El Supremo sentencia que obtener v¨ªdeos sexuales de una menor bajo intimidaci¨®n es una agresi¨®n sexual
El tribunal dobla la condena de un hombre que obtuvo im¨¢genes ¨ªntimas de las redes sociales de una ni?a de 12 a?os a la que amenaz¨® con publicar el contenido y meter a sus padres en la c¨¢rcel
El Tribunal Supremo acaba de elevar de corrupci¨®n de menores a agresi¨®n sexual bajo intimidaci¨®n el caso de un hombre que contact¨® con una ni?a de 12 a?os y la enga?¨®, la amedrent¨® y la amenaz¨® hasta conseguir que le enviara 21 im¨¢genes y dos v¨ªdeos suyos ¡°de claro contenido pornogr¨¢fico¡±, seg¨²n la sentencia hecha p¨²blica este lunes. Con la nueva tipificaci¨®n, casi dobla la pena de c¨¢rcel al condenado de dos a?os y nueve meses hasta cinco a?os y cuatro meses por considerar claro que la menor fue intimidada.
Los hechos se remontan a 2012 y ocurrieron en una red social que ya no existe, Tuenti. El hombre contact¨® con la chica con una identidad falsa, haci¨¦ndole creer que era otra chica y le mand¨® una foto de otra joven desnuda dici¨¦ndole que era ella. Le pidi¨® fotograf¨ªas y, cuando se neg¨®, le dijo que tener la foto que le hab¨ªa mandado era delito, que la denunciar¨ªa, se lo contar¨ªa a su familia y que adem¨¢s lo har¨ªa p¨²blico en la red social. Ah¨ª empez¨® la mara?a de mentiras y amenazas. Consigui¨® que se hiciese fotos del pecho y los genitales y que se las mandara. Luego us¨® esas im¨¢genes, como una bola que iba creciendo y creciendo, para conseguir m¨¢s im¨¢genes y v¨ªdeos, amenaz¨¢ndola con que las har¨ªa p¨²blicas, que lo contar¨ªa y que se las enviar¨ªa a sus contactos en esa red social. Lleg¨® a decirle que meter¨ªa a sus padres en la c¨¢rcel. Todas estas actuaciones, seg¨²n el Supremo, suponen ¡°amenazas expl¨ªcitas, reales, graves¡± que apuntalan la intimidaci¨®n que se necesita probar para considerar que se trata de una agresi¨®n sexual.
Fue el padre de la chica, tras verla ¡°en un estado de nerviosismo que no era propio de ella¡±, recoge la sentencia, quien la sorprendi¨® en el ba?o desnuda grabando un v¨ªdeo con el m¨®vil. Cogi¨® el tel¨¦fono, lo revis¨® y le pidi¨® a su hija que le explicara qu¨¦ estaba pasando. Lo denunciaron ante la Guardia Civil. La Audiencia Provincial de Valencia conden¨® en 2019 al denunciado por delito de corrupci¨®n de menores y le absolvi¨® del delito de agresi¨®n sexual. Posteriormente, la Fiscal¨ªa present¨® un recurso de casaci¨®n ante el Tribunal Supremo, que se acaba de pronunciar. En esta ¨²ltima sentencia, de la que es ponente el magistrado Javier Hern¨¢ndez Garc¨ªa, lo ocurrido se considera una agresi¨®n sexual cometida por un depredador.
Intimidaci¨®n aunque exista distancia
La clave del fallo est¨¢ en que aprecia intimidaci¨®n en lo ocurrido independientemente de que el hombre y la ni?a no llegaran a verse personalmente. De hecho, se?ala el fallo, no es necesario que el autor sea quien ejecute de manera ¡°f¨ªsica y directa¡± la acci¨®n para que se produzca esa intimidaci¨®n. Lo que prescribe el art¨ªculo 178 del C¨®digo Penal [el referido a las agresiones sexuales] es que ¡°mediante violencia o intimidaci¨®n se atente contra la libertad sexual de la v¨ªctima, lo que incluye, por tanto, en su contorno descriptivo la agresi¨®n a distancia, tambi¨¦n la online¡±, se?ala el Supremo.
La ¡°dimensi¨®n social¡± de las tecnolog¨ªas, ahonda la sentencia, al facilitar el intercambio de im¨¢genes y v¨ªdeos ¡°de los actos de cosificaci¨®n sexual¡± puede convertirse ¡°en un potent¨ªsimo instrumento de intimidaci¨®n con un mayor impacto nocivo y duradero de lesi¨®n¡± de la libertad sexual. Estas tecnolog¨ªas ¡°han aumentado los modos y accesibilidad a los ni?os y ni?as por parte de personas que buscan, como ¨²nico objetivo, su abuso y explotaci¨®n sexual¡±, prosigue el tribunal.
El riesgo para cualquier persona, ¡°pero muy en especial para una mujer menor de edad¡±, de que una imagen suya desnuda y en actitud sexual se pueda distribuir a trav¨¦s de una red social en la que est¨¢n sus amigos o familiares ¡°adquiere una relevante gravedad¡±. ¡°No solo por lo que pueda suponer de intensa lesi¨®n de su derecho a la intimidad¡±, recoge la sentencia del Supremo, ¡°sino, adem¨¢s, de profunda alteraci¨®n de sus relaciones personales y de su propia autopercepci¨®n individual y social¡±. La sentencia subraya que para ni?os y ni?as preadolescentes, las comunidades virtuales son lugares de referencia que desplazan en ocasiones a la propia realidad.
La sentencia est¨¢ imbuida de una profunda perspectiva de g¨¦nero en su exposici¨®n y en el lenguaje que emplea. El ponente indica expresamente que la divulgaci¨®n indiscriminada de datos relacionados con esta sexualidad, ¡°en especial si la v¨ªctima es mujer y a consecuencia de constructos sociales marcados muchas veces por hondas ra¨ªces ideol¨®gicas patriarcales y machistas, se activan mecanismos en red de criminalizaci¨®n, humillaci¨®n y desprecio¡±. Y recuerda que cumplir una amenaza como la que hizo el condenado de revelar esos contenidos en una red social ¡°puede tener efectos extremadamente graves sobre muchos planos vitales. Lo que ha venido a denominarse como un escenario digital de polivictimizaci¨®n¡±.
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