El sector del cine y la m¨²sica recurre la sentencia que absuelve a Sharemula.com
Adivan y Promusica defienden que el caso no crea un precedente jur¨ªdico y citan 22 causas abiertas por casos similares
La Asociaci¨®n de Distribuidores e Importadores Videogr¨¢ficos de ?mbito Nacional (ADIVAN) y Promusicae han recurrido la sentencia que sobresey¨® el caso de Sharemula.com, una web que publicaba los enlaces desde donde realizar descargas de contenidos protegidos, a trav¨¦s de redes de intercambio de archivos entre particulares, conocidas como P2P.
Ambas asociaciones, que representan a las principales compa?¨ªas de la industria del cine y del disco, han presentado su recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid, pues aseguran que la decisi¨®n del juzgado de Instrucci¨®n 4 de Madrid "no crea precedente jur¨ªdico si se tienen en cuenta las 22 causas abiertas contra p¨¢ginas web que, en todos los casos, est¨¢n llevando adelante la instrucci¨®n, consideradas por el momento delito por los jueces que las tramitan", dicen en un comunicado oficial.
La Federaci¨®n para la Protecci¨®n de la Propiedad Intelectual (FAP) cita como ejemplo el caso de Todoalbums.net, que en unas circuntancias similares fue condenada por la Audiencia Provincial de Madrid, quien reconoci¨® la existencia de ¨¢nimo de lucro y, por tanto, indicios de delito en la actividad.
En su recurso, la industria de los contenidos, considera delito la actividad realizada por Sharemula.com, ya que existe ¨¢nimo de lucro al promover v¨ªnculos que s¨ª comparten archivos de obras intelectuales sin el consentimiento del o de los propietarios leg¨ªtimos de los derechos sobre las mismas.
Bercovitz y el af¨¢n de lucro
FAP y Promusicae han encargado un informe al doctor Rodrigo Bercovitz en el que se concluye que el ¨¢nimo de lucro se considera a partir del criterio del Tribunal Supremo, esto es, como "cualquier ventaja, utilidad, beneficio o rendimiento que se proponga obtener el sujeto activo, no importando ni el modo de materializaci¨®n de su prop¨®sito lucrativo ni si lleg¨® o no a obtenerlo finalmente".
As¨ª, entiende Bercovitz que las conductas que vulneran los derechos de reproducci¨®n y puesta a disposici¨®n, realizadas por los usuarios a trav¨¦s de P2P, se pueden considerar delito conforme al art¨ªculo 270.1 del C¨®digo Penal.
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