El S¨ªndic denuncia que la administraci¨®n "vulnera la ley" para elevar la edad de menores inmigrantes y expulsarlos del pa¨ªs
El organismo detecta "vulneraciones de derecho" contra los extranjeros de menos de 18 a?os que piden ser tutelados por el Estado espa?ol
El acceso a Espa?a de inmigrantes menores de edad, j¨®venes con derecho a permanecer en el pa¨ªs y a ser tutelados por el Estado sin que se les exija ninguna otra documentaci¨®n ni requisito, ha sido denunciado por sindicatos policiales como una v¨ªa de entrada fraudulenta de extranjeros por abrir la puerta a que inmigrantes mayores de edad se hagan pasar por menores. Pero la administraci¨®n, las autoridades y la Fiscal¨ªa tambi¨¦n cometen irregularidades para falsear y elevar la edad de estos inmigrantes, de modo que sean se?alados como mayores de 18 a?os y puedan ser expulsados a su pa¨ªs de origen sin demora. Es la denuncia que ha formulado el S¨ªndic de Greuges, organismo equivalente al defensor del pueblo de la comunidad aut¨®noma de Catalu?a, que ha se?alado que la administraci¨®n y la Fiscal¨ªa practican "vulneraciones de derecho" en la determinaci¨®n de edad de los inmigrantes en situaci¨®n irregular que aseguran ser menores.
Estas vulneraciones parten de dos v¨ªas: primero, la de tratar como indocumentados aquellos j¨®venes que exhiben un pasaporte legalmente expedido por su pa¨ªs de origen y que acredita su minor¨ªa de edad; segundo, aprovechar la baja fiabilidad de las pruebas pruebas radiol¨®gicas -fundamenalmente de la mu?eca y la dentadura- empleadas para determinar la edad. Estas tienen un margen de error de 1,7 a?os por encima o por debajo, lo que puede determinar la mayor¨ªa de edad a un joven de 16 a?os para expulsar al menor del pa¨ªs. Las asociaciones de defensa de los j¨®venes inmigrantes elevan este margen de error hasta los dos a?os, alegando que sobreperjudican a los subsaharianos dada su mayor corpulencia
"Por m¨¢s irregularidades que cometan los inmigrantes para falsear su edad, no pueden justificar este procedimiento insuficientemente garantista", lamenta el S¨ªndic. En 2010, la Fiscal¨ªa de Catalu?a orden¨® practicar 299 diligencias para determinar la edad de otros tantos inmigrantes no acompa?ados, de los que 136, casi la mitad, acabaron siendo catalogados como adultos.
Pasaportes sin valor
"La declaraci¨®n de la mayor¨ªa de edad a j¨®venes con un pasaporte v¨¢lido que acredita su minor¨ªa de edad es muy frecuente", destaca el organismo. En estos casos, la Fiscal¨ªa o la administraci¨®n competente incluso prescinde "generalmente" de verificar la validez del pasaporte con las autoridades del pa¨ªs de origen del inmigrante: se considera inv¨¢lido porque s¨ª, sin mayor razonamiento jur¨ªdico ni administrativo. Entonces se procede a realizar pruebas de edad sobre estos j¨®venes. "En numerosos casos, ocurre cuando en su pasaporte figura una edad muy pr¨®xima a la mayor¨ªa de edad, es decir, m¨¢s de 17 a?os y medio", denuncia el S¨ªndic para retratar la intenci¨®n de las autoridades de diagnosticar que un menor es mayor de 18 a?os.
Estas pruebas suelen realizarse sin que los inmigrantes "cuenten con asistencia letrada a lo largo de todo el proceso", por lo que este desconoce su derecho a formular alegaciones ni a reclamar la realizaci¨®n de m¨¢s pruebas, lo que seg¨²n los expertos contribuir¨ªa a afinar el diagn¨®stico de la edad del sujeto. "Hay casos en que no consta que la Fiscal¨ªa haya ordenado la pr¨¢ctica de, como m¨ªnimo, dos pruebas radiol¨®gicas, o bien del correspondiente informe forense", se?ala el S¨ªndic. Se trata del documento mediante el que un m¨¦dico experto debe interpretar caso por caso el resultado de las pruebas, de acuerdo con criterios t¨¦cnicos y valorativos.
El peor resultado, gana
Pero "la mayor¨ªa" de estos informes, por otro lado, tambi¨¦n muestra "deficiencias destacables": no explicitan la probabilidad de la edad estimada, ni que esa edad esta sujeta a un riesgo de error elevado. Las conclusiones, por lo dem¨¢s, atribuyen estimaciones de edad "poco precisas" y en caso de discrepancia ante distintos resultados obtenidos en distintas pruebas, "suelen escoger como resultado v¨¢lido" la prueba que ha arrojado una edad m¨¢s elevada.
Estas discrepancias son a¨²n m¨¢s flagrantes entre pruebas realizadas en distintas comunidades aut¨®nomas: hay j¨®venes que han sido expulsados pese a contar con un informe m¨¦dico que acredita su minor¨ªa de edad porque al llegar a otra comunidad esas mismas pruebas le han diagnosticado como mayor de edad. "En caso de disparidad de resultados", protesta el S¨ªndic, "deber¨ªa aplicarse el principio favor minoris". Se trata del criterio de salvaguardar el inter¨¦s del menor, consagrado en la legislaci¨®n espa?ola y que deber¨ªa aplicarse tambi¨¦n en el caso de menores inmigrantes.
La realizaci¨®n de las mismas pruebas en distintas comunidades no es un caso aislado: algunos gobiernos regionales han denunciado el traspaso de menores no acompa?ados de una comunidad a otra, aparentemente para librarse del engorro. Este tr¨¢fico lo destac¨® el a?o pasado la Junta de Andaluc¨ªa, que denunci¨® la llegada a Sevilla de 41 inmigrantes menores no acompa?ados desde Canarias. En algunos casos, previo paso por la Comunidad Valenciana.
La ley se pierde en el embrollo administrativo
En otros tantos casos, la ley que protege a los presuntos menores acaba traspapelada en el embrollo administrativo: la Fiscal¨ªa practica pruebas a j¨®venes para determinar su edad sin haberlo notificado a la administraci¨®n competente en protecci¨®n de menores. Esta deber¨ªa abrir el correspondiente expediente por atenci¨®n inmediata del joven, aunque finalmente acabe siendo diagnosticado como mayor de edad. "Esta pr¨¢ctica es contrario a la ley de la infancia y la adolescencia", lamenta el S¨ªndic.
Pese a la ley, el organismo "no tiene constancia" de que se haya abierto expediente a ning¨²n joven extranjero no acompa?ado para prestarle la atenci¨®n inmediata que designa la ley espa?ola. Al incumplir esta norma, la administraci¨®n fracasa a la hora de garantizar los derechos del menor durante la realizaci¨®n de las pruebas, lo que deriva en los posteriores abusos.
Diagnosticar sin admitir los errores
A principios de mes, la Fiscal¨ªa de Catalu?a ha dictado una instrucci¨®n que ordena catalogar como adultos a los inmigrantes irregulares de edad dudosa que aseguren ser menores cuando se nieguen a someterse a las pruebas forenses para comprobarlo. La circular contradice dos sentencias que han puesto en duda la fiabilidad de las pruebas radiol¨®gicas y atribuye a esas pruebas una veracidad absoluta. "Debe contemplarse que pueden ser err¨®neas", reclama el S¨ªndic.
La Fiscal¨ªa advierte de que muchos pa¨ªses tienen registros civiles de dudosa fiabilidad y emiten pasaportes a partir de la mera manifestaci¨®n sobre datos personales, mientras que en otros, como Costa de Marfil, Ghana y Togo, no se inscribe a los ni?os hasta transcurridos varios a?os. La instrucci¨®n establece que hay que atenerse a los criterios m¨¦dicos para determinar la edad en los casos dudosos. El menor ser¨¢ considerado mayor de edad si se niega a someterse a las radiograf¨ªas y a ser examinado por el forense, siempre que su aspecto sea el de un adulto y que no haya otros datos en su expediente que indiquen lo contrario.
El pasado enero, una juez de Barcelona cuestion¨® estas pruebas radiol¨®gicas destacando que el informe m¨¦dico-forense no aportaba datos "acerca del margen de error, incidencia de la raza en este margen y grado de fiabilidad de la prueba". La juez, por el contrario, precisaba que el pasaporte es el documento id¨®neo para determinar la edad del joven y que se convierte en prueba sin necesidad de legalizar su validez. El Tribunal Supremo ya ha cuestionado en alguna sentencia las pruebas radiol¨®gicas y ha considerado el pasaporte del menor una prueba m¨¢s determinante.
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