El TSJ valenciano suspende la prohibici¨®n de jugar a las m¨¢quinas tragaperras en los bares durante la pandemia
El tribunal considera que las restricciones, introducidas en una fe de errores del DOGV, no est¨¢n justificadas en datos sanitarios
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha suspendido cautelarmente la resoluci¨®n de la Consejer¨ªa de Sanidad que ampli¨® -mediante una correcci¨®n de errores en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV)- la prohibici¨®n de juegos en bares y restaurantes a las m¨¢quinas tragaperras dentro de las medidas restrictivas por el coronavirus. El tribunal considera que esa nuevas restricciones ¡°carecen de justificaci¨®n¡± y no est¨¢n basadas en datos sanitarios, y m¨¢s trat¨¢ndose de un juego individual.
En un auto fechado este martes, la Secci¨®n Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo accede a la medida cautelar solicitada por la Asociaci¨®n de Empresarios de M¨¢quinas Recreativas (Andemar) contra el apartado 9.3 de la resoluci¨®n por la que adoptan medidas adicionales de fecha 05 de diciembre rectificada mediante correcci¨®n de errores. Esta resoluci¨®n incluye la no permisibilidad de los juegos de azar en los bares y similares incluyendo ahora expresamente a ¡°las m¨¢quinas recreativas, de azar o de juego con o sin premio, m¨¢quinas de apuestas deportivas, juegos de mesa, billares, dardos, futbolines o similares¡±.
El primer s¨¢bado de diciembre, la Consejer¨ªa de Sanidad dict¨® una serie de restricciones en restauraci¨®n, enmarcadas en las medidas antiCovid, como la prohibici¨®n del uso de barra y los servicios tipo self service o buf¨¦. En la correcci¨®n se agreg¨® que no se permit¨ªa el uso de m¨¢quinas recreativas, de azar o de juego con o sin premio, apuestas deportivas, juegos de mesa, billares, dardos, futbolines o similares. El auto recoge la aclaraci¨®n que realiz¨® la secretar¨ªa auton¨®mica de Sanidad, Isaura Navarro, a Andemar el 9 de diciembre.
Entonces, remarc¨® que la prohibici¨®n estaba dirigida a juegos de mesa como cartas y domin¨® y que las tragaperras se regulan mediante el protocolo sanitario para locales que dispongan de estas m¨¢quinas. Tambi¨¦n se?ala que la correcci¨®n de errores publicada por la administraci¨®n ¡°no es otra cosa que una nueva resoluci¨®n en la que se adoptan nuevas medidas adicionales¡±, adem¨¢s de recordar que en las recreativas solo juega una persona.
Por tanto, para la sala, las nuevas restricciones carecen de justificaci¨®n y no est¨¢n basadas en datos sanitarios. El TSJCV concluye que resulta ¡°meridianamente claro¡± que Sanidad acude a la correcci¨®n de errores y vulnera la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Com¨²n de las Administraciones P¨²blicas: ¡°Con la correcci¨®n no se altera o subsana error material (...), sino que lisa y llanamente se incluye una nueva prohibici¨®n¡±. Por todo ello, acuerda la suspensi¨®n cautelar de la orden del 17 de diciembre y deja vigente la orden inicial con la prohibici¨®n de ¡°juegos de azar en bares y similares¡±. Tras esta decisi¨®n judicial, los empresarios de recreativas destacan que ¡°el TSJ concede la cautelar¨ªsima y las m¨¢quinas de premios seguir¨¢n operativas en los bares¡±, adem¨¢s de recordar que la orden de Sanidad se ¡°contradec¨ªa¡± a s¨ª misma porque la prohibici¨®n hac¨ªa referencia a los juegos de mesa.
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