Novagalicia convirti¨® en preferentes el dep¨®sito de una cartilla infantil
La resoluci¨®n entiende que no hay ¡°motivo alguno¡± para apreciar que tanto la madre como la hija tuviesen un perfil inversor
El Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 4 de Vigo ha vuelto a resolver a favor de un afectado por la venta irregular de participaciones preferentes y condena a Novagalicia Banco a devolver 1.860 euros a una mujer que hab¨ªa contratado el producto para su hija creyendo que era un dep¨®sito.
La sentencia, con fecha del martes, analiza y rechaza los tres argumentos que utiliza el banco para tratar de evitar la condena: que ya habr¨ªa caducado el plazo para reclamar la nulidad del contrato; que los ¡°folletos informativos y tr¨ªpticos¡± que se facilitaba a los clientes daban informaci¨®n suficiente sobre lo que realmente eran las preferentes; y que el hecho de no reclamar durante varios a?os ¡ªla firma data de 2005¡ª deber¨ªa entenderse como una especie de conformidad sobrevenida con el contrato, aun cuando en el momento de la venta no se tuviese claro lo que se firmaba.
La resoluci¨®n entiende que no hay ¡°motivo alguno¡± para apreciar que tanto la madre como la hija tuviesen un perfil inversor que les habr¨ªa llevado a contratar un producto que no quer¨ªan ¡°fruto de su propia negligencia o desatenci¨®n¡±. Tampoco considera que entregar un folleto informativo sirva a la entidad para decir que inform¨® adecuadamente a los clientes, y s¨ª que el empleado que vendi¨® las preferentes deber¨ªa haber explicado mejor de qu¨¦ se trataba. ¡°No habr¨ªa de extra?ar que pudieran terminar confundiendo el producto con algo semejante a un dep¨®sito a plazo¡±, a?ade la sentencia, que en ese sentido dice que ¡°no basta¡± con que en la tapa de la libreta se pueda leer ¡°activos financieros¡±.
Tras interrogar al oficinista, el juez entiende que la informaci¨®n facilitada ¡°dist¨® mucho de la deseable precisi¨®n y claridad que demandan los c¨®digos de conducta [¡] Apenas supo precisar que hab¨ªa explicado a los clientes que la inversi¨®n se podr¨ªa recuperar f¨¢cilmente en una o dos semanas. Sin embargo, dijo no acordarse [¡] de si lleg¨® a facilitar una copia del contrato¡±. Como en otras resoluciones, el texto recuerda que en estos casos la carga de la prueba recae sobre el banco y que las explicaciones que da son insuficientes. Novagalicia reclamaba, en todo caso, que de estimarse la reclamaci¨®n se le devolviesen los 376 euros intereses cobrados en estos a?os. El juez no se opone en el fondo, pero argumenta que la entidad hizo esta precisi¨®n fuera de tiempo, as¨ª que la rechaza y sugiere que pida el reembolso ¡°de otro modo o mediante otro procedimiento¡±.
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