Condenado a 32 a?os de c¨¢rcel un sacerdote salesiano por abusar de seis menores con tocamientos
El tribunal de la Audiencia de Pontevedra considera probados hasta siete delitos durante actividades extraescolares que organiz¨® en 2019 el profesor de religi¨®n
El sacerdote y profesor de religi¨®n del colegio Salesianos de Vigo, Segundo C. V., de 41 a?os, ha sido condenado a 32 a?os y medio de prisi¨®n y a 36 a?os de libertad vigilada por abusar con tocamientos de seis alumnos del centro de 15 a?os de edad en 2019, durante campamentos y actividades extraescolares que ¨¦l organizaba, seg¨²n inform¨® este martes el Tribunal Superior de Galicia (TSXG).
El tribunal de la secci¨®n cuarta de la Audiencia de Pontevedra rebaj¨® en 12 a?os la condena que solicitaba el fiscal para el acusado. La sentencia considera acreditado que el entonces director de actividades juveniles del centro cometi¨® siete delitos de abuso sexual, tres de ellos continuados. Adem¨¢s de la pena de prisi¨®n, el fallo le impone el pago de una indemnizaci¨®n de 76.000 euros al conjunto de las v¨ªctimas, pues entiende que ¡°no cabe ninguna duda de que todas y cada una de ellas han sufrido un da?o psicol¨®gico evidente¡±.
La condena contempla la inhabilitaci¨®n especial para cualquier profesi¨®n u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por tiempo superior en 31 a?os al de duraci¨®n de la pena de prisi¨®n impuesta. Contra el fallo cabe recurso de apelaci¨®n ante el Tribunal Supremo.
Los hechos que recoge el veredicto ocurrieron en d¨ªas y actividades alternas, como un campamento de verano que tuvo lugar en la localidad de Cambados, en una peregrinaci¨®n a Santiago de Compostela, y durante la retransmisi¨®n de la final de la Champions League en los locales de una asociaci¨®n juvenil a cargo del colegio.
El tribunal asegura que el acusado aprovech¨® ¡°la situaci¨®n de superioridad derivada de su profesi¨®n¡±, de la confianza que los menores hab¨ªan depositado en ¨¦l y de la relaci¨®n de amistad que les un¨ªa, ¡°que iba m¨¢s all¨¢ de la de profesor-alumno¡±, para realizarles tocamientos. Los magistrados subrayan en la sentencia que la determinaci¨®n de la autor¨ªa del sospechoso ha sido consecuencia, fundamentalmente, del testimonio de las v¨ªctimas de los abusos, quienes declararon que ¡°se quedaban en shock¡± cuando el acusado abusaba de ellos, ¡°sin ser capaces de reaccionar porque no pod¨ªan creer que el sospechoso pudiera hacerles algo as¨ª¡±, explica la sentencia.
¡°Todas estas circunstancias no solo eran conocidas por el encausado, sino que, adem¨¢s, fueron aprovechadas por ¨¦l para conseguir satisfacer su deseo sexual, actuando, adem¨¢s, en las horas nocturnas, cuando el estado de alerta disminuye y el nivel de conciencia decrece¡±, incide el fallo judicial. El tribunal considera que a los abusos se suma ¡°la existencia de una situaci¨®n de superioridad derivada de esa relaci¨®n de amistad y de ascendencia que el acusado construye en torno a todos y cada uno de los menores, lo que le permiti¨® vencer cualquier posible resistencia de las v¨ªctimas¡±.
Sobre el testimonio de los chicos durante el juicio, los magistrados afirman que los afectados narraron ¡°con firmeza y de forma acorde a su edad lo que les ocurri¨® y lo que vieron respecto de los otros¡±. Tambi¨¦n sostienen que las declaraciones de los menores cumplen el requisito de la verosimilitud, pues son ¡°internamente coherentes¡± y se corresponden ¡°con situaciones realmente vividas¡±, evidenciando algunos de los menores ¡°un sentimiento de culpa por no haber hecho nada o no haber sabido reaccionar en el instante mismo en el que suced¨ªan los hechos¡±. Adem¨¢s, los diferentes testimonios ¡°aparecen rodeados de corroboraciones externas¡±, a?ade los jueces.
La sentencia tambi¨¦n destaca que los estudiantes carecen de ¡°motivaci¨®n espuria, animadversi¨®n o inter¨¦s en perjudicar al encausado¡±, pues todos ellos pusieron de manifiesto ¡°la buena relaci¨®n que manten¨ªan antes de los hechos¡±, pues no solo era un profesor, sino que lo consideraban ¡°su amigo y su referente¡±.
Por todos los elementos analizados durante el juicio celebrado en julio pasado, el fallo considera probado que el condenado ejecut¨® actos sexuales sobre cada uno de los menores consistentes, en todos los casos, en tocamientos en los ¨®rganos genitales, normalmente por encima de la ropa, aunque, en alguna ocasi¨®n, tambi¨¦n por debajo. ¡°Los actos realizados no dejan lugar a la duda, no solo por el proceder subrepticio (aprovechando las horas nocturnas y el sue?o de los menores), sino por los actos de contenido inequ¨ªvocamente sexual¡±, subraya la Audiencia.
En cuanto a la tesis de la defensa que ha insistido en que el acusado ¡°no presenta rasgos psicopatol¨®gicos caracter¨ªsticos de un abusador y una personalidad que le impida controlar sus impulsos¡±, el tribunal incide en que ello no es un argumento que le exime de haber cometido los hechos que se le imputan. Tambi¨¦n rechaza la l¨ªnea defensiva que pretend¨ªa ¡°abrir la posibilidad de que los hechos pudiera haberlos cometido otra persona y que los menores se equivocasen en su identificaci¨®n¡±.
Si conoce alg¨²n caso de abusos sexuales que no haya visto la luz, escr¨ªbanos con su denuncia a abusos@elpais.es
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