El Supremo reconoce el derecho de los funcionarios a doblar el permiso de maternidad en caso de familia monoparental
Los magistrados consideran que impedir acumular los permisos supone una ¡°discriminaci¨®n¡± para el reci¨¦n nacido
El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de las familias monoparentales a extender de 16 a 26 semanas el permiso de maternidad, aunque esta decisi¨®n solo beneficiar¨¢ por ahora a los trabajadores p¨²blicos porque ha sido adoptada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo. El criterio aplicado en este caso por los jueces discrepa del que han mantenido hasta ahora los magistrados de la Sala Social, la que se encarga de los asuntos laborales que afectan al resto de trabajadores, que ha rechazado en varias ocasiones equiparar los permisos de maternidad de las familias monoparentales con el de las biparentales al concluir que la ley no lo permite y que deber¨ªa ser el poder legislativo el que la cambiara para hacerlo posible. La Secci¨®n Cuarta de la Sala de lo Contencioso considera, sin embargo, que, como el Estatuto del Personal P¨²blico no recoge este supuesto expresamente, la norma debe interpretarse en beneficio del reci¨¦n nacido. ¡°Lo que est¨¢ en juego es la igualdad entre los menores reci¨¦n nacidos, evitando la aparici¨®n de cualquier forma de discriminaci¨®n por raz¨®n de nacimiento, y por cualquier otra condici¨®n o circunstancia personal o social (art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n), seg¨²n haya nacido en un tipo u otro de familia¡±, se?ala la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Pilar Teso y que ha sido adoptada por unanimidad.
La resoluci¨®n del Supremo estima el recurso de una profesora a la que la Direcci¨®n Provincial de Educaci¨®n de Valladolid rechaz¨® su solicitud para ampliar el permiso de maternidad de 16 a 24 semanas por tratarse de una familia monoparental. Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo le dio la raz¨®n al entender que aplicar la normativa vigente a un ¨²nico modelo de familia biparental era claramente discriminatorio, pero el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-Le¨®n anul¨® esa sentencia y confirm¨® la resoluci¨®n administrativa.
El caso lleg¨® al Supremo, que ha decidido abordarlo, seg¨²n explican los jueces, para acabar con la controversia que existe en esta materia y por la disparidad de criterios que hay entre las distintas salas y los distintos Tribunales Superiores de Justicia. Tras estudiar el caso, los magistrados de lo Contencioso interpretan el art¨ªculo 49 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto B¨¢sico del Empleado P¨²blico (TRLEBEP), que regula los permisos de nacimiento para la madre biol¨®gica y el otro progenitor. Este art¨ªculo concede un permiso de 16 semanas de duraci¨®n para la madre biol¨®gica (seis semanas obligatorias para ambos progenitores inmediatamente despu¨¦s del parto) y no contempla expresamente la extensi¨®n del permiso en los casos de las familias monoparentales.
Pero los jueces advierten de que este art¨ªculo ni ¡°autoriza, ni impone, ni proh¨ªbe¡± esa ampliaci¨®n, sino que simplemente no est¨¢ prevista, por lo que es al tribunal al que le corresponde interpretar la legislaci¨®n. Y los magistrados considera que deben hacerlo en beneficio del ni?o. ¡°El tipo de familia no puede, por tanto, determinar la diferencia de trato, de modo que el nacido en una familia monoparental disfrutar¨¢ del cuidado, atenci¨®n y protecci¨®n familiar (que establece el art¨ªculo 68 del C¨®digo Civil) por un tiempo muy inferior, 16 semanas, que tendr¨ªa si hubiera nacido en una familia biparental, 26 semanas¡±, se?ala la sentencia.
Para la sala, la situaci¨®n actual supone ¡°una discriminaci¨®n entre menores que se cualifica por el perjuicio indudable que padecen quienes se ven privados tempranamente de los cuidados que dispensan con su presencia constante alguno de sus progenitores¡±. ¡°Ni que decir tiene que la diferencia temporal en el n¨²mero de semanas no es balad¨ª cuando se trata de protecci¨®n y atenci¨®n a esa edad tan temprana¡±, a?ade el tribunal, que considerar que esa interpretaci¨®n de la ley que ahora hacen es la que ¡°resulta conforme con la Constituci¨®n¡± y al resto del ordenamiento jur¨ªdico,¡± respetando la igualdad y el inter¨¦s superior del menor, mediante la proscripci¨®n de cualquier forma de discriminaci¨®n por raz¨®n de nacimiento¡±.
¡°No divisamos ninguna circunstancia que proporcione una justificaci¨®n razonable para explicar la diferencia de efectos jur¨ªdicos entre ambas situaciones jur¨ªdicas equiparables, entre menores reci¨¦n nacidos en funci¨®n del tipo de familia, monoparental o biparental, a los efectos del art¨ªculo 49 de tanta cita. Ni siquiera resultan entendibles, como antes adelantamos, las razones por las que unos menores reci¨¦n nacidos puedan recibir durante m¨¢s tiempo la atenci¨®n y los cuidados de alguno de sus progenitores, empleados p¨²blicos y otros no. Todos deben recibir el cuidado y atenci¨®n a que se refiere el art¨ªculo 68 del C¨®digo Civil, en la misma medida, sin que la interpretaci¨®n de la Ley pueda conducirnos a conclusiones que lesionen la igualdad¡±, subrayan los jueces.
La sentencia recuerda que el ¨²nico supuesto de familia monoparental que ha regulado expresamente la ley, que es el provocado por el fallecimiento de la madre, s¨ª permite la suma de ambos permisos. ¡°En este supuesto del progenitor viudo, por tanto, la duraci¨®n del permiso s¨ª se extiende hasta el l¨ªmite de las familias biparentales produci¨¦ndose la suma o adici¨®n que ahora postula la parte recurrente para la familia monoparental, naturalmente en la parte que reste del permiso que, en su caso, hizo uso la madre antes de fallecer¡±, subrayan los magistrados.
La ampliaci¨®n del permiso de maternidad en las familias monoparentales se ha debatido varias veces en Parlamento en los ¨²ltimos a?os, pero nunca ha prosperado. La Sala Social, en la ¨²ltima sentencia que dict¨® sobre este asunto y la que volvi¨® a rechazar esta medida al entender que era competencia del poder legislativo, record¨® que en 2022 se hab¨ªa planteado una proposici¨®n de ley para ampliar el permiso de maternidad de las familias monoparentales a 32 semanas, pero no sali¨® adelante. Lo mismo ocurri¨®, recordaba la sala, con una enmienda en ese mismo sentido introducida en el Senado durante la tramitaci¨®n de la reforma del proyecto de ley de salud sexual y reproductiva y de interrupci¨®n voluntaria del embarazo.
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