Petro toma el control de los servicios p¨²blicos domiciliarios
El presidente retoma las funciones de administraci¨®n y vigilancia que estaban delegadas desde 1994 en comisiones reguladoras
El presidente de la Rep¨²blica, Gustavo Petro, ha decidido retomar las facultades de administraci¨®n y control de los servicios p¨²blicos domiciliarios como la electricidad, seg¨²n ha anunciado este jueves. Ha citado el art¨ªculo 370 de la Constituci¨®n para justificar que la medida est¨¢ dentro de sus atribuciones, pese a que estas facultades est¨¢n delegadas en comisiones independientes desde 1994. ¡°Lo har¨¦ temporalmente en defensa del usuario¡±, ha justificado en Twitter.
La inflaci¨®n ha afectado especialmente a los servicios p¨²blicos en el ¨²ltimo a?o. La electricidad, por ejemplo, aument¨® un 22,4% desde enero de 2022, de acuerdo a los datos del Departamento Administrativo Nacional de Estad¨ªstica (DANE) hace unas semanas. Es casi 10 puntos m¨¢s que el promedio de 13,1%, una cifra que de todos modos es la m¨¢s alta de este siglo. Por ello, el Gobierno firm¨® en octubre un acuerdo con m¨¢s de 80 empresas energ¨¦ticas para bajar las tarifas. La medida gener¨® expectativa, pero no logr¨® frenar la subida de precios.
El art¨ªculo 370 de la Constituci¨®n de 1991 reconoce las atribuciones del presidente en este asunto. ¡°Corresponde al Presidente de la Rep¨²blica se?alar, con sujeci¨®n a la ley, las pol¨ªticas generales de administraci¨®n y control de eficiencia de los servicios p¨²blicos domiciliarios y ejercer por medio de la Superintendencia de Servicios P¨²blicos Domiciliarios, el control, la inspecci¨®n y vigilancia de las entidades que los presten¡±, lee el texto.
Los a?os posteriores a la nueva Constituci¨®n trajeron racionamientos energ¨¦ticos por la escasez que viv¨ªa el pa¨ªs. Por ello, en 1994, se sancion¨® una ley que reglamentaba la regulaci¨®n de servicios como la electricidad, el alcantarillado y la distribuci¨®n de gas combustible. Se crearon varias comisiones reguladoras con el objetivo de despolitizar al sector y priorizar criterios t¨¦cnicos. Hoy son tres entidades: la Comisi¨®n Reguladora de Energ¨ªa y Gas (CREG), la Comisi¨®n de Regulaci¨®n de Agua Potable y Saneamiento B¨¢sico (CRA) y la Comisi¨®n de Regulaci¨®n de Telecomunicaciones (CRC). Quedaron adscritas a los ministerios correspondientes, pero tienen ¡°independencia administrativa, t¨¦cnica y patrimonial¡±. Por ejemplo, los comisionados tienen periodos fijos y los presidentes no los pueden remover.
La Ley 142 de 1994 especific¨® que se aplicaba a las comisiones solamente si el Ejecutivo delegaba atribuciones en ellas. ¡°En caso contrario, el presidente ejercer¨¢ las funciones que aqu¨ª se atribuyen a las comisiones¡±, dice el art¨ªculo 68 para dejar en claro que son facultades presidenciales. En ese sentido, las normas respaldan la decisi¨®n del presidente.
Petro ha expresado su predisposici¨®n a asumir el control desde septiembre, cuando se refiri¨® puntualmente a su deseo de frenar el incremento en los precios de energ¨ªa. Anunci¨® su intenci¨®n en un congreso de Andesco, la agremiaci¨®n de las empresas de servicios p¨²blicos: ¡°Las comisiones reguladoras son para regular los mercados en funci¨®n del derecho universal, no para afirmar procesos de especulaci¨®n financiera, como hasta ahora lo han realizado¡±. Poco despu¨¦s, sin embargo, el Gobierno firm¨® un acuerdo para bajar tarifas y el anuncio que afectaba a la CREG no se concret¨®.
La intenci¨®n del presidente en septiembre gener¨® incertidumbre, sobre todo respecto al impacto en la toma de decisiones por parte de t¨¦cnicos independientes. El presidente de Andesco, Camilo S¨¢nchez, asegur¨® a este peri¨®dico que le preocupaban las implicaciones en la calidad de la prestaci¨®n del servicio de energ¨ªa. ¡°Todos estamos de acuerdo en que hay que buscar salidas para el valor de la factura, que se ha disparado porque el impacto inflacionario para el productor est¨¢ muy por encima de lo esperado, pero puede haber efectos irreparables y muy costosos al final de cuentas porque se da?a la prestaci¨®n del servicio¡±, coment¨®.
Ahora vuelven a surgir las dudas, que tambi¨¦n conciernen a los l¨ªmites de la decisi¨®n presidencial. Legalmente, el presidente no tiene un margen de maniobra absoluto, seg¨²n explica por WhatsApp Juli¨¢n L¨®pez Murcia, experto en regulaci¨®n de servicios p¨²blicos y exsuperintendente delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo. ¡°La Constituci¨®n ordena que las tarifas de servicios p¨²blicos reconozcan todos los costos eficientes de prestaci¨®n. El Presidente no podr¨ªa incumplir esta disposici¨®n constitucional¡±, se?ala como ejemplo. Adem¨¢s, para Murcia, un cambio abrupto en las regulaciones puede generar ¡°m¨¢s costos que beneficios¡±, en especial para los sectores m¨¢s vulnerables.
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