La atenci¨®n a los dependientes no podr¨¢ denegarse por silencio administrativo, seg¨²n una sentencia
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula el sistema de la Comunidad de Madrid, seg¨²n el cual si a los seis meses no se recib¨ªa contestaci¨®n supon¨ªa la negativa de la Administraci¨®n a prestar el servicio
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha admitido parcialmente la demanda interpuesta por la Plataforma por la Dependencia de Alcorc¨®n contra la Orden 2386/2008 mediante la cual se regulan los procedimientos para el reconocimiento de la situaci¨®n de dependencia, informaron hoy fuentes del colectivo. Este hecho conlleva, seg¨²n explicaron desde la Plataforma, la anulaci¨®n del proceso de regulaci¨®n establecido por la Comunidad de Madrid, seg¨²n el cual el silencio administrativo transcurridos seis meses desde la solicitud conllevaba la denegaci¨®n autom¨¢tica de la condici¨®n de dependiente.
La sentencia del TSJM anula por tanto el art¨ªculo 5 de la citada Orden, lo que supone que "a partir de ahora todos los solicitantes que seis meses despu¨¦s de haber presentado su solicitud no hayan obtenido respuesta pueden entender que se les ha reconocido como dependientes y tienen, por tanto, derecho a las prestaciones y servicios que la ley establece", indicaron fuentes de la Plataforma.
El colectivo considera que esta sentencia tendr¨¢ "un efecto positivo como elemento dinamizador" de la tramitaci¨®n de las solicitudes de dependecia, ya que estimaron que desde este momento "la Comunidad de Madrid deber¨¢ ser mas diligente en la tramitaci¨®n", ya que de lo contrario "muchos madrile?os habr¨¢n ganado su derecho a recibir las ayudas de la Ley de Dependencia sin poseer los requisitos para ello".
La Plataforma por la Dependencia de Alcorc¨®n est¨¢ formada por la Asociaci¨®n de Minusv¨¢lidos de Alcorc¨®n, la Asociaci¨®n de Padres y Amigos de Ni?os Subdotados de Alcorc¨®n, la Asociaci¨®n de Laringetomizados y la Organizaci¨®n Empresarial de Alcorc¨®n.
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