La enfermedad incurable de Laureano Oubi?a no le libra de ingresar en prisi¨®n
La Audiencia manda a la polic¨ªa a detener al narco para cumplir una pena de cuatro a?os
Cuatro meses despu¨¦s de que los abogados del narcotraficante Laureano Oubi?a lograran la suspensi¨®n de su ¨²ltima condena de 4 a?os por blanqueo alegando la enfermedad incurable que padece (un c¨¢ncer de colon), la Audiencia Nacional ha revocado la medida cautelar sobre reo para ordenar su inmediato ingreso en prisi¨®n en base a los informes forenses.
El auto de la Secci¨®n Cuarta que conden¨® por blanqueo al famoso traficante de hach¨ªs y le impuso aderm¨¢s una multa de 2,2 millones de euros, no entra a valorar el proceso de su enfermedad, que sigue su curso, sino las ¨²ltimas pruebas realizadas en los centros de salud del Sergas y el informe forense. Laureano Oubi?a padece un sindrome vertiginoso pero ¡°no existe inconveniente, desde el punto de vista m¨¦dico, para que el penado no siga el tratamiento de esta patolog¨ªa en un centro penitenciario¡±, concluyen el citado informe.
El tribunal presidido por la magistrada ?ngela Murillo ¨C que tambi¨¦n form¨® parte del que sentenci¨® el caso N¨¦cora en el que fue condenado Oubi?a- considera que ¡°el reo no padece ninguna patolog¨ªa incompatible¡± con su ingreso en prisi¨®n y desestima la tesis de la defensa.
El auto de la Sala, al que no se opuso el fiscal antidroga de la Audiencia Nacional que ejerci¨® la acusaci¨®n contra Laureano Oubi?a, acord¨® que no hay motivos para la suspensi¨®n de la condena solicitada por los abogados y le obliga a presentarse en el centro penitenciario para cumplir la condena. Advierte el auto que si Oubi?a no ingresa en prisi¨®n se tramitar¨ªan las oportunas ¨®rdenes de busca y captura contra ¨¦l. Concuye el auto de fecha 6 de febrero que contra este acuerdo cabe interponer recurso de s¨²plica en el plazo de tres d¨ªas que podr¨ªa retrasar el cumplimiento del auto de la Sala. De ser desestimado, el reo ingresar¨ªa en prisi¨®n donde al menos pasar¨ªa el tiempo necesario (unos tres meses) para su clasificaci¨®n como penado y partir de entonces podr¨ªa solicitar su excarcelaci¨®n por razones de salud, siempre que los ¨²ltimos informes forenses lo avalasen.
Esta es la cuarta condena para Oubi?a que se le impuso cuando ya hab¨ªa cumplido las tres anteriores por tr¨¢fico de hachis y despu¨¦s de pasar 11 a?os ininterrumpidos en prisi¨®n. La suspensi¨®n cautelar de la condena fue admitida pese a que en su historial penitenciario siempre cont¨® como factor de riesgo la fuga que protagoniz¨® el 1 de octubre de 1999 para eludir una operaci¨®n policial y su primera condena por narcotr¨¢fico.
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