El Constitucional refuerza el derecho de los presos preventivos a acceder a los sumarios secretos
El alto tribunal subraya que los encarcelados deben tener los datos esenciales de la investigaci¨®n para ejercitar su derecho de defensa
Los presos preventivos han encontrado de nuevo amparo en el Tribunal Constitucional, que este lunes hizo p¨²blica una sentencia donde subraya que un juez, aunque declare el secreto de sumario de unas actuaciones, no puede impedir al imputado acceder a los datos esenciales de la investigaci¨®n para que intente recurrir su privaci¨®n de libertad porque vulnera su derecho de defensa. Un dictamen aprobado por la Sala Primera del tribunal de garant¨ªas y redactado por el presidente del ¨®rgano, Juan Jos¨¦ Vivas, que va m¨¢s all¨¢ y critica incluso la prolongaci¨®n "indefinida" del secreto de sumario. De hecho, no solo afirma que esta medida debe tomarse durante el "m¨ªnimo [tiempo] indispensable", sino que su extensi¨®n puede llegar a ¡°desautorizar constitucionalmente¡± un proceso penal por gestarse a "espaldas" del afectado.
El alto tribunal emiti¨® este dictamen al aceptar el recurso de amparo presentado por V¨ªctor Manuel Torres, que fue encarcelado de forma preventiva en 2017 por el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 3 de Reus ¡ªuna medida avalada posteriormente por la Audiencia Provincial de Tarragona¡ª, en el marco de una operaci¨®n contra el blanqueo de capitales y el narcotr¨¢fico. Seg¨²n la Sala Primera, entonces se violaron su derecho a la libertad personal y a la defensa. "Cabe destacar que la situaci¨®n de indefensi¨®n se ci?e al hecho mismo de haberse impedido todo contacto ¡ªdirecto o indirecto¡ª del demandante con el expediente procesal, de modo tal que pudiera adquirir conocimiento de lo que, obrando en las actuaciones, resultara esencial para poder impugnar su privaci¨®n de libertad", explican los magistrados del Constitucional.
Segunda decisi¨®n
Esta sentencia del tribunal de garant¨ªas es la segunda que, en apenas unos d¨ªas, refuerza los derechos de los presos preventivos. El pleno del Constitucional abri¨® la puerta el pasado mi¨¦rcoles a que todas las personas que resulten absueltas tras haber permanecido alg¨²n tiempo en prisi¨®n provisional reciban una indemnizaci¨®n del Estado por los perjuicios sufridos. El tribunal anul¨® la cl¨¢usula de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial que limitaba las compensaciones a aquellos casos en que se demuestre "la inexistencia del hecho imputado". Una decisi¨®n una de las sentencias m¨¢s relevantes de los ¨²ltimos tiempos, seg¨²n valoraron fuentes del propio organismo.
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