El Supremo condena a Johnson & Johnson por sus pr¨®tesis de cadera defectuosas
La farmac¨¦utica deber¨¢ indemnizar con m¨¢s de medio mill¨®n de euros a una perjudicada
El Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia que obliga a Johnson & Johnson a pagar m¨¢s de medio mill¨®n de euros a una afectada por una pr¨®tesis defectuosa fabricada por una empresa filial de esta multinacional, una de las mayores farmac¨¦uticas del mundo.
Las pr¨®tesis, conocidas como ASR y fabricadas por una de sus filiales (no ha quedado claro cu¨¢l tras el juicio), se implantaron al menos a 3.000 personas en Espa?a hasta 2010, cuando la empresa las retir¨® del mercado nacional. Un a?o antes, en 2009, la Agencia del Medicamento de Estados Unidos (FDA, por sus siglas en ingl¨¦s) ya hab¨ªa ordenado dejar de comercializar este producto en su pa¨ªs. La empresa ha vendido alrededor de 93.000 pr¨®tesis ASR en todo el mundo.
El Alto Tribunal ha dado fin a un largo litigio judicial que desde el a?o 2012 se ven¨ªa discutiendo en anteriores instancias; todas ellas se hab¨ªan posicionado a favor de la perjudicada por la implantaci¨®n de las pr¨®tesis, y desestimando los recursos de Johnson & Johnson. Las pr¨®tesis, como se ha probado en otras causas, liberan sustancias met¨¢licas da?inas para la salud. Una docena de personas tiene abiertas causas administrativas en varias audiencias provinciales y otros 63 afectados pleitean en la Audiencia Nacional por la v¨ªa criminal.
El Supremo ha dado como hecho probados que las pr¨®tesis eran defectuosas. "Tambi¨¦n ha sentado jurisprudencia en torno al hecho de obligar a las empresas distribuidoras a comunicar por iniciativa propia y de forma diligente la identidad del fabricante ante una reclamaci¨®n de un consumidor", explica Emilio Ortiz, abogado de la afectada. Seg¨²n explica, la multinacional usaba su entramado societario "para generar confusi¨®n" en el proceso. Ante la reclamaci¨®n, "se limit¨® a identificar tard¨ªamente" a uno de los fabricantes de la pr¨®tesis sin aportar pruebas a este respecto.
La sentencia explica que usaba esta t¨¢ctica para "forzar al demandante" a iniciar un nuevo procedimiento frente a De Puy Limited (una filial de J&J) "sin tener la seguridad de que sea realmente la entidad productora". "Tiempo tuvo la demandada antes del inicio del procedimiento para aclarar con los perjudicados la verdadera identidad de la persona jur¨ªdica fabricante de la pr¨®tesis y tiempo tuvo de comunicar a la entidad fabricante, que pertenece al mismo grupo empresarial, la existencia de las reclamaciones para que esta negociase directamente con los perjudicados a fin de dar claridad al entramado societario en el que ahora pretenden ampararse", razona el Supremo.
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