El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n ratifica las restricciones impuestas por Sanidad en Le¨®n y Palencia
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid deneg¨® el jueves refrendar las medidas de limitaci¨®n de movimientos en la capital y otros municipios de la regi¨®n
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n ha ratificado este viernes las ¨®rdenes de la Junta de Castilla y Le¨®n que decretaron el confinamiento perimetral de los municipios de Le¨®n, Palencia y San Andr¨¦s del Rabanedo. Se trata de ¨®rdenes con la misma habilitaci¨®n legal que la de Madrid, que no fue respaldada el jueves por el Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad aut¨®noma. En ambos casos, la norma auton¨®mica se aprob¨® tras una orden del Ministerio de Sanidad que a su vez recog¨ªa el acuerdo en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de medidas encaminadas a contener la pandemia.
El tribunal de Castilla y Le¨®n asegura que ¡°la declaraci¨®n de actuaciones coordinadas aprobada por el Ministerio de Sanidad es de obligado cumplimiento por todas las partes incluidas¡± y que ¡°no consta que se haya suspendido la efectividad de dicha orden¡±. Asimismo, argumenta ¨Cen una comunicaci¨®n de su gabinete de prensa¨C que ¡°la Consejer¨ªa de Sanidad ha adoptado las medidas en el ejercicio de sus competencias en el marco del Plan de Medidas de Prevenci¨®n y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19 en la Comunidad de Castilla y Le¨®n¡± y que este plan se aprob¨®, entre otras normas, ¡°al amparo La Ley Org¨¢nica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en materia de salud p¨²blica¡±.
El art¨ªculo 1 de esta ley establece que ¡°al objeto de proteger la salud p¨²blica y prevenir su p¨¦rdida o deterioro, las autoridades sanitarias de las distintas Administraciones P¨²blicas podr¨¢n, dentro del ¨¢mbito de sus competencias, adoptar las medidas previstas en la propia ley, cuando as¨ª lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad¡±, recuerda el tribunal superior de Castilla y Le¨®n.
El tribunal auton¨®mico de Madrid entendi¨® el jueves que el cierre perimetral de la capital y otros nueve municipios de Madrid supon¨ªa ¡°una injerencia en los derechos fundamentales sin habilitaci¨®n legal que la ampare¡±. El resto de restricciones, como la reducci¨®n de aforos o la limitaci¨®n de los horarios comerciales, s¨ª fueron ratificadas, pero la libertad de circulaci¨®n es un derecho fundamental y, seg¨²n los magistrados del tribunal madrile?o, la ley en la que se bas¨® el Ministerio de Sanidad (el art¨ªculo 65 de la Ley de cohesi¨®n y calidad del Sistema Nacional de Salud, de 2003) no permite restringirla. Este mismo tribunal s¨ª refrend¨® hace 15 d¨ªas las restricciones en las zonas b¨¢sicas de salud. En ese caso, la orden de la Comunidad apelaba a una ley org¨¢nica de 1986 que, seg¨²n los magistrados, s¨ª habilita limitar este derecho fundamental.
Ma?ueco apoya la decisi¨®n
El presidente de la Junta de Castilla y Le¨®n, Alfonso Fern¨¢ndez Ma?ueco, ha apoyado la decisi¨®n: ¡°El Gobierno de Castilla y Le¨®n recibe con satisfacci¨®n el respaldo judicial de las medidas restrictivas en favor de la salud de los habitantes del municipio de San Andr¨¦s de Rabanedo (Le¨®n), al igual que la capital leonesa y palentina¡±. Su Ejecutivo, ha agregado, ¡°va a seguir en la l¨ªnea de tomar decisiones adecuadas a cada momento y seg¨²n la evoluci¨®n de la pandemia en cada circunstancia, con el objetivo de proteger la salud y la vida de las personas de Castilla y Le¨®n¡±. El mecanismo, seg¨²n Ma?ueco, ser¨¢ una ¡°apuesta por la coordinaci¨®n y el di¨¢logo para afrontar la pandemia con unidad¡±.
El alcalde de Le¨®n, Jos¨¦ Antonio Diez (PSOE), ha expresado a EL PA?S su satisfacci¨®n ante la decisi¨®n del TSJCyL. ¡°No me parec¨ªa l¨®gico que el tribunal contraviniera las medidas acordadas en el marco interterritorial¡±, ha afirmado. El regidor ha reivindicado que ¡°desde la coherencia y la responsabilidad debemos asumir medidas que a nadie le gustan ni son apetecibles¡± todo con el fin de ¡°preservar la salud p¨²blica¡±. Diez ha recalcado que no esperaba otra respuesta del tribunal de Castilla y Le¨®n: ¡°Me habr¨ªa sorprendido y preocupado mucho lo contrario¡±.
El regidor de Palencia, Mario Sim¨®n (Ciudadanos), ha expresado a este peri¨®dico su ¡°satisfacci¨®n¡±: ¡°Estaba dentro de lo previsible porque las anteriores medidas restrictivas se hab¨ªan ratificado, no se busca limitar las libertades sino contener la incidencia del virus¡±. ¡°En Palencia cont¨¢bamos con que iban a sucederse as¨ª los acontecimientos¡±, ha precisado. Las dos jornadas trascurridas desde que la Junta anunci¨® estas restricciones han sido ¡°did¨¢cticas¡±, sin multar a nadie pero con los agentes informando de la situaci¨®n a los palentinos. ¡°Debe primar la salud. Esperamos que no haga falta sancionar y que la ciudadan¨ªa asuma esa responsabilidad individual¡±, ha pedido Sim¨®n, que valora que la incidencia del coronavirus se ha reducido en la ciudad ¡°pero la situaci¨®n sigue siendo preocupante¡±.
La decisi¨®n del tribunal de Castilla y Le¨®n contradice por tanto, en sus efectos, a la de otro tribunal superior de justicia. La anulaci¨®n del confinamiento perimetral en Madrid sumi¨® el jueves a esta comunidad en el desconcierto a solo 24 horas del inicio de un puente de tres d¨ªas. La presidenta regional, Isabel D¨ªaz Ayuso, pidi¨® a los ciudadanos que no salgan de Madrid y anunci¨® que este viernes comunicar¨ªa medidas ¡°sensatas, justas y ponderadas¡±, mientras el ministro de Sanidad, Salvador Illa, avanz¨® que el Gobierno adoptar¨¢ ¡°las decisiones jur¨ªdicas que mejor protejan la salud¡±.
A ¨²ltima hora, Pedro S¨¢nchez llam¨® a la presidenta madrile?a para darle un ultim¨¢tum: si ella no aplica las medidas de restricci¨®n o pide el estado de alarma en Madrid, ser¨¢ el Gobierno el que lo apruebe durante un periodo inicial de 15 d¨ªas. S¨¢nchez convoc¨® un Consejo de Ministros extraordinario para este viernes a mediod¨ªa con el fin de decretar el estado de alarma en esta comunidad si el Ejecutivo regional no toma medidas antes. El Gobierno est¨¢ facultado para decretar un primer periodo de 15 d¨ªas, tras el cual deber¨ªa someter las pr¨®rrogas a la aprobaci¨®n del Congreso.
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