El Tribunal Superior de Justicia de Arag¨®n no autoriza el confinamiento perimetral en La Almunia
Es un nuevo rev¨¦s judicial a medidas de restricci¨®n de la movilidad por el coronavirus, despu¨¦s de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid suspendiese el jueves las que afectaban a la capital
La Secci¨®n I de la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Arag¨®n (TSJA), ha dictado este s¨¢bado un auto acordando no autorizar el confinamiento perimetral en la localidad zaragozana de La Almunia de Do?a Godina (7.819 habitantes, Zaragoza), solicitado por el Gobierno de Arag¨®n, por el aumento del n¨²mero de positivos de covid-19 en la zona.
Se trata de un nuevo rev¨¦s judicial a un confinamiento perimetral, despu¨¦s de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid suspendiese el jueves la restricci¨®n de la movilidad en la capital y otros municipios de la regi¨®n con tasas muy altas del virus. Esta decisi¨®n judicial es la que motiv¨® la declaraci¨®n del estado de alarma el viernes en esta comunidad aut¨®noma, un paraguas legal que permite limitar derechos fundamentales. En otras regiones los confinamientos perimetrales no han chocado con la justicia, como en Castilla y Le¨®n o Cantabria.
Los magistrados del TSJA han entendido que las medidas adoptadas no encajan con el art¨ªculo 3 de la Ley Org¨¢nica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud P¨²blica, por lo que han concluido que ¡°carecen de cobertura legal¡±. La sala ha decidido que las Administraciones no pueden restringir un derecho fundamental como es la libre circulaci¨®n, cuando las medidas se dirigen a un grupo de poblaci¨®n cuya ¨²nica conexi¨®n con la enfermedad es su residencia en un mismo territorio.
Fuentes del Gobierno de Arag¨®n indican que los servicios jur¨ªdicos del Ejecutivo ¡°no comparten¡± los argumentos del auto que ha emitido el TSJA. ¡°Difieren de los emitidos por todos los juzgados y tribunales de toda Espa?a. El Gobierno de Arag¨®n seguir¨¢ adoptando medidas para combatir el coronavirus y estudia f¨®rmulas jur¨ªdicas para continuar protegiendo la salud de los aragoneses¡±, a?aden desde el Ejecutivo.
La sala ha sostenido, seg¨²n han indicado en una nota de prensa, que la norma de medidas especiales en materia de salud p¨²blica desarrolla, con limitaciones, la libre circulaci¨®n de las personas. Estas limitaciones, han entendido los magistrados, se refieren a enfermos y personas relacionadas con ellos y no a colectivos. Por otra parte, al ser esta una ley que desarrolla un derecho fundamental, han considerado que esta ha de interpretarse con mayor rigor porque en su texto, el legislador no ha previsto la posibilidad de adoptar medidas referidas a colectivos.
¡°No estamos diciendo, que la gravedad de la crisis no pueda justificar la adopci¨®n de esta u otra medida igualmente grave, como tampoco tenemos motivos para cuestionar, objetivamente, la oportunidad o incluso la necesidad de la medida en un momento. Lo que decimos es que no entendemos que tal medida tenga acomodo en el r¨¦gimen normativo ordinario de sanidad y salud p¨²blicas al d¨ªa de hoy y esa seria duda nos obliga a descartar la cobertura legal de la medida pretendida¡±, expresa el TSJA en su auto.
En un comunicado, el Ayuntamiento de La Almunia expresa ¡°desconcierto¡± por la decisi¨®n. ¡°Manifestamos tambi¨¦n nuestra queja porque esta resoluci¨®n se haya adoptado cuatro d¨ªas despu¨¦s de haberse solicitado por el Gobierno de Arag¨®n. La incertidumbre y la inseguridad jur¨ªdica que se est¨¢ viviendo estos d¨ªas en nuestra localidad es inaceptable. Recordamos a nuestros vecinos que aunque el confinamiento perimetral no entre en vigor, s¨ª lo est¨¢ el paso a la fase 2, tal y como se inform¨® en el comunicado del 7 de octubre. Las fuerzas de seguridad contin¨²an con su operativo desplegado para hacer cumplir esas normas¡±, a?ade el Ayuntamiento.
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