La juez concluye que un banco enga?¨® a una clienta al venderle deuda subordinada
Caixabank devuelve el dinero a una clienta y la magistrada archiva la causa penal
Caixabank enga?¨® a Luisa Vicente Santiago al ofrecerle un producto de riesgo como si fuera un dep¨®sito a plazo. La entidad bancaria, adem¨¢s, falsific¨® la firma de la mujer en un documento. Esas son, al menos, las conclusiones a las que ha llegado la titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 18 de Barcelona en un auto en el que, parad¨®jicamente, archiva la causa abierta contra dos trabajadores de la entidad por un delito de estafa.
Hace unas semanas, Luisa Vicente lleg¨® a un acuerdo con Caixabank, que le devolvi¨® ¡°¨ªntegramente¡±, seg¨²n la resoluci¨®n judicial, los 60.000 euros que hab¨ªa invertido en deuda subordinada, un producto financiero pol¨¦mico, considerado de riesgo y con alg¨²n rasgo similar a las participaciones preferentes. Fruto de ese acuerdo, la mujer renunci¨® a ejercer acciones penales contra el banco. Como la fiscal¨ªa tampoco ha pedido que se siga la investigaci¨®n, la juez se ha visto obligada a cerrarla.
En 2009, Luisa Vicente adquiri¨® dos paquetes de deuda subordinada por consejo del director de su oficina, en el barrio de la Sagrada Familia de Barcelona. El empleado le prometi¨®, seg¨²n la mujer, que el capital estaba asegurado al 100% y que pod¨ªa retirarlo en cualquier momento. Dos a?os m¨¢s tarde, intent¨®, en efecto, retirar el dinero. Pero no pudo. Al descubrir que una de las firmas del contrato hab¨ªa sido falsificada, present¨® una denuncia en los juzgados.
La juez recuerda que la clienta el contrato, pero result¨® que hab¨ªa desaparecido de sus archivos
Dos trabajadores de Caixabank han declarado como imputados en la causa por estafa: el director de la sucursal y la gestora de banca personal de esa oficina, que le vendi¨® el producto.
La juez concluye que la venta fue ¡°inidiciariamente enga?osa¡± porque a la clienta ¡°se le ocultaron por completo las caracter¨ªsticas y riesgos del producto¡±. La mujer fue sometida a un test de idoneidad y result¨® que es ¡°una persona de perfil conservador¡±, ¡°sin ning¨²n tipo de experiencia¡± en la contrataci¨®n de esos productos y ¡°conocedora de conceptos bancarios absolutamente b¨¢sicos¡±, siempre seg¨²n el auto.
Las respuestas que dio en ese test son ¡°incompatibles¡± con la adquisici¨®n de un producto que aparece descrito en un documento ¡°de dif¨ªcil comprensi¨®n para quienes carecen, o carecemos, de perfil inversor¡±, se?ala la magistrada. La juez cita como ejemplos dos frases poco comprensibles para el gran p¨²blico, como ¡°no existe amortizaci¨®n anticipada a petici¨®n de los inversores¡±. En esas frases complejas es donde, precisamente, se explicaban los riesgos del producto, que aparecen descritos ¡°con parca o nula claridad¡±, pero vienen a decir que el cliente no podr¨¢ recuperar el dinero como en una imposici¨®n a plazo, sigue el auto.
La magistrada esgrime dos argumentos que, a su juicio, confirman el enga?o. Uno, la fotocopia de un documento firmado en enero de 2009. Seg¨²n los peritos, ¡°la firma no corresponde a la se?ora Vicente¡±. La juez recuerda que la clienta pidi¨® a la entidad el original de ese documento (el resumen de emisi¨®n), pero ¡°result¨® que hab¨ªa desaparecido de sus archivos¡±. El segundo indicio de que la mujer pensaba que su dinero estaba garantizado es que le ofrecieron una libreta de dep¨®sito a plazo, ¡°con el sello del Tesoro P¨²blico en todas sus hojas¡±. Esa libreta, seg¨²n la juez, ¡°acreditaba que su poseedor ha comprado deuda del Estado, lo que no era el caso¡±.
La juez concluye que la mujer no solo ha recuperado la inversi¨®n en deuda subordinada, sino que ¡°La Caixa le ha devuelto la total inversi¨®n que ten¨ªa en otros productos¡±, como participaciones preferentes, ¡°cuando este no hab¨ªa sido cuestionado y cuando, adem¨¢s, ya hab¨ªa sido objeto de canje por acciones de la entidad¡±.
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