La Corte IDH condena a Argentina por violencia obst¨¦trica en la muerte de Cristina Br¨ªtez
Se trata de una sentencia hist¨®rica por reconocer por primera vez este tipo de violencia contra las mujeres en el continente. El caso se remonta a 1992, cuando la mujer, de 38 a?os, falleci¨® despu¨¦s de que le indujesen el parto
La Corte Interamericana de Derechos Humanos responsabiliz¨® este mi¨¦rcoles al Estado argentino por violencia obst¨¦trica en el caso de Cristina Br¨ªtez Arce, que estaba embarazada de 40 semanas en el momento de su muerte. En el fallo, que marca un precedente a nivel regional, el tribunal solicita al pa¨ªs sudamericano que ponga en marcha una campa?a para prevenir este tipo de violencia contra las mujeres y visibilizar los derechos de las embarazadas.
Para el tribunal, el Estado argentino viol¨® el derecho a la vida, a la integridad personal y a la salud de esta mujer de 38 a?os, fallecida el 1 de junio de 1992 en la maternidad p¨²blica Ram¨®n Sard¨¢ de Buenos Aires. Los jueces consideraron tambi¨¦n que su embarazo ten¨ªa factores de riesgo que no fueron atendidos de forma adecuada por el sistema de salud argentino.
Br¨ªtez Arce se present¨® en el hospital por fiebre y molestias lumbares relacionadas con su embarazo. Cuando los profesionales de guardia le realizaron una ecografia determinaron que el feto estaba muerto y la internaron para inducirle el parto. Ese mismo d¨ªa, a las seis de la tarde, la embarazada falleci¨® por ¡°paro cardiorrespiratorio no traum¨¢tico¡±.
¡°Los Estados tienen la obligaci¨®n de proporcionar servicios de salud adecuados, especializados y diferenciados durante el embarazo, parto y en un periodo razonable despu¨¦s del parto, con el objeto de garantizar el derecho a la salud de la madre y prevenir la mortalidad y morbilidad materna[...] Cuando un Estado no toma las medidas adecuadas para prevenir la mortalidad materna, esto impacta en el derecho a la vida de las personas gestantes y en periodo de posparto¡±, sostiene la Corte IDH en la sentencia notificada este mi¨¦rcoles a las partes.
Para el tribunal internacional, Br¨ªtez Arce no obtuvo el tratamiento m¨¦dico que requer¨ªa ¡°ni cont¨® con informaci¨®n completa sobre las posibles alternativas de tratamiento y sus implicaciones. Por el contrario, fue sometida a violencia obst¨¦trica en circunstancias que la expusieron a un riesgo que desencaden¨® en su muerte¡±.
¡°Decisi¨®n hist¨®rica¡±
¡°Es la primera vez que en un caso contencioso la Corte reconoce que la violencia obst¨¦trica es una forma de violencia basada en g¨¦nero y que est¨¢ prohibida en los tratados interamericanos de derechos humanos¡±, dice a EL PA?S Catalina Mart¨ªnez Coral, directora regional del Centro de Derechos Reproductivos para Am¨¦rica Latina y el Caribe. ¡°Se trata de una decisi¨®n hist¨®rica y muy importante para todos los estados de la regi¨®n¡±, agrega Mart¨ªnez Coral.
La Corte IDH orden¨® medidas de reparaci¨®n como el pago por da?os materiales e inmateriales y garant¨ªas de no repetici¨®n. Argentina hab¨ªa reconocido su responsabilidad por el caso, pero el fallo le ordena adem¨¢s dise?ar una campa?a de difusi¨®n orientada a visibilizar los derechos relacionados con el embarazo, el trabajo de parto y el posparto y a prevenir la violencia obst¨¦trica.
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