Un juzgado reconoce como accidente laboral el s¨ªndrome de sensibilidad qu¨ªmica
La Xunta hab¨ªa declarado la baja de la funcionaria como una enfermedad com¨²n
Las limitaciones, por la ausencia de ventanas que impide la ventilaci¨®n natural, de unas oficinas del Gobierno gallego en la provincia de Ourense han llevado al titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de esta ciudad, Francisco de Cominges, a reconocer eque una funcionaria?de la Xunta de Galicia sufre s¨ªndrome de sensibilidad qu¨ªmica m¨²ltiple, y lo ha considerado accidente laboral. El magistrado considera acreditado que la demandante desarroll¨® la enfermedad en su lugar de trabajo debido al ¡°contacto con los productos qu¨ªmicos del ambiente¡±, por lo que ha anulado y revocado la resoluci¨®n de la Consejer¨ªa de Pol¨ªtica Social de la misma Xunta de Galicia que el pasado 16 declara que la baja de la funcionaria se deb¨ªa ¡°a enfermedad com¨²n¡±. El magistrado impone al Gobierno gallego el pago de las costas.
La sentencia, contra la que cabe recurso de apelaci¨®n ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hace hincapi¨¦ en que la enfermedad de la trabajadora se acrecent¨® ¡°en ocasiones puntuales en las que se acumularon m¨¢s agentes qu¨ªmicos y polvo en el aire¡±, como, relata el juez, cuando se reform¨® y pint¨® el inmueble o cuando se limpia con productos ¡°que contienen lej¨ªa, amon¨ªaco, etc¨¦tera¡±. Junto a ello, el magistrado tiene en cuenta que otra trabajadora del edificio que padece ¡°los mismos s¨ªntomas¡± y que una parte del personal de las oficinas ha protestado por las ¡°molestias que genera el sistema del aire acondicionado¡±.
El fallo hace hincapi¨¦ en que los edificios de oficinas ¡°herm¨¦ticos, cuya ventilaci¨®n es siempre artificial mediante sistemas de aire acondicionado¡±, tienden a padecer el ¡°s¨ªndrome del edificio enfermo¡±, reconocido por la Organizaci¨®n Mundial de la Salud, que genera a los trabajadores molestias ¡°muy similares a las que comenz¨® a sufrir la demandante desde el a?o 2015¡±. Destaca tambi¨¦n la sentencia que la ciencia arquitect¨®nica m¨¢s moderna recomienda en cualquier caso que todos los edificios de viviendas y oficinas se construyan con ventanas y enumera algunos inmuebles en los que se han generado ¡°serios problemas de habitabilidad¡± por esta causa como el llamado ¡°edificio de hierro¡± de la Universidad de Vigo en el campus de Ourense o el de la Ciudad de la Justicia de M¨¢laga.
El juez ha tenido en consideraci¨®n la pericial practicada por Juli¨¢n M¨¢rquez S¨¢nchez, experto en dicha patolog¨ªa a nivel nacional, que en el juicio explic¨® con detalle la toxicidad de alguno de los elementos de los productos de limpieza utilizados en la oficina de la Xunta en Ourense ¡°si se combinan, por ejemplo, con el ozono que se utiliz¨® para limpiar el sistema de aire acondicionado¡±. El fallo apela al propio informe del servicio de prevenci¨®n de riesgos de la Xunta de Galicia, invocado por la Administraci¨®n auton¨®mica como principal argumento de su defensa, en el que se reconoce que en la limpieza de esas oficinas se utilizan productos que contienen amoniaco y lej¨ªa. ¡°Aunque se trate de desinfectantes legalmente aptos o autorizables en oficinas, no cabe duda de que si ¨C como es el caso- el centro de trabajo carece de ventilaci¨®n natural, demoren un tiempo en desaparecer sus efluvios en la atm¨®sfera del local, con el consiguiente riesgo de generaci¨®n de molestias a las personas m¨¢s sensibles hacia los agentes qu¨ªmicos¡±, razona el magistrado.
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