El Constitucional rechaza el recurso de los obispos contra la readmisi¨®n de Galera
La di¨®cesis de Almer¨ªa rechaza a la profesora que despidi¨® en clara rebeld¨ªa contra la justicia
Nueva vuelta de tuerca contra los obispos en el caso de la profesora de religi¨®n y moral cat¨®lica Resurrecci¨®n Galera, a la que el Obispado de Almer¨ªa mand¨® al paro hace 11 a?os por casarse por lo civil y se niega a readmitir pese a varias sentencias judiciales que se lo ordenan. Ahora es el Tribunal Constitucional (TC) el que, por segunda vez, avala esa readmisi¨®n, negando el recurso de amparo presentado por la di¨®cesis contra la sentencia que le ordenaba reponer en su puesto a Galera. Esta docente hab¨ªa sido despedida en 2001 por casarse con un divorciado, el exfuncionario del Parlamento alem¨¢n Johannes Romes.
Es la Secci¨®n Primera del TC quien afirma ahora, en una providencia de la que informa Efe, que no debe admitir a tr¨¢mite el recurso episcopal ¡°dada la manifiesta inexistencia de violaci¨®n de un derecho fundamental (de los obispos)¡± en la readmisi¨®n de la profesora. El Obispado sosten¨ªa que no son los jueces quienes deciden sobre el trabajo de los docentes de catolicismo, sino la Iglesia cat¨®lica, con total plenitud. Apelaba para ello a uno de los llamados Acuerdos firmados en 1979 entre Espa?a y el Estado vaticano, que, seg¨²n los prelados, les concede plena potestad para proponer ante el Ministerio de Educaci¨®n a los profesores de religi¨®n en las escuelas, tanto para seleccionarlos como para despedirlos, pese a que es el Estado quien paga sus salarios. Con esos Acuerdos en la mano, los obispos han despedido a cientos de docentes por motivos como casarse por lo civil, dedicarse a la pol¨ªtica, vivir con ¡°alguien que no es su marido¡± e, incluso, por irse de copas con los amigos.
El recurso al Constitucional del Obispado de Almer¨ªa cont¨® con el asesoramiento de los servicios jur¨ªdicos de la Conferencia Episcopal y fue presentado hace un a?o despu¨¦s de que el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) desestimara sus argumentos y confirmara la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n¨²mero 3 de Almer¨ªa ordenando la readmisi¨®n de la profesora y el pago de los salarios que dej¨® de percibir durante los casi once a?os que dur¨® su despido.
En su recurso, el Obispado sosten¨ªa que es ¡°enteramente constitucional el hecho de que no pueda impartir religi¨®n y moral cat¨®licas quien no profesa voluntariamente los dogmas de esta fe religiosa¡±. Sin embargo, la profesora Galera siempre se ha declarado cat¨®lica y ense?¨® durante varios a?os catolicismo a plena satisfacci¨®n del episcopado. As¨ª se le dijo el d¨ªa en que fue apartada de su trabajo en un colegio p¨²blico de Almer¨ªa tras enterarse la di¨®cesis de que acababa de casarse por lo civil con un hombre divorciado. De nada sirvi¨® entonces el hecho de que la pareja estuviera pendiente de que el marido, un exfuncionario del Parlamento alem¨¢n, estuviese a la espera de conseguir la nulidad de su anterior matrimonio para casarse por lo religioso.
El juzgado almeriense orden¨® a principios del a?o pasado la readmisi¨®n de la profesora despu¨¦s de que el TC le concediera el amparo por violaci¨®n de sus derechos fundamentales y reconociera el derecho de Resurrecci¨®n Galera a no sufrir discriminaci¨®n por sus circunstancias personales, as¨ª como a la libertad ideol¨®gica y a la intimidad personal y familiar. Tanto la fiscal del caso, como la abogac¨ªa del Estado se hab¨ªan opuesto al recurso de la docente, poni¨¦ndose de parte de la Iglesia cat¨®lica, pese a que al final desistieron de recurrir el fallo principal. En una de sus resoluciones, el Tribunal Superior andaluz reproch¨® con acritud algunas de sus argumentaciones.
Para la ejecuci¨®n de la sentencia, el juzgado dict¨® el pasado mes de abril un auto en el que ordenaba la readmisi¨®n de la profesora, aunque solo hasta el 31 de agosto, fecha en la que finalizaba el pasado curso, as¨ª como el abono de las cantidades que dej¨® de percibir desde que no fuera renovada, una vez descontados otros rendimientos de trabajo obtenidos con posterioridad. El Obispado no cumpli¨®, pero tampoco el TSJA, que desestim¨® el pasado diciembre el recurso de suplicaci¨®n presentado por la docente, que pretend¨ªa una reincorporaci¨®n indefinida por haber sido declarado completamente nulo el despido tras el amparo concedido por el Tribunal Constitucional.
La abogada de CCOO que representa a la docente, Amalia Robles, present¨® entonces nueva demanda contra el Obispado despu¨¦s de que no fuera llamada a las aulas y de que el ¨®rgano eclesi¨¢stico le remitiera un burofax en el que se le informaba de que no cuenta con la "missio canonica" que otorga la Iglesia para certificar la idoneidad de los profesores a la hora de ser contratados por el Ministerio de Educaci¨®n. Sorprendentemente, el Juzgado de lo Social n¨²mero 1 de Almer¨ªa ha retrasado el juicio por esta nueva demanda hasta el 25 de febrero de 2014, con gran sorpresa y disgusto de la profesora Galera.
Esta tarde, tras conocer la nueva decisi¨®n del Constitucional que niega de nuevo la raz¨®n al episcopado, la docente se mostr¨® esperanzada en que ¡°se reponga la decencia y el sentido com¨²n¡± en un profeso por derechos humanos fundamentales que dura ya una docena de a?os.
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