Varapalo de la Audiencia al PP: rechaza suspender de forma urgente la orden de Cela¨¢ sobre el fin del curso
Los populares quer¨ªan dejar ya sin efecto la directriz de que todos los alumnos pasen de curso salvo casos ¡°muy excepcionales¡±
La Audiencia Nacional ha infligido un peque?o varapalo al PP. El tribunal ha rechazado suspender de forma urgente, como solicitaba la formaci¨®n liderada por Pablo Casado, la orden del Ministerio de Educaci¨®n que fija como directriz para las comunidades que el grueso de los alumnos pase de curso este a?o y que la repetici¨®n sea ¡°una medida muy excepcional¡±. Seg¨²n consta en un auto emitido este martes por la Sala de lo Contencioso-administrativo del ¨®rgano judicial, no se pueden aceptar las pretensiones del partido conservador, que quer¨ªa que los magistrados dejaran ya sin efecto el dictamen del departamento encabezado por Isabel Cela¨¢, sin escuchar siquiera las alegaciones del Ejecutivo.
Sin entrar en el fondo de la cuesti¨®n, el tribunal deniega al PP la posibilidad de acabar por la v¨ªa r¨¢pida con la vigencia de esa orden. Los magistrados argumentan que, para adoptar una medida cautelar de esa envergadura, deber¨ªan de darse varios requisitos. En primer lugar, que los populares hubieran expuesto qu¨¦ razones ¡°de urgencia¡± obligan a suspender de forma inmediata las directrices de Educaci¨®n ¡°sin o¨ªr a la parte contraria, como es, en este caso, el abogado del Estado en defensa del Ministerio¡±. Una condici¨®n que, en opini¨®n de los jueces, el partido no ha cumplido y simplemente se ha limitado a ¡°invocar de manera gen¨¦rica razones de urgencia¡±.
Pero adem¨¢s, en segundo lugar, la propia Sala de lo Contencioso-administrativo rechaza que exista ninguna necesidad de suspender de forma urgente la orden de Educaci¨®n, fechada el pasado 22 de abril. Los magistrados insisten en que no se est¨¢ ejecutando todav¨ªa su contenido y, por tanto, hay tiempo para escuchar a la Abogac¨ªa del Estado. Y, de hecho, cargan contra el PP en este sentido. Le reprochan al partido de Casado que, pese a exigir la aplicaci¨®n de esta medida cautelar, ¡°ha tardado" en pedirla. ¡°Poca urgencia puede apreciarse cuando objetivamente apreciamos que la recurrente conoci¨® la orden ministerial impugnada con su publicaci¨®n en el BOE de fecha 24 de abril de 2020 y, sin embargo, el recurso contencioso administrativo no se ha interpuesto hasta el 18 de mayo de 2020. Sin que se refiera por la recurrente ninguna raz¨®n que justifique ese tiempo transcurrido hasta la impugnaci¨®n de la citada orden ministerial¡±, recalcan los jueces.
El secretario general del PP, Teodoro Garc¨ªa Egea, anunci¨® el pasado lunes que su formaci¨®n acudir¨ªa a la Audiencia para tratar de frenar la orden de Cela¨¢ porque produce ¡°agravios¡± entre comunidades aut¨®nomas y ¡°viola¡± el art¨ªculo seis de la ley que regula el estado de alarma. En su resoluci¨®n de este martes, los magistrados no se pronuncian sobre ese aspecto y solo se limitan a rechazar la pretensi¨®n adicional de los populares de dejar sin efecto la orden de forma urgente mientras deliberaban. Por tanto, las directrices siguen en vigor y la Abogac¨ªa del Estado tiene ahora un plazo de diez d¨ªas para presentar alegaciones contra la petici¨®n del PP de adoptar alguna medida cautelar. Despu¨¦s, entrar¨¢ al fondo del asunto.
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