La Justicia mantiene los permisos de salida a Urdangarin y abre la puerta a su semilibertad
Los magistrados consideran que el cu?ado de Felipe VI cumple los requisitos de baja peligrosidad y nulo riesgo de fuga exigidos para continuar con sus dos salidas semanales
I?aki Urdangarin, marido de la infanta Cristina y cu?ado del rey Felipe VI, podr¨¢ seguir saliendo dos veces por semana de la c¨¢rcel de Brieva (?vila), donde cumple una condena de cinco a?os y 10 meses por el caso N¨®os, para colaborar con una ONG madrile?a en el cuidado de personas con discapacidad. As¨ª lo recoge un auto de la Audiencia Provincial de ?vila hecho p¨²blico este lunes y en el que rechaza el recurso que la Fiscal¨ªa hab¨ªa presentado contra la decisi¨®n del juez de Vigilancia Penitenciaria de aplicar a Urdangarin el art¨ªculo 117 del R¨¦gimen Penitenciario que le permite desde el pasado 19 de septiembre realizar estas salidas. Para los magistrados, el marido de la Infanta cumple los requisitos de baja peligrosidad y nulo riesgo de fuga que, recalcan, son los ¨²nicos que exige la ley para que el marido de Cristina de Borb¨®n pueda abandonar la c¨¢rcel martes y jueves durante un m¨¢ximo de ocho horas diarias.
En su resoluci¨®n, los tres magistrados alaban la decisi¨®n del juez de Vigilancia Penitenciaria y hacen suyos los razonamientos "brillantes, acertados y profusos" que este utiliz¨® para autorizar la medida en contra del criterio de la Fiscal¨ªa y de la junta de tratamiento de la c¨¢rcel, ¨®rgano interno de la prisi¨®n en la que participan diversos profesionales penitenciarios. La junta hab¨ªa reflejado en su informe de julio que el riesgo de reincidencia del marido de la Infanta era ¡°medio-alto¡± dado lo elevado de la pena y el tipo de delito. Sin embargo, los magistrados no solo rechazan que exista ese riesgo, sino que abren la puerta a que el marido de la infanta Cristina acceda a "futuros permisos de salida y a una clasificaci¨®n de grado [penitenciario] m¨¢s flexible y aperturista" con la aplicaci¨®n del art¨ªculo 100.2 del Reglamento Penitenciario, lo que le permitir¨ªa disfrutar de algunos de los beneficios del tercer grado penitenciario o r¨¦gimen de semilibertad.
En su auto, los magistrados destacan la existencia de dos informes internos de la c¨¢rcel que, en su opini¨®n, respaldan la concesi¨®n de esas salidas. Uno de ellos es de la educadora social de la c¨¢rcel de Brieva, en el que se recoge que el aislamiento en el que cumple Urdangarin su condena ¡ªes el ¨²nico recluso del m¨®dulo masculino de la c¨¢rcel de Brieva¡ª, le impide realizar actividades comunes y, por tanto, "le est¨¢ afectando negativamente". Los magistrados recuerdan que, si bien el marido de la infanta Cristina acudi¨® voluntariamente a esta prisi¨®n para cumplir la condena sabiendo que era para mujeres, "el r¨¦gimen de aislamiento en el que se est¨¢ cumpliendo la pena por el interno no ha sido libremente elegido por ¨¦l, sino que deviene impuesto, a¨²n indirectamente, por la Administraci¨®n Penitenciaria" y coinciden con el informe t¨¦cnico en que esta circunstancia est¨¢ produciendo en el cu?ado de Felipe VI "efectos perjudiciales" y su "desocializaci¨®n".
El escrito judicial tambi¨¦n rechaza el argumento esgrimido por la Fiscal¨ªa para pedir que se le revocasen los permisos de que la labor de colaboraci¨®n de Urdangarin con personas con discapacidad no supone en realidad un beneficio para el tratamiento penitenciario de este. Los magistrados se apoyan para rechazarlo en un segundo informe penitenciario en el que se destaca que este trabajo en la ONG "parece muy enriquecedor y positivo". El tribunal insiste en que este segundo documento penitenciario ya apunta a que estas salidas "podr¨ªan verse como un paso previo" para una pr¨®xima concesi¨®n de permisos de salida cuando Urdangarin cumpla, el pr¨®ximo 28 de noviembre, un cuarto de la condena, condici¨®n indispensable para poder solicitarlos.
Los magistrados recalcan que este informe considera las dos salidas semanales de las que disfruta ahora Urdangarin son tambi¨¦n la antesala para que se le aplique el art¨ªculo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que permite a los presos clasificados en segundo grado penitenciario, como es el caso del marido de la Infanta, a disfrutar de algunos de los "aspectos caracter¨ªsticos" del tercer grado, entre ellos la semilibertad. "Mal puede afirmarse [...] que el desarrollo del programa no vaya a contribuir a desarrollar la aptitud del interno o enriquecer sus conocimientos a trav¨¦s de la prestaci¨®n de un servicio a la sociedad", a?aden los magistrados.
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