El Supremo anula la absoluci¨®n de un acusado de violaci¨®n por falta de motivaci¨®n jur¨ªdica y de ¡°perspectiva de g¨¦nero¡±
El Alto Tribunal ordena repetir el juicio y considera que el de Castilla y Le¨®n rest¨® ¡°credibilidad¡± a la v¨ªctima
El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia del Tribunal Superior de Castilla y Le¨®n (TSJCyL) que absolv¨ªa a un acusado de violaci¨®n por una presunta agresi¨®n sexual cometida en Le¨®n en 2017. El Alto Tribunal ha considerado el recurso de la Fiscal¨ªa y de la acusaci¨®n particular y ha apreciado que el pronunciamiento que exoneraba al acusado ten¨ªa ¡°falta de motivaci¨®n [jur¨ªdica]¡±. El Supremo ha considerado que el TSJCyL infringi¨® el derecho de la denunciante a la tutela judicial, que implica que el procedimiento no sigui¨® un fundamento correcto, adem¨¢s de que no analiz¨® su testimonio y los hechos con ¡°perspectiva de g¨¦nero¡±.
As¨ª, ha instado a la celebraci¨®n de un nuevo juicio en el TSJCyL con otros magistrados en vez de aquellos que en 2019 revocaron la condena de seis a?os de prisi¨®n impuesta por la Audiencia Provincial de Le¨®n y recurrida por la defensa del presunto agresor. Aquellos jueces levantaron esa pena porque, seg¨²n ellos, la v¨ªctima carec¨ªa de la ¡°credibilidad¡± suficiente y se hab¨ªa vulnerado la ¡°presunci¨®n de inocencia¡± del sospechoso.
La resoluci¨®n del Supremo asegura que se dio mayor verosimilitud ¡°de forma il¨®gica a las supuestas contradicciones de la v¨ªctima¡±, recogidas en un informe de la trabajadora social y, sin embargo, se desech¨® el criterio de la psic¨®loga de la Oficina de asistencia a v¨ªctimas de los juzgados de Le¨®n. El Alto Tribunal ha indicado que existen ¡°prejuicios¡± por parte de los magistrados de Castilla y Le¨®n en cuanto a su ¡°extra?eza¡± por la ¡°conducta de la denunciante¡± desde que conoci¨® al acusado en un bar leon¨¦s. Esta sentencia, explica la magistrada Luc¨ªa Avil¨¦s, experta en justicia y g¨¦nero, es ¡°muy importante y pedag¨®gica¡± porque ¡°abronca¡± al tribunal castellanoleon¨¦s por haberse excedido en sus valoraciones y haber inculcado sus ¡°creencias¡± sobre lo ocurrido.
La joven ten¨ªa 20 a?os cuando una noche de febrero de 2017 conoci¨® a un hombre, entonces de 28, y tras conversar, besarse y bailar con ¨¦l, acept¨® la propuesta del var¨®n de salir a la calle. Este le ofreci¨® a su acompa?ante ir a su casa, pero ella se neg¨®. El acusado inicialmente acept¨® su negativa y le propuso dar un paseo para despu¨¦s acompa?arla a su casa; sin embargo, la condujo a su propia vivienda particular donde la forz¨® a subir al ascensor tras varios tocamientos.
La mujer rechaz¨® en todo momento mantener relaciones e intent¨® zafarse hasta que, al intentar huir, cay¨® al suelo y el hombre aprovech¨® para retenerla con fuerza y cometer la agresi¨®n sexual. Avil¨¦s critica que sus hom¨®logos se han guiado por su ¡°experiencia¡±, tal y como recoge el Supremo en su resoluci¨®n, y han analizado la conducta de la v¨ªctima ¡°antes, durante y despu¨¦s¡± del delito, lo que implica que se han movido por unos ¡°mitos de la violaci¨®n¡± que generan prejuicios hacia el relato de la mujer.
La Audiencia Provincial consider¨® ¡°firme y segura¡± la versi¨®n de la v¨ªctima, a pesar de su nerviosismo, justificado ¡ªseg¨²n la sentencia¡ª porque ¡°nunca antes hab¨ªa vivido una situaci¨®n tan triste, grave y dolorosa para su libertad sexual¡±. Tambi¨¦n apreci¨® el informe de la psic¨®loga de la Oficina de asistencia a v¨ªctimas de los juzgados que constat¨® estr¨¦s postraum¨¢tico, as¨ª como los testimonios de los testigos y amigos de la v¨ªctima.
Sin embargo, el TSJCyL no dio credibilidad a ninguna de estas declaraciones y tampoco a las de la propia afectada, bas¨¢ndose en la intenci¨®n de la joven de no parecer una ¡°mujer f¨¢cil o chica cualquiera¡± delante de sus amigos. Tampoco dio veracidad al informe alegando que el trastorno postraum¨¢tico ¡°puede tener otro origen¡±. En cambio, s¨ª valor¨® las diferencias entre las declaraciones realizadas en sede judicial y las efectuadas ante la trabajadora social.
Argumentaci¨®n ¡°especulativa e irracional¡±
El Supremo ha concluido que ¡°ni una sola¡± de las contradicciones consideradas por el Tribunal Superior han sido apreciadas por la propia Audiencia Provincial, ni especificadas por el TSJCyL. Adem¨¢s, califica su argumentaci¨®n de ¡°especulativa e irracional¡± y asegura que descart¨® todos los testimonios sin analizarlos. Luc¨ªa Avil¨¦s celebra que la Sala II del Supremo, que ha estudiado este caso, est¨¦ aplicando esta perspectiva de g¨¦nero en m¨²ltiples materias relacionadas con violencia contra las mujeres.
La jueza reclama que los tribunales consideren los ¡°hechos traum¨¢ticos¡± que afectan a las v¨ªctimas para evitar ¡°asimetr¨ªas¡± en su tratamiento. La especialista pide que, de igual manera que la Audiencia Provincial de Le¨®n s¨ª interpret¨® la versi¨®n de la joven y las pruebas conforme a esta perspectiva de g¨¦nero, ¨®rganos elevados como el TSJCyL tambi¨¦n deben disponer de esta formaci¨®n para que los potenciales recursos de los acusados, como no ocurri¨® en esta situaci¨®n, tambi¨¦n sean tratados desde este prisma de g¨¦nero.
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