Cuando el trabajador no cobra
Panrico se suma a la lista de empresas que dejan de abonar las n¨®minas pero no a los proveedores Cuando no hay liquidez y hay que elegir, ?qu¨¦ acreedor debe prevalecer?
No es la primera vez que una empresa deja de pagar la n¨®mina a sus empleados. Las denuncias por impago ante la inspecci¨®n de Trabajo se han disparado desde el inicio de la crisis en 2008. Lo ins¨®lito fue el comunicado de Panrico, el pasado martes, a sus 4.000 trabajadores de seis f¨¢bricas en Espa?a: les informaba en siete l¨ªneas de la suspensi¨®n ¡°temporal¡± ¡ªsin precisar por cu¨¢nto tiempo¡ª del pago de las n¨®minas, y les explicaba que s¨ª seguir¨¢ abonando las facturas a los proveedores de harina, huevos o az¨²car, para poder seguir produciendo boller¨ªa y pan de molde.
Cuando la caja de una empresa se queda vac¨ªa, ?qui¨¦n va primero a la hora de cobrar: los trabajadores o los proveedores? Sin materia prima no pueden echar a andar las l¨ªneas de producci¨®n. Pero la compa?¨ªa tambi¨¦n se arriesga a que el malestar de los empleados impagados derive en una huelga que termine parando las m¨¢quinas igualmente.
Los abogados laboralistas consultados por este peri¨®dico convienen en que no es legal dejar de abonar el sueldo de los empleados, y para ello apelan al Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, no hay ninguna norma que establezca qui¨¦nes tienen prevalencia a la hora de cobrar cuando la empresa afronta problemas graves de tesorer¨ªa. La ley solo fija un orden preciso de cobros cuando una sociedad est¨¢ en concurso de acreedores. Y no es el caso en estas empresas.
El orden de cobros solo est¨¢ definido si hay concurso de acreedores
Panrico lleva desde 2006 en crisis. Acumula cuatro ejercicios de p¨¦rdidas (700 millones de euros en total) y varios ajustes de plantilla y rebajas salariales. Desde junio del a?o pasado pertenece en un 100% al fondo norteamericano Oaktree. La decisi¨®n de no abonar los salarios se produjo apenas 72 horas despu¨¦s del relevo del consejero delegado de la compa?¨ªa. Joan Casaponsa present¨® el d¨ªa 12 un plan de viabilidad. El lunes 16 la compa?¨ªa anunci¨® su relevo por Carlos Gila. El martes, el nuevo ejecutivo daba la noticia a los empleados. La empresa no hace declaraciones, pero tiene sobre la mesa un plan de reducci¨®n de costes de 50 millones de euros.
Los trabajadores se debaten entre la inquietud de saber que no cobrar¨¢n, la indignaci¨®n por lo que consideran una nula voluntad de di¨¢logo por parte de la direcci¨®n de la empresa y el reconocimiento expl¨ªcito de que esta atraviesa serias dificultades desde hace tiempo.
Los trabajadores no pueden denunciar hasta que les deben tres n¨®minas
¡°Si no nos dan respuesta nos movilizaremos, pero est¨¢ claro que sin materia prima no podemos producir. Y si no producimos tampoco hay ingresos¡±, lamenta el presidente del comit¨¦ intercentros de Panrico en Catalu?a, Leonardo Rodr¨ªguez (UGT). ¡°No nos negamos a que cobren los proveedores, ellos tambi¨¦n tienen trabajadores, y entendemos que tenemos que ser flexibles, pero todo tiene un l¨ªmite¡±, a?ade.
Los expertos en derecho laboral expresan matices. Jos¨¦ Luis Condado, abogado del Colectivo Ronda, recuerda que ¡°cobrar el sueldo es un derecho b¨¢sico, incluso preferente en caso de concurso de acreedores por encima de los cr¨¦ditos ordinarios, como son los proveedores¡±.
Seg¨²n Condado, ¡°la suspensi¨®n de Panrico no tiene ning¨²n apoyo legal, pero es fruto de la pol¨ªtica de hechos consumados del momento, en el que los trabajadores son el eslab¨®n m¨¢s d¨¦bil: no pagando la empresa se financia a coste cero, saben que habr¨¢ una sanci¨®n de inspecci¨®n, pero mientras resuelven un problema¡±, explica.
Respecto a la situaci¨®n en la que quedan los empleados, el experto explica que poco pueden hacer: ¡°Si no les deben tres n¨®minas no pueden emprender acciones legales que den respuesta a su situaci¨®n. A partir de tres meses podr¨ªan solicitar la extinci¨®n del contrato y pedir indemnizaci¨®n como despido improcedente (45 d¨ªas) y reclamar que un juez declare concurso de acreedores¡±.
El salario, un derecho b¨¢sico
Estatuto de los Trabajadores fija que cobrar el salario es un derecho b¨¢sico y preferente.
- Remuneraci¨®n. En su art¨ªculo 4 contempla, entre otros derechos ¡ªcomo el del propio trabajo, negociaci¨®n colectiva o huelga¡ª, el de la "percepci¨®n puntual de la remuneraci¨®n pactada o legalmente establecida".
- Plazo. En su art¨ªculo 29 establece en el punto 1: "La liquidaci¨®n y el pago del salario se har¨¢n puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El periodo a que se refiere el abono de las retribuciones peri¨®dicas y regulares no podr¨¢ exceder de un mes".
- Preferencia. El art¨ªculo 32 deja claro que "los cr¨¦ditos salariales por los ¨²ltimos 30 d¨ªas de trabajo y en cuant¨ªa que no supere el doble del salario m¨ªnimo interprofesional gozar¨¢n de preferencia sobre cualquier otro cr¨¦dito, aunque ¨¦ste se encuentre garantizado por prenda o hipoteca", y que "gozar¨¢n de preferencia sobre cualquier otro cr¨¦dito respecto de los objetos elaborados por los trabajadores mientras sean propiedad o est¨¦n en posesi¨®n del empresario".
- Concurso de acreedores. En condiciones normales, no hay una ley que fije el orden de pago que debe seguir un empresario. S¨ª establece un orden la Ley Concursal, que establece que tienen prioridad los cr¨¦ditos con garant¨ªa real (especialmente hipotecaria) y a continuaci¨®n los que hacen referencia a las deudas con la Seguridad Social y los empleados. Tambi¨¦n indica que ser¨¢n prioritarias las deudas contra¨ªdas con posterioridad a la declaraci¨®n del concurso. Esto es, si una empresa se declara en concurso cuando debe tres n¨®minas a un empleado, antes cobrar¨¢ la del mes en curso que las que le adeudaban.
El tambi¨¦n abogado Alex Valls, socio responsable del departamento laboral del despacho Baker & McKenzie, apunta que pese a la ilegalidad que supone no pagar, el Estatuto de los Trabajadores no establece un orden de pago y ¡°el empresario puede decidir libremente a qui¨¦n paga antes, si a los trabajadores o a los proveedores, y atenerse despu¨¦s a las consecuencias¡±. Puede ser objeto de sanciones o encontrarse con que le reclamen las n¨®minas con un inter¨¦s a?adido del 10%. ¡°Pero los proveedores pueden haber dicho: si no me pagas no te sirvo, si no te sirvo no hay l¨ªneas y si no hay l¨ªneas, ?qu¨¦ hacen los trabajadores?¡±.
?Hay alternativas a una medida tan dr¨¢stica? ?No hay otras partidas donde ahorrar? S¨ª, pero en el caso de Panrico ya se han aplicado desde hace tres a?os y la caja ha llegado al l¨ªmite. Cuando hay un deterioro de tesorer¨ªa ¡ªpor una ca¨ªda de ventas o porque han ca¨ªdo los m¨¢rgenes, y en Panrico se han dado ambas circunstancias¡ª y los costes son superiores a los ingresos, las empresas pueden cerrar plantas de producci¨®n, desinvertir vendiendo partes del negocio o aplicar recortes de gasto. Sobre todo, gastos laborales. Lo explica el socio responsable de Restructuring de EY (Ernst&Young), Remigio Barroso. Pero Panrico ¡°ya ha explorado muchas de las iniciativas que las compa?¨ªas toman antes de una medida tan dr¨¢stica: ha cerrado plantas, se vendi¨® Artiach, ha despedido y ha bajado sueldos¡±.
Llegados a este punto, no queda otra alternativa que intervenir en el d¨ªa a d¨ªa: o dejas de pagar a proveedores o dejas de pagar a los empleados, indica Barroso. El experto subraya adem¨¢s la importancia de que en estas situaciones las empresas recurran ¡°a la transparencia [ense?ar los n¨²meros a los comit¨¦s de empresa], al di¨¢logo y a las soluciones consensuadas con la plantilla, y busquen adem¨¢s la complicidad de los proveedores, que tambi¨¦n est¨¢n interesados en la viabilidad de las empresas¡±. Una medida que resulta m¨¢s f¨¢cil de aplicar en las miles de peque?as y medianas empresas que est¨¢n pasando apuros en estos momentos que en una firma tan grande como Panrico.
El profesor de Direcci¨®n Estrat¨¦gica del IESE y experto en gran consumo, Jaume Llopis, entiende que el nuevo ejecutivo de Panrico ha optado por ¡°tener contentos a los proveedores y asegurarse de que le sirvan para poder seguir produciendo, y que tener un problema laboral en una situaci¨®n tan l¨ªmite le importa menos¡±.
Los expertos reconocen que el caso de Panrico no es, ni mucho menos, ¨²nico. Condado, del colectivo Ronda, explica que a su despacho llegan constantemente casos de trabajadores desesperados porque han dejado de abonarles el salario. ¡°Les van pagando peque?as cantidades cada dos meses y pico, antes de que se cumplan los tres meses que permiten que el trabajador denuncie¡±. ¡°Lo de ahora, hacer trabajar a la gente y no pagarles, es lo nunca visto¡±, asegura.
La cuesti¨®n es compleja, porque los impagos tambi¨¦n afectan a las empresas proveedoras. En el sector privado el plazo medio de cobro est¨¢ en 93 d¨ªas, seg¨²n el informe 2012 de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad. Un plazo cinco d¨ªas m¨¢s ¨¢gil que el a?o anterior, pero que todav¨ªa est¨¢ lejos de los 75 d¨ªas que fija la ley.
¡°El de la morosidad es un c¨ªrculo vicioso¡±, suele decir el presidente de la plataforma, Antoni Ca?ete. Y al final, siempre hay personas: tanto si son trabajadores de una l¨ªnea que para m¨¢quinas porque no hay harina, como los de la empresa de harina si quien se la compra deja de pagar.
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