La reforma de la ¡®ley del solo s¨ª es s¨ª¡¯ provoca las primeras excarcelaciones
Hasta el momento se han producido al menos tres puestas en libertad y 11 rebajas de condena tras los cambios en el C¨®digo Penal
Dos condenados en Islas Baleares por agresi¨®n sexual sin penetraci¨®n y otro por intento de violaci¨®n en Galicia son los primeros excarcelados tras la reforma del C¨®digo Penal que conllev¨® la entrada en vigor de la Ley de Garant¨ªa de la Libertad Sexual (conocida como ley del solo s¨ª es s¨ª). En Baleares, ambos cumpl¨ªan tres a?os de prisi¨®n y la Audiencia Provincial ha ordenado su salida ¡°inmediata¡± tras revisar el informe enviado por el Centro Penitenciario de Mallorca y el del Ministerio Fiscal. Con la nueva legislaci¨®n, el tribunal valor¨® que la pena impuesta no puede sobrepasar los dos a?os, y, por tanto, estar¨ªa cumplida a la vista de la liquidaci¨®n de condena. Y en Ourense, los magistrados han rebajado en un a?o la pena (de tres a?os y medio) que iba a cumplirse en febrero de 2023, lo que ha provocado que el reo saliera de prisi¨®n, puesto que ya la habr¨ªa concluido hace unos meses.
Adem¨¢s de estas primeras puestas en libertad, se han producido varias reducciones de condena: tres en Madrid, dos en Galicia, una en Andaluc¨ªa, otra en Catalu?a y otra en Murcia. Ese goteo ha provocado en las ¨²ltimas horas indignaci¨®n y sorpresa en la calle; y tensi¨®n y revuelo pol¨ªtico y judicial por las consecuencias de una ley que es una de las estrellas del Gobierno de coalici¨®n. Sin embargo, que esto sucediera era solo cuesti¨®n de tiempo.
La ley entr¨® en vigor el pasado 7 de octubre. Elimin¨® el abuso sexual y se unific¨® todo en agresi¨®n. Para ello, se decidi¨® que los castigos ir¨ªan en una horquilla progresiva para penar de lo m¨¢s leve a lo m¨¢s grave. Al rehacer los tramos, se rebajaron algunos de los m¨ªnimos, por ejemplo, en la agresi¨®n sexual con penetraci¨®n ¡ªpas¨® de los seis a los cuatro a?os¡ª, y algunas de las m¨¢ximas, como la agresi¨®n sexual sin ning¨²n agravante, que paso de cinco a cuatro a?os. Y estos cambios en el C¨®digo Penal obligan a aceptar las revisiones de condena que soliciten aquellos reos que se puedan ver beneficiados, tal y como marca la Constituci¨®n y el propio C¨®digo Penal. Esas revisiones, sin embargo, son susceptibles de recurso y pueden llegar hasta el Tribunal Supremo (TS). Se desconoce de forma exacta cu¨¢ntas peticiones se han realizado por el momento.
Lo que se conoce, hasta ahora, son 11 rebajas de pena tras la reforma que ha conllevado la Ley de Libertad Sexual: tres en Madrid, tres en Castilla y Le¨®n, una en Catalu?a, dos en Galicia, una en Andaluc¨ªa y otra en Murcia.
Entre todos los Superiores que han remitido datos, el de Castilla y Le¨®n es el ¨²nico que ofrece un balance completo: cu¨¢ntas se han solicitado y revisado y cu¨¢ntas se han dado. Hasta el momento [la tarde del mi¨¦rcoles], se han dictado tres resoluciones (una en Segovia y dos en Le¨®n) que aplican la norma m¨¢s favorable al reo tras la reforma del C¨®digo Penal. ¡°En el resto de las Audiencias Provinciales de la comunidad, as¨ª como en la Sala Civil-Penal del TSJCyL, hasta el momento no se han dictado resoluciones que modifiquen la pena¡±, explican en el comunicado. Y ahonda por audiencias.
En la Audiencia Provincial de Segovia, ¡°se han revisado las ejecutorias sobre delitos sexuales que se consideraban que pod¨ªan verse influidas por dicha reforma y que no estuviesen suspendidas, en libertad condicional o cumplidas. En total, el tribunal provincial entendi¨® que hab¨ªa cuatro que pod¨ªan plantear dudas en cuanto a que la nueva Ley fuese m¨¢s favorable. De esas cuatro, tras o¨ªr al fiscal y a las partes, se ha considerado que procede la revisi¨®n en una¡±. Y en la de Le¨®n, ¡°tras la celebraci¨®n de dos juicios recientes, se han dictado hasta el momento dos resoluciones condenatorias que aplican la nueva norma¡±.
La sentencia de la violaci¨®n de un padre a su hijastra
La que provoc¨® mayor consternaci¨®n fue una de las tres decididas en Madrid. El pasado viernes, la Audiencia Provincial de esa comunidad rebaj¨® en dos a?os la pena que hab¨ªa impuesto en julio de 2021 a un hombre por abuso sexual sobre su hijastra. Lo conden¨® a ocho a?os de c¨¢rcel que ahora quedan en seis. Seg¨²n el relato recogido en la sentencia, en la madrugada del 3 de abril de 2020, el hombre [que entonces ten¨ªa 36 a?os], dorm¨ªa en la misma cama que la hija de su pareja. En esa misma habitaci¨®n dorm¨ªa la madre ¡ªla pareja del hombre¡ª y otros tres ni?os, hijos comunes de ambos.
?l ¡°comenz¨®, con ¨¢nimo de satisfacer sus deseos libidinosos, a realizar diversos tocamientos sobre los pechos y la boca de la ni?a¡±. A pesar de no ser su padre biol¨®gico, ¡°llevaba conviviendo con ella y su familia durante un tiempo, desarrollando con la misma los roles normales de un padre¡±, explica la sentencia, que a?ade que, despu¨¦s de los tocamientos, el hombre ¡°introdujo completamente¡± el pene en la boca de la menor. Fue la madre la que, al escuchar ¡°fuertes ruidos¡±, se levant¨®, encendi¨® la luz y se encontr¨® a su pareja semidesnudo, sujetando la cabeza de la ni?a mientras le hac¨ªa una felaci¨®n. Ahora, esa misma Audiencia, tras la petici¨®n del abogado del condenado, y con el visto bueno del Ministerio Fiscal, ha decidido rebajar la pena.
En Galicia, el Tribunal Superior de Xustiza (TSXG), tambi¨¦n con el benepl¨¢cito de la Fiscal¨ªa, ha rebajado la pena por dos agresores sexuales. En uno de los casos, que afecta a un condenado por agresi¨®n sexual en grado de tentativa, la reducci¨®n del castigo se produce con el agresor entre rejas por sentencia firme y conlleva su puesta en libertad. En las audiencias provinciales gallegas no hay en estos momentos ninguna otra petici¨®n de revisi¨®n en tr¨¢mite, seg¨²n informan fuentes judiciales.
La rebaja que implicar¨¢ la puesta en libertad del condenado es de la Audiencia Provincial de Ourense. Los jueces explican en su auto, contra el que cabe recurso de s¨²plica, que la condena que han revisado, dictada en junio de 2018 y confirmada por el Tribunal Supremo en mayo de 2019, fue impuesta por la comisi¨®n de un delito de agresi¨®n sexual en grado de tentativa, para el que entonces se establec¨ªa un castigo de entre tres y seis a?os de c¨¢rcel. El hombre fue condenado a la pena m¨ªnima, que se fij¨® en tres a?os y medio. Tras la reforma introducida por la Ley 10/2022, esgrime el auto, el castigo para este delito ha pasado a ser de entre dos y cuatro a?os de prisi¨®n, por lo que se le rebaja a dos y medio para que se acerque al m¨ªnimo y no al m¨¢ximo legal. Como la pena anterior se extinguir¨ªa en febrero de 2023 y la actual le resta un a?o, la Audiencia Provincial ha decretado la inmediata puesta en libertad del agresor.
En el otro caso registrado en Galicia, se ha rebajado de seis a cuatro a?os de prisi¨®n la pena por agresi¨®n sexual que se le impuso el pasado mayo a un hombre que viol¨® en Cambre (A Coru?a) a una mujer a la que conoci¨® por Tinder. La modificaci¨®n la ha realizado de oficio el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia al abordar el recurso presentado por el violador. Seg¨²n explica la Sala de lo Civil y Penal, debe aplicarse la ley ¡°m¨¢s favorable al reo¡±. Al hombre se le hab¨ªa impuesto la pena m¨ªnima por agresi¨®n sexual que la pasada primavera era de seis a?os, pero la nueva norma establece que ahora es de cuatro. Este agresor grab¨® con su m¨®vil el ataque sexual y fue condenado tambi¨¦n a dos a?os y medio de c¨¢rcel por un delito contra la intimidad. Esta pena no ha sido modificada.
En Catalu?a, la Audiencia de Barcelona se adelant¨® a la entrada en vigor de la ley e impuso en septiembre una condena por violaci¨®n inferior a la que contemplaba entonces el C¨®digo Penal. La resoluci¨®n impone una pena de tres a?os y diez meses de c¨¢rcel a un culturista de 28 a?os que agredi¨® sexualmente a una mujer de 60 a?os en su domicilio. La resoluci¨®n fue dictada el d¨ªa 27, poco antes de que entrase en vigor la normativa (7 de octubre). ¡°Aunque [la norma] a¨²n no ha entrado en vigor, parece razonable que compatibilicemos ese ¨¢mbito penol¨®gico con el que prev¨¦ la reforma¡±, se?alan los magistrados. La pena se situaba entonces entre los tres y los seis a?os, pero con la reforma la horquilla se sit¨²a entre los dos y los cuatro. Ha quedado fijada en tres a?os y 10 meses por la aplicaci¨®n de dos circunstancias atenuantes.
Una pena parecida a la que ha quedado establecida para el condenado en Murcia a cuatro a?os y seis meses por intento de agresi¨®n sexual, al que ahora se le ha rebajado hasta los tres a?os y un d¨ªa. Y en Andaluc¨ªa se ha disminuido la pena de prisi¨®n de un condenado por agredir sexualmente a su exmujer en Granada de 13 a?os y seis meses a 11 a?os. ¡°La pena imponible a los hechos enjuiciados con la nueva normativa es la misma en su l¨ªmite m¨¢ximo que la asignada en la anterior, pero es dos a?os y medio inferior en el m¨ªnimo¡±, explica la sentencia dictada el pasado 9 de noviembre. Al haber impuesto la pena m¨ªnima (en su mitad superior) en la sentencia de la Audiencia (13 a?os y seis meses de prisi¨®n), la Sala se ve obligada a rebajar a 11 a?os la pena de prisi¨®n, que tambi¨¦n ser¨ªa la pena m¨ªnima en su mitad superior con la nueva ley.
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