La Generalitat retir¨® los f¨¢rmacos gratis a discapacitados por el elevado d¨¦ficit
La Consejer¨ªa de Sanidad justific¨® la medida con la excusa de que el Gobierno le obligaba
En contra de la tesis que mantiene la Generalitat valenciana, la decisi¨®n de retirar la gratuidad de los medicamentos a los discapacitados e introducir el copago no obedece a que le obligue el Ministerio de Sanidad -en concreto, al decreto de recortes anunciado en abril de 2012-. El motivo es la falta de fondos: el d¨¦ficit de la Comunidad Valenciana y la incapacidad financiera para asumir estas prestaciones.
As¨ª lo refleja un documento de la abogac¨ªa de la Generalitat que responde a las dudas planteadas por la Consejer¨ªa de Sanidad sobre el pago de los f¨¢rmacos a las personas con discapacidad. Una ley auton¨®mica de 2003 garantizaba esta prestaci¨®n por parte del Gobierno valenciano, que asum¨ªa los medicamentos para a los menores de 18 a?os con discapacidad diagnosticada en grado superior al 33% y a los mayores de edad con un grado mayor al 65%.
A ra¨ªz de la norma estatal, la consejer¨ªa plante¨® a los letrados de la Generalitat si el Real Decreto de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (que ampli¨® el copago a los jubilados y expuls¨® del sistema sanitario normalizado a los inmigrantes en situaci¨®n irregular) invalidaba la subvenci¨®n de los f¨¢rmacos a los discapacitados vigente en la Comunidad Valenciana a trav¨¦s del art¨ªculo 16 de la Ley sobre el Estatuto de las Personas con Discapacidad.
La respuesta de la Abogac¨ªa de la Generalitat fue que no. La norma estatal no implicaba la anulaci¨®n autom¨¢tica de las ayudas. El letrado encargado de resolver las dudas planteadas por el departamento que entonces dirig¨ªa Luis Rosado ¨Cla respuesta es de septiembre del a?o pasado- explica que el decreto del Ministerio de Sanidad contempla la posibilidad de subvencionar medicamentos a personas con discapacidad, una posibilidad que se enmarca dentro del margen que tienen las autonom¨ªas de ampliar el paquete com¨²n de prestaciones sanitarias.
Pero este tipo de servicios a?adidos, las denominadas prestaciones complementarias, deben ser cubiertos con los presupuestos propios de las autonom¨ªas que los deseen incorporar. Y para ello, las comunidades deben acreditar su suficiencia financiera, es decir, unas cuentas saneadas. O, en palabras del letrado en su respuesta, ¡°una situaci¨®n de equilibrio o super¨¢vit estructural de la Administraci¨®n P¨²blica de que se trate¡±.
¡°Si se considera que no se va a seguir pudiendo prestar las prestaciones complementarias en el art¨ªculo 16 [de la ley del estatuto del discapacitado Valenciano]¡±, a?ade el letrado, es por ¡°la dificultad de cumplimiento del art¨ªculo 8 de la ley de cohesi¨®n y calidad del SNS¡±. Es decir, por no ser la Administraci¨®n valenciana capaz de asumir el coste debido a no tener solvencia financiera. En conclusi¨®n, la abogac¨ªa de la Generalitat recomienda ¡°la ineludible necesidad de modificar o derogar¡± el art¨ªculo que contemplaba la gratuidad de medicamentos, una medida que la Generalitat adopt¨® en diciembre del a?o pasado.
Las plataformas valencianas en defensa de la ley de dependencia encargaron a la Cl¨ªnica Jur¨ªdica per la Just¨ªcia Social de la Universitat de Val¨¨ncia un informe para evaluar la misma cuesti¨®n: si la Generalitat ten¨ªa margen para poder seguir pagando los f¨¢rmacos. La conclusi¨®n de este informe fue que el principal argumento en que se basa la Generalitat para suprimir la prestaci¨®n farmac¨¦utica y ortoprot¨¦sica "reside en que desde el Gobierno central as¨ª se lo impone". Sin embargo la Generalitat "s¨ª se atribuye la competencia para conceder la gratuidad" a los "menores de edad tutelados por las administraciones p¨²blicas".
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