Los obispos dicen ahora que recurren la sentencia de Galera ante el Constitucional
La jerarqu¨ªa anunci¨® que enviar¨ªa el fallo al Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Despu¨¦s de once a?os de pleitos y con varias sentencias firmes en la mano, sobre todo, una del Tribunal Constitucional que le concede el amparo contra el atropello de varios de sus derechos fundamentales, la profesora Resurrecci¨®n Galera Navarro se enfrenta todav¨ªa a un nuevo calvario: el de cobrar lo que se le debe por decisi¨®n judicial inapelable (los salarios dejados de cobrar durante diez a?os) y que le devuelvan su puesto de trabajo. Pueden pasar a?os antes de conseguirlo. El Obispado de Almer¨ªa, que la despidi¨® por casarse con un hombre divorciado, y el Ministerio de Educaci¨®n, la Junta de Andaluc¨ªa y el Abogado del Estado se resisten como gato panza arriba e pretenden iniciar un nuevo camino de recursos. La jerarqu¨ªa cat¨®lica anuncia, adem¨¢s, que va presentar recurso de amparo ante el Constitucional para que se paralice todo el proceso. Hace dos meses hab¨ªa dicho que apelar¨ªa al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
El magistrado del Juzgado de lo Social n¨²mero 3 de Almer¨ªa, Carlos Aparicio Tobaruela, los ha reunido para que justifiquen sus posiciones, pero la conversaci¨®n ha terminado sin entendimiento alguno. La Fiscal¨ªa ni siquiera se ha presentado. El magistrado ha acordado volver a convocarles el 11 de abril.
Lo que sostiene el obispado es que la decisi¨®n de contratar, o no, a la profesora Galera le corresponde en exclusiva, sin intromisi¨®n de ministerios o Gobiernos auton¨®mos. Apela para ello al concordato firmado en 1979 entre el Estado de la Santa Sede y el Gobierno de Adolfo Su¨¢rez. De acuerdo con aquel pacto, mejorado a favor de la Iglesia en 1998 siendo Mariano Rajoy ministro de Educaci¨®n, el Estado espa?ol contrata y paga los salarios de los profesores de catolicismo romano, pero quien elige a los docentes para cada curso escolar es el obispado, con absoluta soberan¨ªa para contratar o despedir. Sobre el asunto ya se pronunci¨® el Constitucional hace un a?o, negando que la jerarqu¨ªa cat¨®lica tenga derecho absoluto sobre esos docentes, y menos aplastando derechos fundamentales. Pero la di¨®cesis de Almer¨ªa saca a relucir ahora un nuevo obst¨¢culo. Dice que la profesora Galera no tiene la cualificaci¨®n necesaria para ser profesora de esa materia.
Cuando fue enviada al paro hace diez a?os, Galera Navarro ten¨ªa 36 a?os, hab¨ªa dado clases de religi¨®n en varios colegios p¨²blicos a petici¨®n del obispado y sin queja alguna (desde 1994) y cobraba un salario mensual de 234.000 pesetas (la moneda oficial entonces, unos 1.400 euros), incluida la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias. Fue apartada de su trabajo por el ¨²nico motivo de contraer matrimonio civil, sin que el episcopado argumentara entonces la falta de habilitaci¨®n. El obispado afirma que si presenta ahora el recurso de amparo lo hace con el asesoramiento de los servicios jur¨ªdicos de la Conferencia Episcopal.
Galera Navarro reaccion¨® con asombro y desprecio a los nuevos argumentos de su antiguo empleador. Record¨® que su puesto de trabajo est¨¢ ahora ocupado por una sobrina del delegado diocesano de Ense?anza encargado por el obispo de comunicarle el despido. ¡°Conf¨ªo en que la justicia prevalezca. Les guste m¨¢s o les guste menos, ni la Iglesia ni el Ministerio pueden estar por encima de lo que diga la Justicia y el Tribunal Constitucional. Es vergonzoso lo que est¨¢ ocurriendo. Es una situaci¨®n indigna de un Estado de derecho¡±, a?adi¨®.
La sentencia pendiente de ejecuci¨®n fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa y se produjo por indicaci¨®n del Constitucional. No fue recurrida por los afectados. En ella se dice claramente que la profesora debe ser readmitida en su antiguo puesto de trabajo, previo pago de los salarios que dej¨® de percibir en el tiempo que ha durado el proceso. En cambio, el abogado del Estado, Demetrio Carmona, en consonancia con el Obispado, sostiene que solo debe percibir el salario del a?o en que se produjo el despido. La abogada de la profesora, Amalia Robles, insisti¨® ante el juez que debe cumplirse la sentencia en su literalidad.
Hace dos meses, el magistrado ya emiti¨® un auto de ejecuci¨®n de sentencia afeando la tardanza de la Administraci¨®n y extra?¨¢ndose de la actitud negligente, incluso ignorante, de la Abogac¨ªa del Estado. Dijo entonces: ¡°Extra?a sobremanera la postura procesal que han mantenido en un proceso de despido en el que se ha declarado la existencia de vulneraci¨®n de los derechos fundamentales de una trabajadora¡±. Al abogado del Estado le record¨® que ten¨ªa dos posibilidades tras la sentencia que condenaba al obispado y a la Administraci¨®n: ¡°O bien se readmit¨ªa a la profesora, o bien se le abonan los salarios dejados de percibir, sin que procedan soluciones intermedias, como propone el abogado del Estado, que parece no comprender la verdadera naturaleza jur¨ªdica del precepto aqu¨ª analizado¡±.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.