La primera condena en Navarra a un pederasta con la ley del ¡®solo s¨ª es s¨ª¡¯ reduce seis meses la pena respecto a la norma anterior
El tribunal impone nueve a?os y medio de c¨¢rcel a un hombre de 36 a?os que viol¨® al hijo de una amiga al que deb¨ªa cuidar
La Secci¨®n Primera de la Audiencia de Navarra ha condenado a nueve a?os y seis meses de prisi¨®n a un hombre de 36 a?os que en 2018 viol¨® al hijo de una amiga en una vivienda situada en Pamplona. El var¨®n agredi¨® sexualmente al menor, que apenas contaba con 10 a?os, en uno o dos d¨ªas que no se han podido precisar, aprovech¨¢ndose de que la madre era su amiga y que le hab¨ªa pedido que se ocupara una tarde del menor. Es la primera vez que la Audiencia de Navarra aplica de oficio la norma conocida como ley del solo s¨ª es s¨ª, aprobada el pasado verano, al ser esta m¨¢s favorable al reo, que est¨¢ acusado de un delito continuado de agresi¨®n sexual a un menor de 16 a?os con acceso carnal. Con la anterior norma, en vigor cuando sucedieron los hechos, la audiencia explica que le habr¨ªa impuesto 10 a?os de c¨¢rcel, es decir, seis meses m¨¢s.
Los magistrados han detallado que la pena, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, se sustituir¨¢ por la expulsi¨®n del territorio nacional una vez que el inculpado, de nacionalidad colombiana, haya cumplido la mitad de la condena. Asimismo, se le prohibir¨¢ regresar al pa¨ªs hasta dentro de una d¨¦cada y deber¨¢ indemnizar con 50.000 euros a la v¨ªctima, a la que no podr¨¢ acercarse ni contactar durante 12 a?os. El caso ha sido juzgado por la Audiencia de Navarra porque los hechos sucedieron en territorio foral y es el ¨®rgano competente para juzgar todos los delitos de agresi¨®n sexual que puedan acarrear penas superiores a los cinco a?os de prisi¨®n.
Los hechos sucedieron en 2018. El condenado acudi¨® un d¨ªa, que no ha podido ser determinado, a buscar al hijo menor de una amiga de su hermano, con la que ten¨ªa buena relaci¨®n. Lo llev¨® a su domicilio para cuidarlo, puesto que el ni?o no pod¨ªa quedarse con otra persona. De acuerdo con la informaci¨®n proporcionada por la audiencia, fue entonces cuando agredi¨® sexualmente al menor, a quien le prohibi¨® que contara a su madre lo sucedido. No se ha podido concretar, pero se considera probado que al d¨ªa siguiente o en un d¨ªa pr¨®ximo al de la primera violaci¨®n, el inculpado volvi¨® a agredir sexualmente al menor, tambi¨¦n en su domicilio. Como consecuencia, el ni?o padece actitud y conductas evitativas, irritabilidad y sentimientos de culpabilidad, verg¨¹enza y rabia. El condenado fue detenido el 11 de febrero de 2022 y puesto en libertad al d¨ªa siguiente. No obstante, dada la naturaleza del delito, est¨¢ en prisi¨®n provisional desde el 11 de abril.
Los hechos sucedieron cuando todav¨ªa estaba en vigor la norma anterior, por lo que, en el juicio, celebrado el pasado 20 de diciembre, el Ministerio Fiscal acus¨® a este var¨®n conforme a dicho texto. As¨ª, pidi¨® que fuera condenado por dos delitos continuados de abuso sexual a menor de 16 a?os y reclam¨® 10 a?os de prisi¨®n por cada uno de ellos. Por su parte, la acusaci¨®n particular solicit¨® 27 a?os, 12 por un delito y 15 por el otro, al entender que hubo intimidaci¨®n. La defensa solicit¨® la absoluci¨®n.
En la informaci¨®n proporcionada por el tribunal, los magistrados detallan que, si hubieran tenido en cuenta la legislaci¨®n vigente en el momento de la agresi¨®n sexual, la pena a imponer oscilar¨ªa entre los ocho y 12 a?os de prisi¨®n; y que, al ser un delito continuado, la condena se podr¨ªa situar en su mitad superior, es decir, entre los 10 y los 12. De hecho, afirman que, de acuerdo con los hechos que se han probado, hubieran determinado una pena de 10 a?os. Sin embargo, con la entrada en vigor de la nueva legislaci¨®n, estos delitos est¨¢n penados con una horquilla de entre seis y 12 a?os. Es decir, detallan, la pena m¨ªnima es inferior (seis en lugar de ocho) a la que contemplaba entonces la norma. En este caso, la mitad superior oscila entre nueve y 12 a?os, tambi¨¦n inferior a la de la ley anterior (de 10 a 12). As¨ª, al ser m¨¢s favorable para el acusado, la audiencia est¨¢ obligada a imponer una pena inferior.
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