El Constitucional anula la condena a un inmigrante que vend¨ªa CD en la calle
El alto tribunal ampara tambi¨¦n a un ecuatoriano por ser expulsado de forma ilegal
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha anulado dos sentencias de la Audiencia Provincial de Madrid y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid tras haber detectado irregularidades en los procesos judiciales contra dos inmigrantes, uno de nacionalidad ecuatoriana y otro de Bangladesh. Seg¨²n estas decisiones, publicadas recientemente, ambos ¨®rganos judiciales madrile?os vulneraron derechos constitucionales de los implicados. En el caso del TSJM el derecho a la defensa; y en el de la Audiencia Provincial el derecho fundamental a un proceso con todas las garant¨ªas y a la presunci¨®n de inocencia.
En el primero de los casos el Constitucional otorg¨® el 12 de septiembre pasado el amparo a Mir K. frente a una sentencia de la Audiencia Provincial que le hab¨ªa condenado a seis meses de c¨¢rcel como autor de un delito contra a la propiedad intelectual. Mir K. fue sorprendido el 18 de enero de 2006 por agentes de la Polic¨ªa Local de Madrid en la calle Toledo con 107 copias de CD que, seg¨²n los uniformados, estaba vendiendo. El fallo, seg¨²n la sentencia del Constitucional que anula la anterior de la Audiencia, destaca que el inmigrante fue condenado sin haber celebrado vista p¨²blica durante la apelaci¨®n.
Tras ser absuelto inicialmente Mir K. por el juzgado de lo Penal n¨²mero 26 de Madrid la Audiencia "sin celebraci¨®n de vista, modific¨® el relato de hechos probados". De esta forma, y seg¨²n los magistrados de la Sala Segunda del Constitucional, el debate sobre la consideraci¨®n de si estaba o no vendiendo CD de forma ilegal se introduce en el litigio por parte de la Audiencia Provincial "tras haber alterado sustancialmente los hechos por el Juzgado de lo Penal, al tener por probado, en contra de lo declarado por el acusado, y en base a las declaraciones de los testigos, que este estaba ofertando en venta los CD". De esta forma, los magistrados del Constitucional concluyen que el ¨®rgano de apelaci¨®n vulner¨® el derecho a un proceso con todas las garant¨ªas del recurrente en amparo, ya que conden¨® a ¨¦ste como autor de un delito contra la propiedad intelectual, del que hab¨ªa sido previamente absuelto. "Es decir, se ha producido una valoraci¨®n distinta de las pruebas por el tribunal sin la presencia del acusado. Ni se dio la oportunidad a ¨¦ste de ser o¨ªdo por la Sala antes de ser condenado".
Expulsi¨®n anulada
La segunda de las sentencias de la Sala Segunda del Constitucional anula la expulsi¨®n de Espa?a decretada por la Delegaci¨®n del Gobierno de Madrid y confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid del ciudadano de nacionalidad ecuatoriana Javier Isa¨ªas C. T., que seg¨²n el Alto Tribunal se produjo tras constatar otra irregularidad. Ya que la decisi¨®n previa de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se produjo despu¨¦s de que la Delegaci¨®n del Gobierno de Madrid confirmara la expulsi¨®n del inmigrante ecuatoriano con informaci¨®n de la que no se dio traslado al interesado.
Los hechos se remontan al 22 de mayo de 2008 cuando el comisario jefe de la britada provincial de extranjera y documentaci¨®n de Madrid inici¨® un procedimiento administrativo sancionador contra Javier Isa¨ªas C. T. por encontrarse de forma irregular en Espa?a. El 24 de junio de 2008 se firm¨® la resoluci¨®n de expulsi¨®n por un periodo de diez a?os, documento que no fue notificada al interesado. La expulsi¨®n, adoptaba por la Delegaci¨®n del Gobierno, se llevaba a cabo despu¨¦s de constatar que el demandante de amparo constitucional hab¨ªa sido detenido en tres ocasiones, en aplicaci¨®n de la legislaci¨®n de extranjer¨ªa; que no acreditaba tener relaci¨®n laboral u oferta de empleo, ni v¨ªnculos significativos con la sociedad espa?ola; y sobre todo, que ten¨ªa antecedentes policiales por abuso sexual. Asimismo, en sus antecedentes constaban la apertura de unas diligencias previas por un delito de malos tratos en el ¨¢mbito familiar y la adopci¨®n de una orden judicial de alejamiento con respecto de su esposa.
De esta forma, y seg¨²n el Constitucional, la imposici¨®n de la sanci¨®n de expulsi¨®n, en lugar de la de multa, se bas¨® en los nuevos datos incorporados en la propuesta de resoluci¨®n, que no fue notificada al interesado. De esta forma, el inmigrante no pudo aportar los documentos acreditativos del archivo o de su absoluci¨®n en los procedimientos correspondientes, algo que solo pudo hacer en la v¨ªa judicial. El Alto Tribunal basa su decisi¨®n de anular la expulsi¨®n y la sentencia del TSJM devolviendo el expediente al inicio del mismo. "Producida ya la vulneraci¨®n del derecho de defensa en el transcurso del procedimiento administrativo sancionador, el hecho de que el inmigrante disfrutara en el proceso judicial de la posibilidad de alegar y probar cuanto consider¨® oportuno para la defensa de sus derechos no subsana la vulneraci¨®n de los derechos", concluye el Constitucional en su sentencia del pasado 26 de septiembre.
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