La Iglesia cat¨®lica est¨¢ exenta de tributar por casi todos sus ingresos
El robo del ¡®C¨®dice Calixtino¡¯ revel¨® el descontrol sobre las finanzas catedralicias
Las cuentas la Catedral de Santiago (la segunda bas¨ªlica m¨¢s visitada junto a la de la Sagrada Familia despu¨¦s de la Alhambra) vieron por primera vez la luz tras el robo del C¨®dice Calixtino en 2012. El bot¨ªn con el que d¨ªa tras d¨ªa y durante m¨¢s de una d¨¦cada a?os se hizo con facilidad el presunto ladr¨®n, el electricista Manuel Fern¨¢ndez Casti?eiras, del que se pudo recuperar 1,7 millones de euros, puso al descubierto el descontrol que los can¨®nigos ten¨ªan de las finanzas catedralicias y la d¨¦bil custodia del valioso manuscrito. El fuerte de las finanzas del conjunto catedralicio procede de las aportaciones de los fieles (fundamentalmente del cepillo). En un A?o Santo alcanzan por este concepto los 1,3 millones frente a los 570.700 de uno ordinario. Le siguen en volumen de ingresos los procedentes de los visitantes al museo y cubiertas, tiendas de la catedral o arrendamientos. En total, cada jacobeo las entradas de dinero llegan a superar los 2,2 millones de promedio con los que se ayuda a financiar el resto de los ejercicios anuales que arrojan un d¨¦ficit medio de 160.000 euros.
¡°Con la normativa fiscal en vigor, ninguno de los ingresos ordinarios de la catedral de Santiago tributan¡±, confirma Julio Rans¨¦s P¨¦rez Boga, Presidente de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE), porque desde 2002, a la Iglesia cat¨®lica se le aplica la llamada Ley de Mecenazgo, lo que supone que tendr¨¢ el mismo r¨¦gimen fiscal que el que disfrutan las Fundaciones y las Asociaciones sin ¨¢nimo de lucro declaradas de utilidad p¨²blica.
Dicho r¨¦gimen hace que est¨¦n exentos de pago del Impuesto de Sociedades tanto los donativos e ingresos procedentes de las colectas, como los rendimientos del patrimonio mobiliario e inmobiliario catedralicio, lo cual incluir¨ªa los c¨¢nones por ceder el uso del suelo de la catedral para la tienda de objetos lit¨²rgicos. Tambi¨¦n la ley del mecenazgo declara exentas actividades econ¨®micas como las visitas culturales, entradas a museos, o la realizaci¨®n de conferencias.
Para el inspector de Hacienda el descontrol de las cuentas catedralicias de Santiago era ¡°un secreto a voces, sobradamente conocido en ambientes eclesi¨¢sticos y afines, y que no hab¨ªa saltado antes, por el hecho de no tener mayor relevancia, m¨¢s que para la Iglesia. Adem¨¢s la bonanza econ¨®mica de la que disfruta la seo hac¨ªa que pese al descontrol no hubiera problemas econ¨®micos, ya que lo ingresado cubr¨ªa de sobra las necesidades de gasto de la instituci¨®n, por lo que nadie se fijaba demasiado en la administraci¨®n econ¨®mica de la catedral¡±.
Desde la detenci¨®n de Casti?eiras, el administrador de la catedral ya no es un can¨®nigo sino un empleado de banca y los pagos se hacen mayoritariamente por transferencia. "Los gestores de la Iglesia, sacerdotes en su mayor parte, ni son expertos en econom¨ªa ni les gusta el dedicar sus esfuerzos a temas financieros, tal vez por aquella expresi¨®n de los Evangelios de darle al C¨¦sar lo que es del C¨¦sar, y a Dios lo que es de Dios. Pero a mi modo de entender, una cosa es darle a Dios lo suyo, y otra muy distinta es desentenderse de llevar un control de lo que se ingresaba. Y como una cosa lleva a la otra, estos aspectos pon¨ªan en bandeja que alguna mano oscura hurtara una parte de los donativos", apunta P¨¦rez Boga.
Las subvenciones recibidas del Estado para reparar las cubiertas, la Fachada do Obradoiro o el P¨®rtico de la Gloria tampoco tributar¨¢n, al amparo de la Ley del Mecenazgo, y los donativos recibidos de cualquier persona son desgravables al 25% en la declaraci¨®n de la renta, caso de personas f¨ªsicas, o al 35% si son aportaciones de empresas que colaboran, a trav¨¦s del Impuesto sobre Sociedades. "El r¨¦gimen pudiera parecer un privilegio para la iglesia cat¨®lica, lo cual es evidente, pero hay que decir que es un privilegio del que gozan todas las fundaciones de este pa¨ªs", subraya el presidente del Ihe.
"Tambi¨¦n hay recordar que el trato ventajoso de la iglesia, o el resto de confesiones religiosas, se fundamenta en el art¨ªculo 16 de la Constituci¨®n, que establece que los poderes p¨²blicos tendr¨¢n en cuenta las creencias religiosas de la sociedad espa?ola y mantendr¨¢n las consiguientes relaciones de cooperaci¨®n con la Iglesia Cat¨®lica y las dem¨¢s religiones. Adem¨¢s, no debemos olvidar el hecho de que la Iglesia, al margen de su labor apost¨®lica, realiza una actividad de asistencia social a pobres y desfavorecidos, socorriendo a colectivos con riesgo de exclusi¨®n social. El Estado, consciente de esta realidad, incentiva y retribuye estas actuaciones favorables al inter¨¦s general mediante este sistema de beneficios fiscales", puntualiza P¨¦rez Boga.
El dinero que supuestamente sustrajo el electricista -en su mayor parte de los donativos y a su vez de origen incierto- deriv¨® en un delito de blanqueo. "Salvo en casos de corrupci¨®n eclesi¨¢stica, como el esc¨¢ndalo de la Banca Vaticana de hace unos a?os, el dinero de los cepillos tiene m¨¢s que ver con la fe y esperanza de muchos creyentes necesitados de una "ayudita" divina para remediar sus dificultades livianas, que con el blanqueamiento de dinero de origen oscuro. El cabildo debe ser consciente de que estos ¨®bolos son entregados por la feligres¨ªa no para que sean malgastados, ni mal gestionados, sino para que sean celosamente administrados y aplicados a la realizaci¨®n de buenas obras. Por ello es doblemente reprobable la actitud de ladrones sin escr¨²pulos que realizan robos como el del C¨®dice, porque adem¨¢s de cometer un delito reducen los recursos que esta instituci¨®n podr¨ªa dedicar a labores de beneficencia", apostilla el inspector de Hacienda.
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