La Inspecci¨®n de Trabajo resuelve que Panrico vulnera el derecho de huelga
El Comit¨¦ denunci¨® que la empresa distribuye en Catalu?a producci¨®n fabricada fuera de Santa Perp¨¨tua
La Inspecci¨®n de Trabajo considera que Panrico vulnera el derecho de huelga de los trabajadores de la f¨¢brica de Santa Perp¨¨tua de Mogoda por distribuir en Catalu?a producci¨®n fabricada en otras plantas espa?olas mientras la plantilla del Vall¨¨s permanece en huelga indefinida desde el pasado 13 de octubre. As¨ª lo afirma en un informe de finales del pasado mes de diciembre que firma el Consorcio de la Inspecci¨®n de Trabajo y Seguridad Social de Catalu?a, un organismo participado por el Gobierno central y la Generalitat. La resoluci¨®n, que afirma que Panrico ser¨¢ sancionada sin especificar la cuant¨ªa, obedece a una denuncia del Comit¨¦ de Empresa de la f¨¢brica, que alert¨® a la inspecci¨®n de que Panrico est¨¢ distribuyendo en Catalu?a productos que ellos han dejado de producir y que han sido fabricados en otras plantas Espa?olas. Son tanto productos frescos, como el Donut o el Bollycao, como pan de molde del que se vende en supermercados.
El presidente del Comit¨¦ de Empresa, Gin¨¦s Salmer¨®n (CC OO), ha celebrado hoy el informe: "Nos da la raz¨®n en el sentido de que si el centro est¨¢ en huelga es ilegal que la empresa traiga producto de otras plantas". La resoluci¨®n est¨¢ siendo analizada por los servicios jur¨ªdicos del sindicato, que decidir¨¢n cu¨¢l es el pr¨®ximo paso a seguir.
En el informe, de cuatro p¨¢ginas, la inspectora que lo firma relata, a partir de una visita al centro de distribuci¨®n de producci¨®n de la calle de Caracas de Barcelona, como hay transportistas que habitualmente cargan los camiones en Santa Perp¨¨tua que en esa ocasi¨®n cargan producto en Paracuellos (Madrid), y empleados que habitualmente trabajan en la f¨¢brica vallesana que est¨¢n supervisando operaciones en el almac¨¦n.
Posteriormente, la inspectora enumera toda la documentaci¨®n requerida al Comit¨¦ y a la direcci¨®n en relaci¨®n a peso de las producciones, rutas de transporte, contratos formulados a trav¨¦s de Empresas de Trabajo Temporal o funciones de determinados cargos intermedios. La conclusi¨®n del informe es, literalmente, la que sigue: "Del an¨¢lisis de la documentaci¨®n aportada por las partes, los hechos constatados el d¨ªa de la visita inspectora y los testimonios y declaraciones realizadas, se ha concluido que hay actuaciones de la empresa posteriores a la huelga convocada en el centro de trabajo de Santa Perp¨¨tua desde el 13/10/2013, constituyen una vulneraci¨®n del derecho de huelga regulado en el art¨ªculo 28.2 de la Constituci¨®n Espa?ola [...] motivo por el cual se ha iniciado procedimiento sancionador contra la empresa"
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