¨¦s de analizar el relato de hechos de la sentencia suiza, los magistrados concluyen que la ¨²nica divulgaci¨®n efectiva que hace el reclamado es la que realiza al transmitir la informaci¨®n a las autoridades de inteligencia financiera, administraciones tributarias de diferentes Estados y a las autoridades judiciales y fiscales, que inician procedimientos a partir de esos datos. Esta circunstancia, explican los jueces, se ve corroborada con el informe remitido por la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n en el que se detallan los procedimientos judiciales abiertos o finalizados en los que se ha concretado la colaboraci¨®n del reclamado.
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