El Supremo tomar¨¢ decisiones expr¨¦s para reducir el caos tras decaer el estado de alarma
El decreto del Gobierno acorta a dos semanas el plazo para que la justicia resuelva sobre las restricciones de derechos fundamentales que propongan las comunidades para combatir el virus
El Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) public¨® este mi¨¦rcoles el real decreto-ley que da al Tribunal Supremo la ¨²ltima palabra para decidir qu¨¦ derechos fundamentales pueden restringirse para combatir el virus una vez que decaiga el estado de alarma, el pr¨®ximo domingo. La norma aprobada por el Consejo de Ministros pretende evitar el caos jur¨ªdico que se vivi¨® entre junio y octubre del a?o pasado, cuando los jueces aplicaron criterios diferentes a peticiones similares formuladas por las comunidades, lo que deriv¨® en un goteo de resoluciones contradictorias que dispararon la incertidumbre entre los dirigentes auton¨®micos y los ciudadanos.
El Gobierno se ha resistido durante toda la pandemia a reformar las leyes sanitarias para permitir, como le ped¨ªan varias comunidades y partidos de la oposici¨®n, que los Ejecutivos regionales puedan limitar derechos fundamentales sin necesidad de contar con el aval de la justicia. Tambi¨¦n ha descartado concretar en la Ley de Medidas Especiales en Materia de Salud P¨²blica (la que da cobertura a la mayor¨ªa de decisiones sanitarias de los gobiernos auton¨®micos durante la pandemia) qu¨¦ soluciones pueden adoptar las comunidades. Seg¨²n el Ejecutivo, la legislaci¨®n actual ya da cobertura suficiente a los gobiernos auton¨®micos para gestionar la pandemia sin estado de alarma y no es necesario actualizarla.
Sin embargo, el decreto aprobado in extremis por el Consejo de Ministros asume que el marco normativo vigente aboca al caos o, al menos, crea inseguridad jur¨ªdica. La norma que entrar¨¢ en vigor el pr¨®ximo domingo no podr¨¢ evitar que se sigan produciendo discrepancias entre los tribunales superiores, pero pretende reducir al m¨ªnimo sus efectos. Para ello, modifica la ley de la jurisdicci¨®n contencioso administrativa, una norma que ya fue reformada en septiembre pasado en un primer intento del Ejecutivo de limitar las resoluciones contradictorias entre los jueces. Entonces, el Gobierno dej¨® en manos de los tribunales superiores de justicia el aval de las medidas decretadas por las comunidades que implicaran limitar derechos fundamentales, una tarea que hasta ese momento reca¨ªa en los juzgados de lo contencioso.
Sin recurso
Pero ese cambio ten¨ªa un problema: las resoluciones de los tribunales auton¨®micos no eran recurribles, por lo que se garantizaba unidad de criterio dentro de una comunidad aut¨®noma, pero no entre las distintas autonom¨ªas. Esto llev¨® a que, por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia de Arag¨®n tumbara el confinamiento de La Almunia de Do?a Godina (Zaragoza) solicitado por el Gobierno de Arag¨®n debido al alto n¨²mero de contagios en esa localidad, mientras que los de Galicia, Navarra y Castilla y Le¨®n autorizaron el cierre de municipios en los que la incidencia del virus se dispar¨® durante la segunda ola.
La reforma aprobada ahora permite a las comunidades recurrir ante el Tribunal Supremo cuando los jueces auton¨®micos rechacen una medida propuesta por el Ejecutivo regional. De esta forma, el Supremo se convertir¨¢ en el ¨¢rbitro final que decida qu¨¦ soluciones para combatir el virus se pueden adoptar sin estado de alarma y bajo qu¨¦ condiciones. El objetivo es que en el plazo de unas semanas el alto tribunal haya fijado un criterio unitario sobre las medidas m¨¢s controvertidas, como el toque de queda, los cierres perimetrales o las limitaciones a las reuniones sociales.
El decreto acorta los plazos habituales del recurso de casaci¨®n para que el criterio del alto tribunal llegue en un m¨¢ximo de dos semanas. La norma da tres d¨ªas de plazo a los tribunales superiores de justicia para avalar o rechazar las medidas restrictivas de derechos fundamentales que solicite un Gobierno auton¨®mico. Si la medida es rechazada, la comunidad tiene tres d¨ªas para recurrir ante el Supremo, que a su vez conceder¨¢ otros tres d¨ªas a la Fiscal¨ªa y el resto de partes personadas para presentar alegaciones. Una vez cumplido este paso, la Sala de lo Contencioso-administrativo tendr¨¢ que resolver en un m¨¢ximo de cinco d¨ªas.
Sorpresa en el Supremo
El alto tribunal se prepara ya para asumir el papel que le ha atribuido el Gobierno. La medida ha causado sorpresa en el Supremo, cuya c¨²pula fue informada de la decisi¨®n del Ejecutivo unas horas antes de que la aprobara el Consejo de Ministros. No obstante, los magistrados no conocieron su contenido hasta que este mi¨¦rcoles se public¨® en el BOE. El presidente de la Sala de lo Contencioso, C¨¦sar Tolosa, en una entrevista con la agencia EFE, se mostr¨® muy cr¨ªtico con la actuaci¨®n del Gobierno. ¡°Los jueces no estamos para gobernar, esas decisiones corresponden a los poderes p¨²blicos¡±, se?al¨®, y lament¨® que el Congreso no haya aprobado una ¡°legislaci¨®n sanitaria de emergencia¡± aplicable tras el estado de alarma.
Tolosa se reuni¨® este mi¨¦rcoles con los cuatro presidentes de secci¨®n de la sala para decidir c¨®mo aplicar el decreto. Los magistrados acordaron que los recursos de las comunidades los resolver¨¢ la Secci¨®n Cuarta, que es la que se ocupa de los asuntos relacionados con la sanidad y la que ha resuelto los casos vinculados a la pandemia que han llegado hasta ahora. La sala acord¨® tambi¨¦n solicitar un informe al gabinete t¨¦cnico sobre la aplicaci¨®n de la ley, un documento que se repartir¨¢ a todos los magistrados de la sala para que aporten lo que consideren necesario. Adem¨¢s, se establecer¨¢ un canal de contacto entre el presidente de la sala y los presidentes de las salas de lo Contencioso-administrativo de los tribunales superiores de justicia para garantizar la coordinaci¨®n y poder cumplir con los plazos que fija el decreto.
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