El Gobierno revisar¨¢ los acuerdos con la Iglesia para que pague el IBI
La decisi¨®n est¨¢ tomada pero requerir¨¢ tiempo por su complejidad. Los obispos responden: ¡°Si no lo hacen tambi¨¦n con el resto del sector no lucrativo ser¨ªa profundamente profundamente injusto¡±
El Gobierno planea modificar los acuerdos con la Santa Sede de 1979 y las leyes necesarias para acabar con la exenci¨®n del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de que disfruta la Iglesia cat¨®lica espa?ola, de tal forma que los Ayuntamientos puedan cobrar este tributo por los edificios no dedicados al culto, una reclamaci¨®n hist¨®rica de colectivos laicos y grupos de izquierda. As¨ª lo confirmaron ayer fuentes del Ejecutivo a EL PA?S, dos d¨ªas despu¨¦s de que la vicepresidenta, Carmen Calvo, se reuniera con el secretario de Estado del Vaticano, Pietro Parolin, y le comunicara que van a acabar con ese privilegio fiscal. La decisi¨®n pol¨ªtica est¨¢ tomada pero a¨²n faltan semanas para que se ponga en marcha porque no est¨¢ exenta de complejidad t¨¦cnica. Los acuerdos tienen rango de tratado internacional.
Calvo explic¨® a Parolin que la intenci¨®n del Gobierno es aplicar en Espa?a el modelo que rige en Italia, que obliga a tributar por los bienes inmuebles no destinados al culto. La vicepresidenta insisti¨® ante el cardenal en que los ciudadanos espa?oles no comprenden este privilegio. ¡°El secretario de Estado entendi¨® que las exenciones fiscales para lugares que no son de culto son insostenibles. No cabe en nuestra pol¨ªtica fiscal que la Iglesia cat¨®lica no tribute. Entendieron perfectamente esta propuesta del Gobierno¡±, dijo Calvo. Los detalles y el procedimiento est¨¢n ahora en estudio.
El Gobierno tiene resortes legales para cobrar el IBI a la Iglesia. ¡°Pero ese r¨¦gimen fiscal es el mismo que tienen otras religiones, federaciones deportivas, fundaciones, etc¨¦tera. Ah¨ª est¨¢ la Ley de Mecenazgo, si la quieren cambiar y fastidiar, entre comillas, a todas las entidades sin ¨¢nimo de lucro, que lo hagan¡±, reta el responsable de las finanzas de la Conferencia Episcopal, Fernando Gim¨¦nez Barriocanal. ¡°Lo que siempre me llama la atenci¨®n es que solo se hable de la Iglesia cat¨®lica¡±, lamenta. ¡°Si lo hacen solo con la Iglesia y no con el resto del sector no lucrativo ser¨ªa profundamente injusto¡±. Y advierte. ¡°Si se eliminan las exenciones 8.000 centros de C¨¢ritas [la organizaci¨®n caritativa de la Iglesia] tendr¨ªan que pagar IBI¡±.
Las leyes implicadas en los tributos
Acuerdos econ¨®micos con el Vaticano, 1979. Estar¨¢n exentos de la contribuci¨®n territorial urbana: templos y capillas destinadas al culto... dependencias o edificios y locales anejos destinados a actividad pastoral. Residencias de los obispos, can¨®nigos y sacerdotes con cura de almas. Locales destinados a la curia diocesana y oficinas parroquiales. Seminarios para formar al clero diocesano y religioso, universidades eclesi¨¢sticas en tanto impartan ense?anzas eclesi¨¢sticas. Casas, conventos de ¨®rdenes o congregaciones religiosas o institutos de vida consagrada.
Ley de r¨¦gimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos de los incentivos fiscales al mecenazgo. Art¨ªculo 15. Estar¨¢n exentos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles los bienes de los que sean titulares, en los t¨¦rminos previstos en la normativa reguladora de las Haciendas Locales, las entidades sin fines lucrativos, excepto los afectos a explotaciones econ¨®micas no exentas del Impuesto sobre Sociedades.
El Tratado Internacional entre el Estado exime del pago de esta contribuci¨®n urbana a los templos de culto y ¡°sus dependencias o edificios y locales anejos destinados a la actividad pastoral¡±; la residencia de los obispos, can¨®nigos y de ¡°sacerdotes con cura de almas¡± as¨ª como los locales destinados a la curia diocesana y a oficinas parroquiales, seminarios, conventos, etc¨¦tera.
?Es uso pastoral la casa donde vive un cura? Barriocanal entiende que hay que ¡°entender el r¨¦gimen jur¨ªdico de los sacerdotes, que tambi¨¦n reciben gente en su casa y prosiguen all¨ª su labor¡±. Despu¨¦s a?ade: ¡°Se pueden discutir, pero no en la prensa, mejor en la Direcci¨®n General de Tributos¡±. ?l lleva m¨¢s de 20 a?os negociando estos extremos con varios Gobiernos y ¡°siempre de forma cordial¡±.
Si el Gobierno quiere eximir del IBI solo a los templos de culto tendr¨¢ que modificar los Acuerdos de 1979. Para cobrar por inmuebles que no tienen uso pastoral alguno bastar¨ªa con modificar la Ley de Mecenazgo donde el art¨ªculo 15 exime de pagar IBI por cualquier local con tal de que su titularidad sea de la Iglesia. Esto afecta tambi¨¦n a otras religiones, como aclara esa ley en su disposici¨®n adicional novena, aunque estas otras no tienen grandes inmuebles. Por tanto, si la Iglesia tiene un local alquilado a un centro comercial ¡°ahora ese local est¨¢ exento¡±, explica el profesor de Derecho Tributario de la Universidad Aut¨®noma de Madrid C¨¦sar Mart¨ªnez. Ahora bien, si es la Iglesia la que obtiene lucro de su local ya no estar¨ªa exenta, seg¨²n el mismo art¨ªculo. ¡°Pero el mero arrendamiento no ser¨ªa suficiente para pagar IBI¡±, al entender de este experto en tributos. As¨ª pues, titularidad y uso son las claves del asunto. Porque todo puede estar bajo la titularidad de la Iglesia cat¨®lica, pero hay que ver el uso que se hace de esos bienes.
¡°Para cobrar el IBI por los edificios que tienen alg¨²n uso lucrativo bastar¨ªa con prohibir esa exenci¨®n fiscal cuando exista un arrendamiento de alg¨²n local. Para todo lo dem¨¢s, con una inspecci¨®n podr¨ªa ser suficiente. Si tienes un antiguo seminario en el que has construido una hospeder¨ªa y dejado un aula de uso pastoral para eludir el IBI, por ejemplo, se considerar¨ªa una interpretaci¨®n forzada de la norma y se obligar¨ªa a pagar¡±, dice el profesor Mart¨ªnez.
Tampoco otras confesiones pagan IBI por las casas de los pastores o ministros, se?ala la Conferencia Episcopal. ¡°Cierto, pero eso es el chocolate del loro, porque esas confesiones son muy minoritarias en Espa?a, como lo es una federaci¨®n deportiva. Sin embargo, la Iglesia tiene un emporio inmbobiliario. Calculamos que se podr¨ªan recaudar unos 700 millones de IBI y otras tasas municipales¡±, dice Juan Jos¨¦ Pic¨®, de Europa Laica.
El secretario ejecutivo de la Federaci¨®n de Entidades Religiosas Evang¨¦licas de Espa?a, Mariano Bl¨¢zquez, tambi¨¦n ministro evang¨¦lico, paga el IBI de su casa porque est¨¢ a su nombre, no a nombre de su Iglesia. ¡°Pero podr¨ªa hacerlo con otra vivienda y estar exento. Yo soy partidario de un consenso y de que las entidades, religiosas o no, que cumplan una funci¨®n social tengan exenciones por ello¡±, dice.
En 2012 hubo en Espa?a una minirevuelta local. Varios alcaldes de todos los signos (lo iniciaron algunos del PP) solicitaron, en plena crisis, poder cobrar el IBI y otras tasas a la Iglesia. Pero ese impuesto local necesitaba una modificaci¨®n nacional y el Gobierno del PP no vio la necesidad de hacerla. Otros tampoco lo han hecho. Abel Caballero, presidente de la Federaci¨®n Espa?ola de Municipios y Provincias, cree ¡°que lo que propone el Gobierno es razonable. Que se retiren las exenciones y despu¨¦s los Ayuntamientos tienen margen para mantener alguna prebenda fiscal si quieren, a cambio de otras cosas¡±, explica.
La dif¨ªcil ruptura de un matrimonio de 1979
Cualquier acuerdo internacional puede ser denunciado con las condiciones precisas y las circunstancias oportunas, dicen los expertos. El Acuerdo Econ¨®mico entre los Estados espa?ol y vaticano de 1979 entra?a una complejidad a?adida porque en su texto no se plasm¨® el procedimiento para derogarlo o modificarlo, as¨ª que hay que recurrir a los procesos del derecho internacional. ¡°Para empezar, la parte que ya no se sienta concernida o vinculada debe comunicarlo p¨²blicamente, oficialmente¡±, comienza Juan Ferreiro, catedr¨¢tico de Derecho Eclesi¨¢stico del Estado, que fue subdirector general de Relaciones con las Confesiones en el Gobierno de Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero.
¡°Se trata de negociar mucho, por eso requiere tiempo y despu¨¦s hay que ratificar el nuevo acuerdo o el desacuerdo en el Parlamento¡±.
Cuando se renegoci¨® el Acuerdo de 1979 se hac¨ªa sobre un Concordato pasado y se especificaba que la sociedad hab¨ªa cambiado, algo que podr¨ªa argumentarse hoy tambi¨¦n, casi 40 a?os despu¨¦s. Hay expertos que opinan que para denunciarlo podr¨ªa recurrirse a ciertos incumplimientos de lo all¨ª escrito y tambi¨¦n hay mecanismos legales para hacerlo. ¡°Lo mejor ser¨ªa invitar a la otra parte a una revisi¨®n o ruptura acordada¡±, dice Dionisio Llamazares, doctor en Derecho Can¨®nico. Para motivar la decisi¨®n, podr¨ªa demostrarse, por ejemplo, que el acuerdo cuestiona principios constitucionales o dif¨ªciles de armonizar con la Constituci¨®n¡±, sostiene.
Pero ning¨²n Gobierno se atreve. Si Espa?a ignorara el tratado, ¡°cualquier ciudadano podr¨ªa denunciarlo¡±, dice Ferreiro. No lo hacen aunque algunos lo prometen en las elecciones. Porque la complejidad no es solo t¨¦cnica. ¡°Ellos [la Iglesia] movilizan conciencias y racionalizar eso no es f¨¢cil¡±, a?ade Llamazares.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.