?Puede adoptar restricciones duras el Gobierno para toda Espa?a? Solo con estado de alarma o pacto con las autonom¨ªas
Sin el mecanismo jur¨ªdico excepcional, el Ejecutivo puede decretar actuaciones reguladas en normas estatales, pero la mayor¨ªa de las utilizadas para combatir el virus dependen de las comunidades
La sexta ola de la covid ha obligado a dar pasos atr¨¢s en la desescalada progresiva que Espa?a emprendi¨® el 9 de junio, cuando se levant¨® el segundo estado de alarma decretado por el Gobierno durante la crisis sanitaria. Sin ese instrumento jur¨ªdico, que erige al Ejecutivo central en la autoridad ¨²nica en materia de salud, las comunidades recuperaron ¡ªalgunas a rega?adientes¡ª sus competencias sanitarias y se convirtieron en las responsables de decidir qu¨¦ medidas se aplicaban en su territorio. La variante ¨®micron ha impuesto un cambio de guion, pero solo Catalu?a, Murcia, Canarias y Cantabria han acordado rescatar algunas de las restricciones que estuvieron vigentes hace unos meses. El resto se resisten a decretar medidas restrictivas a las puertas de la Navidad y miran de reojo al Ejecutivo central para que sea este el que acuerde actuaciones generales, pero el Gobierno solo ha propuesto, por ahora, la vuelta al uso obligatorio de mascarillas en el exterior.
?Podr¨ªa el Gobierno imponer otras actuaciones o limitar derechos para toda Espa?a sin estado de alarma? Depende de cu¨¢les. El uso obligatorio de las mascarillas en interiores y exteriores se recogi¨® en la Ley de medidas urgentes de prevenci¨®n, contenci¨®n y coordinaci¨®n para hacer frente a la crisis sanitaria aprobada en febrero de 2021, por lo que, cuando el Ejecutivo decidi¨® eliminarlas al aire libre, le bast¨® con aprobar un real decreto-ley modificando ese apartado de la norma en el Consejo de Ministros que luego fue convalidado en el Congreso. Lo mismo ocurrir¨¢ ahora para volver a la obligatoriedad. Pero esta f¨®rmula no vale para imponer otras medidas que no est¨¢n reguladas en leyes estatales y que han pedido algunas comunidades, como el toque de queda o la limitaci¨®n de horarios. Sin estado de alarma, las autoridades en materia sanitaria son las comunidades.
Los gobiernos auton¨®micos pueden adoptar en su territorio medidas como restringir aforos, reducir el horario de los locales de restauraci¨®n o de ocio o incluso cerrar el ocio nocturno. Para ello no necesitan aval judicial y casi todas ya han tenido vigente iniciativas similares tras el estado de alarma. Algunas de ellas han sido recurridas por particulares o colectivos afectados (como asociaciones de hosteler¨ªa) y los jueces han dado la raz¨®n a las comunidades si la medida estaba bien motivada en par¨¢metros sanitarios como la alta incidencia del virus en una zona determinada.
Esta v¨ªa puede servir tambi¨¦n a las comunidades para decretar otras de las medidas de las que se est¨¢ hablando estos d¨ªas, como evitar las aglomeraciones en fechas puntuales como la Nochevieja. Las comunidades, e incluso los ayuntamientos para determinados acontecimientos locales, son las competentes para establecer los aforos de los espacios p¨²blicos.
Los gobiernos encuentran mayores problemas para acordar actuaciones que implican una limitaci¨®n de derechos fundamentales, como el toque de queda o la prohibici¨®n de entrada o salida de un territorio. Estas medidas requieren el aval de los tribunales superiores de justicia y, aunque el Gobierno cre¨® un recurso expr¨¦s ante el Supremo para intentar crear una jurisprudencia ¨²nica, en la pr¨¢ctica se han seguido produciendo discrepancias entre los tribunales de una comunidad y otra. Con todo, los jueces auton¨®micos y, sobre todo, los del alto tribunal han ido marcando un camino que avala la restricci¨®n de derechos fundamentales, aunque no de forma generalizada para toda la comunidad, sino solo cuando se justifique que es ¡°indispensable¡± y acotada en el espacio y en el tiempo. Eso ha ido llevando a los ejecutivos regionales a ajustar sus medidas y limitar las m¨¢s restrictivas a los municipios con riesgo m¨¢s alto de contagio.
Consejo Interterritorial
Aunque sin estado de alarma el Gobierno central pierde el car¨¢cter de autoridad sanitaria ¨²nica, el Ejecutivo s¨ª tiene en su mano un instrumento que ya se ha usado en la pandemia y que podr¨ªa servir para implantar actuaciones de manera generalizada: el Consejo Interterritorial de Salud, un ¨®rgano de cooperaci¨®n donde se sientan el Ministerio de Sanidad y las comunidades. El Tribunal Supremo ha equiparado este ¨®rgano a una Conferencia Sectorial, lo que implica que puede alcanzar acuerdos por mayor¨ªa de obligado cumplimiento para todos, incluido para las autonom¨ªas que voten en contra. As¨ª se acord¨® por ejemplo, en septiembre de 2020, antes del segundo estado de alarma, restringir la movilidad en las poblaciones que superaran los 500 casos de coronavirus por 100.000 habitantes y tuvieran una tasa de positividad en las pruebas superior al 10% y una ocupaci¨®n de enfermos de covid en las UCI por encima del 35%. La Comunidad de Madrid, que vot¨® en contra porque la medida implicaba el cierre de su capital y otros nueve municipios, anunci¨® que no cumplir¨ªa la medida y el Gobierno acab¨® decretando un estado de alarma exclusivo para esta comunidad.
Mediante esta v¨ªa, Sanidad y las comunidades pueden adoptar tanto medidas de obligado cumplimiento como recomendaciones. Para que se puedan imponer a todos los territorios, los acuerdos que alcance el pleno del Consejo Interterritorial deben adoptarse bajo la f¨®rmula de actuaciones coordinadas en salud p¨²blica y publicarse en el Bolet¨ªn Oficial del Estado. En el caso de que esos acuerdos impliquen limitar derechos fundamentales, la medida requerir¨¢ tambi¨¦n del aval judicial, pero en este caso no de los tribunales auton¨®micos, sino de la Audiencia Nacional, lo que disipa la inseguridad jur¨ªdica de la que se quejan los presidentes auton¨®micos cuando la medida depende de los jueces de su comunidad. La decisi¨®n que tomen los juzgados centrales se puede recurrir y la sala de lo Contencioso del Supremo volver¨ªa a tener la ¨²ltima palabra.
El presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano Garc¨ªa Page, aludi¨® a esta opci¨®n tras la conferencia de presidentes celebrada este mi¨¦rcoles. ¡°La gente reclama cierta unidad. Yo no ser¨ªa contrario a que un Consejo Interterritorial de Salud amparara, de cara a los tribunales, decisiones de algunas comunidades, aunque no se apliquen al conjunto del pa¨ªs, pero que les sirvan para que sean v¨¢lidas de cara a sus tribunales superiores. Yo la batalla con el TSJ de Castilla-La Mancha la tengo perdida de antemano y si tuviera que tomar decisiones ma?ana ser¨ªan, m¨¢s que para Navidad, para Carnavales, entre recurrir al Supremo y esperar las conclusiones¡±, advirti¨®.
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