El Constitucional defiende el derecho de manifestaci¨®n frente a la restricci¨®n absoluta por la pandemia
Tres magistrados del grupo progresista votan junto a los cuatro del grupo conservador al estimar que debi¨® autorizarse la concentraci¨®n convocada por los sindicatos el 8-M de 2021
Los sindicatos han ganado una importante batalla jur¨ªdica en el Constitucional, al haber prosperado el recurso que presentaron contra la decisi¨®n de la delegaci¨®n del Gobierno de Madrid de prohibir todas las manifestaciones convocadas con motivo del d¨ªa de la Mujer el 8 de marzo de 2021. UGT y CC OO recurrieron dicha orden, basada en los riesgos que pudieran suponer las concentraciones en un momento en que el n¨²mero de casos de covid a¨²n era de 253 por cada 100.000 habitantes. Los sindicatos y las organizaciones del movimiento feminista estimaron que la prohibici¨®n absoluta del derecho de manifestaci¨®n fue una medida desproporcionada, y ahora el Constitucional ha avalado este criterio por siete votos a cuatro, estimando que el nivel de riesgo sanitario no debi¨® implicar la prohibici¨®n de derecho a manifestarse.
El dilema entre la m¨¢xima protecci¨®n de la salud p¨²blica y el ejercicio de derechos fundamentales como los de reuni¨®n y manifestaci¨®n fue de dif¨ªcil soluci¨®n para el Constitucional desde el primer momento de la pandemia, generando fuertes divisiones internas. En abril de 2020, en pleno confinamiento, el tribunal prohibi¨® una manifestaci¨®n convocada en Vigo, que iba a discurrir en autom¨®viles, considerando que constitu¨ªa un riesgo de contagios. Pero la resoluci¨®n se aprob¨® en una sala del tribunal, y no en un pleno, con todos los magistrados, algunos de los cuales estaban a favor de permitir la convocatoria, precisamente por estar previstas medidas de cautela como la distancia entre los participantes. Desde entonces, se decidi¨® que todos los fallos sobre esta materia se avocar¨ªan al pleno del Constitucional, para resolver con las mayores garant¨ªas. Y ha sido un pleno del tribunal el que ha corregido el que hasta ahora era su criterio inamovible en el sentido de que la covid justificaba en todos los supuestos el sacrificio del derecho de manifestaci¨®n.
Para este cambio se ha tenido en cuenta que el 8 de marzo de 2021 quedaban ya muy lejos las medidas m¨¢s extremas tomadas desde un a?o antes contra la pandemia. En particular el confinamiento hab¨ªa terminado en junio de 2020, por lo que hab¨ªan pasado nueve meses desde que no estaba en vigor la orden de permanencia en los domicilios. Las medidas de prevenci¨®n sanitaria eran ya mucho m¨¢s laxas y con ciertas limitaciones el p¨²blico hab¨ªa vuelto a las instalaciones deportivas, por ejemplo. Los sindicatos propusieron el 8-M de 2021 una manifestaci¨®n con asistencia limitada en la plaza de la Cibeles, tratando de facilitar la autorizaci¨®n de la convocatoria. Pero ¨¦sta fue prohibida.
UGT y CC OO creyeron desde un primer momento que la prohibici¨®n de manifestaciones por parte de la delegaci¨®n del Gobierno en Madrid ten¨ªa que ver con el hecho de que su autorizaci¨®n el a?o anterior, a pocos d¨ªas de decretarse el estado de alarma y el confinamiento de la poblaci¨®n, hab¨ªa desencadenado las fuertes cr¨ªticas que la oposici¨®n dirigi¨® al Gobierno. En ese contexto se present¨® inlcuso una querella contra el entonces delegado del Gobierno en Madrid, Jos¨¦ Manuel Franco, que luego fue archivada.
Todas estas circunstancias han vuelto a ser valoradas por el Constitucional, que en su pleno de este martes ha decidido rechazar el primer proyecto de sentencia sobre este caso, en el que la ponente, la magistrada Laura D¨ªez, del sector progresista del tribunal, propon¨ªa rechazar el recurso de los sindicatos. Este borrador de fallo obtuvo un respaldo minoritario. Se impuso el mencionado resultado de siete votos a cuatro a favor de la impugnaci¨®n de los sindicatos, por lo que ha quedado encargado de elaborar un nuevo proyecto de sentencia otro magistrado, Ram¨®n S¨¢ez, tambi¨¦n del grupo progresista del ¨®rgano de garant¨ªas. Junto a Sa¨¦z votaron a favor del recurso de los sindicatos ¨Dla impugnaci¨®n resuelta ahora es la de UGT, pero se aplicar¨¢ la misma doctrina a la de CC OO¨D los magistrados Enrique Arnaldo, C¨¦sar Tolosa, Ricardo Enr¨ªquez y Concepci¨®n Espejel ¨Dlos cuatro del bloque conservador¨D, as¨ª como Mar¨ªa Luisa Balaguer y Juan Carlos Campo, del grupo progresista.
Junto a la primera ponente, apoyaron, en cambio, las tesis contrarias al recurso el presidente del tribunal, C¨¢ndido Conde-Pumpido, la vicepresidenta, Inmaculada Montalb¨¢n, y la magistrada Mar¨ªa Luisa Segoviano. Hasta ahora era frecuente que el resultado de siete a cuatro reflejara la correlaci¨®n interna de sensibilidades en el tribunal, a favor del bloque progresista, que esta vez se ha dividido, ya que tres de sus miembros votaron con el grupo conservador.
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