El Constitucional avala la obligaci¨®n de los abogados de sumarse a la asistencia jur¨ªdica gratuita
El tribunal rechaza el recurso presentado por Unidos Podemos, que consideraba que supon¨ªa una discriminaci¨®n frente a otros sectores
El pleno del Tribunal del Constitucional ha avalado de forma un¨¢nime la reforma legislativa que obliga a los abogados a formar parte del servicio de asistencia jur¨ªdica gratuita. A trav¨¦s de una sentencia fechada el pasado 4 de octubre, los magistrados rechazan el recurso presentado por Unidos Podemos que consideraba que esta norma violaba seis art¨ªculos de la Ley de Leyes. Entre otros preceptos, la coalici¨®n de izquierdas consideraba que se vulneraba "el derecho a la negociaci¨®n colectiva de las condiciones en que se coopera en la prestaci¨®n de un servicio p¨²blico impuesto unilateralmente y el derecho a la libertad de empresa".
"Imponer a un grupo de espa?oles la obligaci¨®n de realizar un servicio p¨²blico supone una discriminaci¨®n frente al resto de los espa?oles. El derecho constitucional a la defensa y a la tutela judicial efectiva de quienes carecen de medios no puede servir de excusa para imponer a un determinado colectivo de ciudadanos la obligaci¨®n de prestar ese servicio, est¨¦n conformes o no con la contraprestaci¨®n que el Estado les ofrece", expon¨ªa tambi¨¦n Unidos Podemos en su recurso, donde a?ad¨ªa que el servicio de asistencia jur¨ªdica gratuita "solo debe ser obligatorio para el Estado y, [si acaso], para los Colegios Profesionales, a condici¨®n de que estos hayan sido previamente dotados de la adecuada y necesaria asignaci¨®n presupuestaria". "Desde la supresi¨®n del servicio militar obligatorio el 1 de enero de 2002, no existe en Espa?a ninguna prestaci¨®n obligatoria para ning¨²n ciudadano o ciudadana", a?ad¨ªa la coalici¨®n.
Pero el TC ha rechazado toda su argumentaci¨®n. Los magistrados consideran que la Constituci¨®n obliga a garantizar la asistencia jur¨ªdica gratuita y que, por tanto, la obligatoriedad impuesta por el Parlamento se deriva de ello. "El contenido y condiciones [para lograrlo] le corresponde delimitarlo al legislador, atendiendo a los intereses p¨²blicos y a las disponibilidades presupuestarias", afirma la sentencia del tribunal.
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