La ONU condena a Espa?a a indemnizar a una mujer por la violencia obst¨¦trica sufrida durante el parto
El Estado deber¨¢ indemnizar a una madre que fue sometida a diez tactos vaginales y una inducci¨®n innecesarios
M¨¢s de 10 a?os despu¨¦s, Sandra ha logrado por fin el reconocimiento de que lo que le sucedi¨® en el parto de su primera hija no fue normal, aunque a¨²n sea habitual. Los diez tactos vaginales, la inducci¨®n con oxitocina y la episiotom¨ªa, entre otros procedimientos innecesarios y sin consentimiento a los que se la someti¨®, supusieron violencia obst¨¦trica, una forma de violencia de g¨¦nero reconocida por la ONU, ¡°que le caus¨® un trauma f¨ªsico y mental duradero¡±. Y cuando acudi¨® a la justicia espa?ola para denunciar la vulneraci¨®n de sus derechos, se encontr¨® con ¡°estereotipos de g¨¦nero y discriminaci¨®n¡±, seg¨²n una resoluci¨®n del Comit¨¦ de Naciones Unidas para la Eliminaci¨®n de la Discriminaci¨®n contra la Mujer (CEDAW), que condena a Espa?a a indemnizar a esta mujer. Adem¨¢s, insta al Estado a formar a los profesionales sanitarios y jueces para prevenir estas situaciones y a hacer estudios para visibilizar este problema y orientar las pol¨ªticas p¨²blicas.
¡°Sab¨ªa que me sent¨ªa mal, me costaba vincularme con el beb¨¦ y no entend¨ªa lo que me pasaba¡±, recuerda Sandra (nombre ficticio para mantener el anonimato) de sus primeros meses tras el parto. ¡°Ten¨ªa estr¨¦s postraum¨¢tico, me ven¨ªan flashbacks de lo que me hab¨ªa pasado, ten¨ªa ansiedad... Pero era dif¨ªcil de describir porque nadie lo entend¨ªa¡±, explica por tel¨¦fono.
Esta jurista de 43 a?os acudi¨®, el 26 de septiembre de 2009, al Hospital Xeral-Calde de Lugo, tras un embarazo sin problemas, con contracciones prodr¨®micas ¡ªsuaves e irregulares, para preparar el cuerpo para el parto¡ª, para recibir orientaci¨®n. Pese a no encontrarse a¨²n de parto y ¡°no haber emergencia¡±, qued¨® ingresada, y desde ese momento, fue sometida a ¡°numerosas intervenciones sin que haya recibido explicaciones al respecto y sin que se le haya permitido opinar al respecto¡±, seg¨²n el CEDAW, que se ocupa del cumplimiento del tratado que proh¨ªbe la discriminaci¨®n de la mujer, firmado y ratificado por Espa?a. La resoluci¨®n, la primera que emite este comit¨¦ sobre violencia obst¨¦trica, es vinculante y reconoce que ¡°la actuaci¨®n del personal sanitario no se ha ajustado a la lex artis¡±, es decir, al conjunto de pr¨¢cticas m¨¦dicas aceptadas generalmente como adecuadas.
Fue llevada a una sala con otras mujeres en la que se prohibi¨® entrar a su pareja, y donde estuvo 36 horas antes de empezar a dilatar, durante las cuales se le realizaron siete tactos vaginales, con el consiguiente riesgo de infecciones. Una vez iniciada la dilataci¨®n, adem¨¢s de nuevos tactos vaginales, se le suministr¨® oxitocina para inducir el parto, de forma no justificada, seg¨²n la resoluci¨®n. Cuando fue trasladada al paritorio, pidi¨® incorporarse para dar a luz, pero no se le permiti¨®. ¡°Sin mediar explicaci¨®n o informaci¨®n, el personal sanitario le cort¨® la vagina con una tijera y extrajo a su hija mediante ventosa¡±, explica el texto en sus antecedentes. Tras ello, la separaron del beb¨¦, que ten¨ªa fiebre causada por la bacteria E.coli, adquirida ¡°probablemente por los tactos vaginales excesivos¡±.
La ni?a estuvo siete d¨ªas ingresada en la unidad de neonatolog¨ªa. Durante este tiempo, solo permitieron a Sandra estar con ella 15 minutos cada tres horas. Esta separaci¨®n dificult¨® el v¨ªnculo con el beb¨¦, a la que ¡°sent¨ª como a una extra?a durante casi nueve o diez meses¡±, explica esta madre. ¡°Necesit¨¦ terapia psicol¨®gica por el estr¨¦s postraum¨¢tico¡±, recuerda. Tambi¨¦n fisioterapia para recuperar el suelo p¨¦lvico de las secuelas de la episiotom¨ªa, que le impidieron mantener relaciones sexuales durante dos a?os.
Un a?o despu¨¦s del parto, Sandra sinti¨® la necesidad de denunciar lo ocurrido. ¡°No aguantaba, ten¨ªa que hacer algo¡±, asegura. Y aqu¨ª empez¨® un largo camino administrativo y judicial en el cual se volvieron a vulnerar sus derechos recogidos en la Convenci¨®n sobre la eliminaci¨®n de todas las formas de discriminaci¨®n contra la mujer. La mujer empez¨® presentando sendas quejas al hospital y a su comit¨¦ de ¨¦tica, ambas sin respuesta. Despu¨¦s, una reclamaci¨®n a la Consejer¨ªa de Sanidad del Gobierno gallego, que fue desestimada. Recurri¨® ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n¨²mero 1 de Santiago de Compostela, que lo desestim¨®. En la sentencia, de 2015, el juez concluye que ¡°es el m¨¦dico quien decide realizar o no la episiotom¨ªa, tras ver el perineo y la cabeza de la ni?a¡±, y que no hubo mala praxis, "al margen de que el resultado para la parturienta le fuera enteramente satisfactorio, lo que, en parte, depender¨¢ de su propia percepci¨®n¡±.
Tambi¨¦n fue desestimado el recurso contra esta sentencia. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia concluy¨® que se hab¨ªa justificado la realizaci¨®n de la episiotom¨ªa, que ¡°se ofrec¨ªa como inveros¨ªmil la prestaci¨®n del consentimiento en tales condiciones y en pleno parto¡±, y por tanto, no consider¨® que se hubiera vulnerado la ley de autonom¨ªa del paciente. Sandra present¨® recurso de amparo al Tribunal Constitucional, que no lo admiti¨® al considerar que el caso no ten¨ªa ¡°especial transcendencia constitucional¡±.
El CEDAW afirma en su resoluci¨®n, del 28 de febrero, que las autoridades administrativas y judiciales espa?olas ¡°aplicaron nociones estereotipadas y, por lo tanto, discriminatorias, al asumir que es el m¨¦dico quien decide realizar o no la episiotom¨ªa, al afirmar sin proporcionar explicaci¨®n alguna al respecto que era perfectamente comprensible que el padre no pudiera estar presente en el parto instrumental, al asumir que las lesiones psicol¨®gicas sufridas por la autora eran una cuesti¨®n de mera percepci¨®n, pero que s¨ª mostraron empat¨ªa hacia el padre cuando declar¨® haberse visto privado de relaciones sexuales coitales durante dos a?os¡±. El comit¨¦ de la ONU a?ade que ¡°la aplicaci¨®n de estereotipos afecta el derecho de la mujer a ser protegida contra la violencia de g¨¦nero, en el caso presente la violencia obst¨¦trica, y que las autoridades encargadas de analizar la responsabilidad por tales actos deben ejercer especial cautela para no reproducir estereotipos¡±.
Por ello, resuelve que Espa?a debe indemnizar a la madre de forma ¡°adecuada a los da?os de salud f¨ªsica y psicol¨®gica sufridos¡±. Pero adem¨¢s, en una orden que podr¨ªa cambiar la experiencia que sufren a¨²n muchas embarazadas en Espa?a, insta al Estado a ¡°proporcionar a la mujer informaci¨®n adecuada en cada etapa del parto y requerir su consentimiento en todos los tratamientos invasivos, excepto en situaciones en las cuales la vida de la madre y/o del beb¨¦ est¨¦ en riesgo, respetando la autonom¨ªa de la mujer y su capacidad para tomar decisiones informadas¡±. Tambi¨¦n a ¡°realizar estudios sobre la violencia obst¨¦trica en el Estado parte que permitan visibilizar la situaci¨®n y orientar las pol¨ªticas p¨²blicas de lucha contra dicha violencia¡±; ¡°proporcionar capacitaci¨®n profesional adecuada a los trabajadores obst¨¦tricos en materia de derechos de salud reproductiva de la mujer¡±; y ¡°asegurar el acceso a recursos eficaces¡± cuando estos sean violados, as¨ª como formar ¡°al personal judicial y al encargado de velar por el cumplimiento de la ley¡±. Espa?a tiene un plazo de seis meses para informar al comit¨¦ de las medidas adoptadas, y debe adem¨¢s publicar el dictamen y distribuirlo ¡°ampliamente¡±. Aunque est¨¦ escrito en forma de recomendaci¨®n, el Tribunal Supremo afirm¨® en una sentencia en 2018 el car¨¢cter vinculante y obligatorio de estas resoluciones.
¡°Esta resoluci¨®n nos da una fuerza impresionante¡±, valora Francisca Fern¨¢ndez Guill¨¦n, la abogada que ha llevado el caso de Sandra hasta el CEDAW y miembro del Observatorio de la Violencia Obst¨¦trica, puesto en marcha por la asociaci¨®n El Parto es Nuestro para denunciar estos casos. ¡°Viene a reconocer que es algo sist¨¦mico y estructural en Espa?a, que no un caso aislado¡±, afirma. ¡°Reconoce que no por estar embarazada pierdes el derecho a tomar decisiones¡±, subraya.
¡°Es hora de parar la violencia obst¨¦trica. Las mujeres no deber¨ªan experimentar un trato abusivo o discriminatorio durante el parto¡±, afirmaba la vicepresidenta del CEDAW, Gladys Acosta Vargas, en un comunicado el pasado lunes, en el que confiaba en que Espa?a se ¡°tome muy seriamente¡± la resoluci¨®n del comit¨¦ y que su divulgaci¨®n promueva ¡°cambios sustanciales en los protocolos de salud en muchos pa¨ªses¡±.
¡°En las reuniones de grupos de lactancia materna, y en foros de madres, vi muchas experiencias parecidas a la m¨ªa. Espero que esto sirva de algo¡±, dice Sandra. ¡°Parece que abre la puerta a un cambio, al futuro¡±, afirma. ¡°Creo que es una buena herencia para mi hija, que sepa que no todo vale¡±.
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