Protecci¨®n de Datos recurre la sentencia del Supremo sobre los registros bautismales
La agencia considera que la informaci¨®n contenida en los archivos eclesi¨¢sticos es especialmente sensible y debe estar protegida
La Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos (AEPD) recurrir¨¢ antes del pr¨®ximo d¨ªa 24 la sentencia del Tribunal Supremo que exime a la Iglesia de cancelar los datos personales registrados en los libros de bautismo. Dicha sentencia respond¨ªa a la petici¨®n de un ciudadano de ser borrado de los registros de bautismo a fin de ver cumplida a plenos efectos su decisi¨®n de apostatar. Protecci¨®n de Datos ha dejado claro que no entra en el concepto de apostas¨ªa, pero s¨ª que los datos contenidos en los registros deben ser protegidos, ya que hacen alusi¨®n a las creencias de las personas documentadas. La agencia considera err¨®nea la interpretaci¨®n de la sentencia, que niega la categor¨ªa de "fichero de datos" a los libros bautismales.
El director de la agencia, Artemi Rallo, ha anunciado esta ma?ana en rueda prensa que el organismo que dirige presentar¨¢ un "incidente de nulidad de actuaciones" ante el Tribunal Supremo en contra de la sentencia del pasado d¨ªa 30 de septiembre. La instituci¨®n quiere que los libros sean modificados con una anotaci¨®n al margen junto al nombre de aquellos que no quieran constar en ellos que garantice que nadie pueda tener acceso a estos. De no prosperar el recurso, Rallo ha anunciado que recurriran en amparo ante el Tribunal Constitucional.
El Tribunal Supremo anul¨® recientemente la sentencia de la Audiencia Nacional que consideraba los libros de bautismo ficheros de datos en los que se pod¨ªan a?adir anotaciones de cancelaciones de inscripci¨®n en la Iglesia cat¨®lica, admitiendo as¨ª el recurso de casaci¨®n que interpuso el Arzobispado de Valencia. La decisi¨®n del Supremo tambi¨¦n anulaba, por considerarla contratia a derecho, la resoluci¨®n de Protecci¨®n de Datos del 23 de mayo de 2006 que obligaba al Arzobispado de Valencia a anotar en el libro de bautismo que la persona ah¨ª registrada hab¨ªa solicitado que sus datos fueran cancelados.
La AEPD, que "no entra en el debate del concepto de apostas¨ªa", sino en el derecho a la protecci¨®n de datos personales, seg¨²n ha afirmado Rallo, se ha dirigido al fiscal general del Estado y al Defensor del Pueblo para solicitarles la interposici¨®n de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Seg¨²n el director de la AEPD, con la sentencia del Tribunal Supremo se ve vulnerada la configuraci¨®n del derecho fundamental a la protecci¨®n de datos como consecuencia, entre otros motivos, de una interpretaci¨®n "err¨®nea" del concepto de "fichero".
Desprotecci¨®n de los datos personales
Artemi Rallo considera que un libro de bautismo es un conjunto organizado de datos conforme a un criterio determinado, que es el de la fecha de bautismo, que permite la identificaci¨®n. En la partida bautismal se incluyen "abundantes datos personales", no s¨®lo del bautizado, y se incorpora adem¨¢s informaci¨®n "especialmente" protegida, como es la "de creencias", advierte Rallo. "Los criterios de ordenaci¨®n alfab¨¦tica o de fecha de nacimiento, frente a cualquier otro como puede ser en este caso la fecha de bautismo, obviamente constituye una apreciaci¨®n que deja un gran margen a la duda respecto a otros muchos ficheros", a?ade. En su opini¨®n, la sentencia del Tribunal Supremo podr¨ªa afectar a otros ficheros, como por ejemplo, los de una entidad que se dedique a la promoci¨®n publicitaria, cuya informaci¨®n podr¨ªa estar ordenada por criterios como una calle, un distrito, o cualquier otro.
El director de la AEPD considera adem¨¢s que la sentencia del Tribunal Supremo restringe la protecci¨®n de datos de car¨¢cter personal a los ficheros informatizados, pero no a los manuales, que son mayor¨ªa en el Registro de Agencia, en torno al 70 por ciento. En su opini¨®n, el mundo de la protecci¨®n de datos personales se extiende a toda la realidad "que nos envuelve", cuya heterogeneidad obliga a que pueda identificarse como fichero cualquier conjunto organizado de datos de acuerdo a un criterio que permita "sin esfuerzos desproporcionados identificar a una persona f¨ªsica".
Durante 2006, 2007 y 2008 la Agencia estim¨® 650 peticiones de tutela o resoluciones estimatorias del derecho de cancelaci¨®n de los datos en el libro de bautismo, y en este momento tiene pendientes de resolver 556; de las 650 anteriores, han sido recurridas y resueltas hasta la fecha 171 y pendientes de ello quedan 123, a la espera de ser resueltas por la Audiencia Nacional.
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