Una pregunta capciosa
De aceptarse un refer¨¦ndum, este deber¨ªa ser aprobado por el Congreso y atenerse a la ley: una sola pregunta y clara
Es decir, enga?osa. Nos referimos a la primera de las planteadas por Mas, Junqueras y Herrera para la supuesta consulta a celebrar en Catalu?a el 9 de noviembre de este a?o sobre las relaciones de esta comunidad con Espa?a. Aquella que plantea ¡°?Quiere que Catalu?a sea un Estado?¡± Primero, es obligado despejar algunas inc¨®gnitas sobre el acierto y la viabilidad de dicha pregunta en el marco constitucional actual. Sobre todo porque dicha pregunta est¨¢ estrechamente vinculada a la solicitud formulada al ¡®Estado¡¯ por los partidos soberanistas de delegar en el Gobierno de la Generalitat la facultad de convocar el refer¨¦ndum sobre aquella y otra pregunta m¨¢s. Refer¨¦ndum, en todo caso meramente consultivo, previsto en el art¨ªculo 92 de la Constituci¨®n y desarrollado por la Ley Org¨¢nica 2/1980, que habr¨¢ de aplicarse en el caso hipot¨¦tico de que aquella delegaci¨®n se produjese.
Son variadas las dificultades que la Constituci¨®n y la vigente legalidad democr¨¢tica plantean para la pretendida consulta en Catalunya. Creo que es oportuno recordar, para quienes desde Catalu?a encuentran en la Constituci¨®n un obst¨¢culo a sus pretensiones, un texto que est¨¢ en el origen de nuestro constitucionalismo y de nuestras democracias y libertades: ¡°Toda sociedad en la cual la garant¨ªa de los derechos no est¨¢ asegurada ni la separaci¨®n de poderes establecida no tiene Constituci¨®n¡± (art¨ªculo 16 de la Declaraci¨®n de Derechos de 1789). Por tanto, cuidado con los atropellos que descuidan el fundamento de nuestro Estado democr¨¢tico despu¨¦s de cuarenta a?os de dictadura.
Pues bien, si la delegaci¨®n interesada se llegase a otorgar tendr¨ªa que hacerse a trav¨¦s de una ley org¨¢nica, es decir, aprobada por mayor¨ªa absoluta del Congreso de Diputados. Y, en este caso, el refer¨¦ndum que se celebrara en Catalunya se sujetar¨ªa a lo dispuesto en la ley ya citada de 1980. Pero esta ley contiene una previsi¨®n que es radicalmente incompatible con las pretensiones soberanistas. Y, por otra parte, perfectamente coherente con las finalidades que pretenden las consultas populares. Que los ciudadanos respondan a una sola pregunta, que ha de ser clara, precisa e inequ¨ªvoca. Por ello, el art¨ªculo 16 de la ley establece que ¡°la decisi¨®n del votante s¨®lo podr¨¢ ser s¨ª o no o quedar en blanco¡±. Y tambi¨¦n establece que en el escrutinio se contabilizar¨¢n el n¨²mero de ¡°votos en pro y en contra del texto sometido a consulta".
Son las reglas generales de una consulta de esta naturaleza.
El nacionalismo, por principio, como sostuvo? Calsamiglia, de forma ¡°excluyente¡± e inevitable, constituye la consolidaci¨®n de un nosotros frente a ellos, y genera una ¡°diversidad de trato y consideraci¨®n¡±,
Pero la que pretenden los dirigentes catalanes del bloque soberanista antes mencionados violenta adem¨¢s gravemente el actual marco constitucional. Porque en el caso, deseable por quien esto escribe y otros millones de catalanes, de que la respuesta a esta pregunta alcanzase una amplia mayor¨ªa, es evidente que Catalu?a no podr¨ªa constituirse en Estado en el marco democr¨¢tico vigente.
La respuesta no podr¨ªa ser otra que una reforma constitucional, como la que est¨¢ plante¨¢ndose hace tiempo de forma respetuosa y leal con la legalidad democr¨¢tica, en la perspectiva de un Estado federal.
Las dificultades descritas, algunas de ellas a nuestro juicio insuperables, tienen un punto de partida cargado de errores: el nacionalismo que, ahora, quiere revestirse de movimiento popular. Porque, por m¨¢s que se oculte, el nacionalismo es por principio, como sostuvo con acierto el profesor Calsamiglia, de forma ¡°excluyente¡± e inevitable constituye la consolidaci¨®n de un nosotros frente a ellos, y genera una ¡°diversidad de trato y consideraci¨®n¡±, hasta de confrontaci¨®n, que, en nuestro caso, no alcanzar¨ªa solo a los dem¨¢s pueblos de Espa?a sino incluso a aquellos catalanes, de nacimiento u origen, que nunca renunciaremos a la doble identidad por razones de afectividad pero, sobre todo, de solidaridad.
Y concluimos con aquellas l¨²cidas palabras del profesor Calsamiglia: ¡°La pertenencia a las naciones fruto de la loter¨ªa de la vida, es una de las fuentes de desigualdad social y afecta crucialmente a la autonom¨ªa y a la posibilidad de planes de vida del individuo¡±. En Catalu?a esa realidad est¨¢ presente en la corrupci¨®n de la coalici¨®n gobernante y en el asalto privado de esa coalici¨®n a la sanidad p¨²blica.
Carlos Jim¨¦nez Villarejo es jurista y miembro de Federalistes d'Esquerres
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