CatalunyaCaixa deber¨¢ devolver el dinero a 12 afectados por las preferentes
El Gobierno catal¨¢n obliga a la entidad a retornar el 100% del capital invertido por los afectados La Generalitat anuncia que emitir¨¢ un centenar de laudos m¨¢s en breve
El Gobierno catal¨¢n ha empezado a dictar ya los primeros laudos arbitrales por las reclamaciones de centenares de afectados por la contrataci¨®n de participaciones preferentes y deuda subordinado perpetuo de CatalunyaCaixa. Y todos, en total una docena, dan la raz¨®n al cliente y obligan a la entidad nacionalizada a devolver el dinero. Seg¨²n ha explicado la Agencia Catalana de Consumo (ACC), dependiente del Departamento de Empresa y Empleo, en las pr¨®ximas semanas saldr¨¢n un centenar m¨¢s de laudos arbitrales y, adem¨¢s, est¨¢ pendiente de recibir otras 800 reclamaciones.
La ACC puede dictar laudos sobre las participaciones preferentes porque CatalunyaCaixa se someti¨® mediante un acuerdo con la Generalitat a las decisiones de la Junta Arbitral de Consumo. Para ello, sin embargo, la ACC debe recibir una reclamaci¨®n y CatalunyaCaixa debe aceptar que el organismo de la Generalitat lo examine. De momento, es la ¨²nica entidad catalana que ha rubricado ese pacto, aunque fuentes de la Generalitat explican que est¨¢n negociando que otros bancos se adhieran a ese sistema. Los 12 laudos dictados hoy determinan que la entidad presidida por Adolf Tod¨® deber¨¢ devolver el 100% del capital invertido a los consumidores afectados. El Departamento de Empresa y Empleo ha informado que, adem¨¢s del centenar de laudos que se dictar¨¢n en breve, CatalunyaCaixa ha aceptado la mediaci¨®n en otros 800 casos.
Seg¨²n la Generalitat, el perfil del reclamante es el de una persona que por sus "condiciones personales, culturales, educativas y sociales no pod¨ªa entender que estaba contratando un producto de riesgo" en la entidad o bien personas a las que no se le entreg¨® la "documentaci¨®n necesaria". El sistema de arbitraje es gratuito y voluntario para ambas partes. Si la entidad acepta esa v¨ªa, renuncia a la v¨ªa judicial.
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