Alicante pagar¨¢ 102.000 euros a un vecino que cay¨® en un agujero
El afectado se rompi¨® el brazo al tropezar en la calle porque faltaban adoquines en la acera El TSJ rechaza los recursos del Ayuntamiento y una aseguradora pero rebaja la indemnizaci¨®n
La secci¨®n segunda de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado al Ayuntamiento de Alicante a indemnizar con 102.959 euros a un peat¨®n que se cay¨® en plena v¨ªa p¨²blica, en la calle Teulada, al meter el pie en un agujero de la calzada.
La sala estima en parte del recurso de una aseguradora contra la sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo n¨²mero dos de Alicante, mantiene los hechos probados en su totalidad pero rebaja la indemnizaci¨®n a abonar al afectado, que pasa de 114.550 euros reconocidos inicialmente a los 102.959 que cobrar¨¢ despu¨¦s del litigio.
El juzgado de primera instancia declar¨® probado que el afectado se cay¨® el 14 de enero de 2007, sobre las 7.30 horas, cuando caminaba por la calle Teulada de Alicante en direcci¨®n a un coche al introducir un pie en un agujero que hab¨ªa en la acera por la ausencia de adoquines.
Como consecuencia de la ca¨ªda, el peat¨®n se fractur¨® el h¨²mero derecho, por lo que tuvo que ser intervenido quir¨²rgicamente para colocarle tres clavos. El afectado ped¨ªa una indemnizaci¨®n de 133.593 euros. El juez consider¨® que hab¨ªa quedado acreditado debidamente el da?o individualizado, efectivo y susceptible de valoraci¨®n econ¨®mica, y que exist¨ªa adem¨¢s una relaci¨®n de causalidad entre el da?o sufrido y el mal funcionamiento del servicio p¨²blico, que se constat¨® a trav¨¦s de fotograf¨ªas, por el defectuoso estado de la acera.
Asimismo, este extremo se constat¨® por la declaraci¨®n testifical de dos amigos del afectado que iban con ¨¦l y que lo llevaron al hospital. Como secuelas, le qued¨® una limitaci¨®n de la flexi¨®n y la par¨¢lisis parcial del nervio radial del antebrazo y la mu?eca.
Contra esta decisi¨®n reclamaron la aseguradora y el Ayuntamiento de Alicante. El seguro alegaba error en la valoraci¨®n de la prueba, que el recurrente no avis¨® del accidente a la Polic¨ªa y que el lugar del accidente era una acera amplia en buen estado de conservaci¨®n. Asimismo, apuntaba a contradicciones en los testimonios recabados.
Por su parte, el Ayuntamiento hac¨ªa hincapi¨¦ en que pese a lo aparatoso de la ca¨ªda, en ning¨²n momento se puso en conocimiento de la Polic¨ªa no se avis¨® al servicio de ambulancias, sino que fueron los amigos los que lo trasladaron a urgencias pese a que ten¨ªa el brazo "colgando".
La sala, sin embargo, considera que los hechos han quedado debidamente acreditados con la prueba practicada y la valoraci¨®n realizada por el juez de instancia, as¨ª como la existencia de un funcionamiento anormal del servicio p¨²blico municipal por la existencia de un boquete de "considerables dimensiones" en la acera. No obstante, el tribunal ha rebajado la indemnizaci¨®n al aplicar el baremo actualizado, el n¨²mero de puntos y la edad del recurrente.
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