El honor del defraudador
Resulta extra?o que sectores progresistas del Poder Judicial se hayan opuesto a la publicaci¨®n de la identidad de los defraudadores fiscales.El exceso de garantismo puede ser contraproducente
En Gobierno del PP ha promovido, justo al final de legislatura, el anteproyecto de ley org¨¢nica por el que se regula el acceso a la informaci¨®n contenida en las sentencias en materia de fraude fiscal. La norma, aprobada en comisi¨®n el pasado julio, permite al Gobierno hacer p¨²blicos los datos de los morosos tributarios por importe de m¨¢s de un mill¨®n de euros y de los condenados por sentencia firme por fraude fiscal. El proyecto obtuvo en mayo pasado el informe favorable, gracias al voto de calidad de su presidente, del Consejo General del Poder Judicial. El acuerdo merece ser calificado de realista y conforme al sentido com¨²n y al sentir mayoritario de la opini¨®n p¨²blica, que no es poco. Y, adem¨¢s, est¨¢ bien fundado.
La cuesti¨®n es f¨¢cil de entender ?Es o no conforme a Derecho la publicaci¨®n en el Bolet¨ªn Oficial del Estado de las sentencias condenatorias por fraude fiscal una vez hayan sido firmadas? La respuesta ha de ser afirmativa entre otras por las siguientes razones:
1. Las medidas de publicidad, seg¨²n el Tribunal Supremo, tienen un car¨¢cter aflictivo o de gravamen, pero carecen de naturaleza sancionadora. Y est¨¢n previstas en otras leyes (el C¨®digo Penal y la ley concursal). No se trata pues de ninguna novedad. Es de notar que de las sentencias s¨®lo se publica un extracto.
2. Abonan esta reforma diversos motivos de inter¨¦s p¨²blico ¡ªtransparencia, eficacia de la prevenci¨®n, represi¨®n del fraude fiscal, finalidad educativa, incentivaci¨®n del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, informaci¨®n¡ª, intereses que debemos primar sobre los derechos individuales a la intimidad y a la protecci¨®n de datos.
Es conocido que esos derechos individuales no son absolutos y se autoriza su afectaci¨®n siempre que resulte proporcionada, como sucede con el proyecto analizado (sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 9 de noviembre de 2010). La publicaci¨®n respeta los datos relativos a terceros implicados en el proceso pero que no hayan sido condenados. La jurisprudencia del TC y del TS viene sosteniendo un concepto amplio de relevancia p¨²blica que comprende la identificaci¨®n de los condenados en sentencia firme (sentencia del TS de 28 de abril de 2010). Tambi¨¦n establece que los derechos individuales deben ceder cuando entran en conflicto con intereses generales reconocidos por la Constituci¨®n (sentencia del TC 292/2000).
El acuerdo del Consejo General del Poder Judicial cuenta con una larga lista de votos particulares, destacando entre ellos los suscritos por la minor¨ªa progresista. Se oponen a esa publicaci¨®n alegando que los derechos individuales de los grandes delincuentes fiscales son prevalentes al deber constitucional de contribuir al sostenimiento de los gastos p¨²blicos. Salvada la intenci¨®n de los firmantes, ese posicionamiento incurre en un exceso de garantismo, es contrario a la realidad social y puede ser tachado de conservador y de antimoderno. El garantismo ha de ser aplicado con moderaci¨®n y si es utilizado en favor de la gran delincuencia fiscal se pone en peligro, casi sin quererlo, algunos de los cimientos del Estado social y de derecho. La experiencia hist¨®rica lo corrobora: recu¨¦rdense exquisiteces judiciales en la Rep¨²blica de Weimar que contribuyeron en no poca medida al ascenso de nazismo.
Posici¨®n m¨¢s contraria, todav¨ªa, ha sido la mantenida por el Consejo Fiscal, al cuestionar rotundamente el anteproyecto e interrogarse sobre la existencia de inter¨¦s p¨²blico con la pretendida publicaci¨®n. Actitudes como ¨¦sta y otras sostenidas por la Fiscal¨ªa producen, como m¨ªnimo, perplejidad. Volviendo al Consejo General del Poder Judicial, la postura del sector progresista no es coherente con la defendida por el grupo del mismo signo en sede parlamentaria, lo que no deja de chocar. Tesis como las se?aladas son indicativas de esa especie de anarquismo difuso y de falta de sentido de Estado, todav¨ªa demasiado presentes en nuestra sociedad y que son m¨¢s llamativas en sectores que deb¨ªan haberlas superado.
Pensemos que es un proyecto de ley de un gobierno conservador y de derechas que, en esta ocasi¨®n, legisla en contra de los intereses de sus probables votantes, los grandes defraudadores fiscales y, a pesar de ello, produce una reacci¨®n negativa de los progresistas. Extra?o. La pretensi¨®n de proteger, con esa oposici¨®n, la intimidad y el honor de aquellos es ilusoria, una vez sometidos durante todo el proceso a una intensa publicidad medi¨¢tica y social. Poca intimidad y honor, sobre los hechos objeto de condena, les quedar¨¢ en el momento de dictar sentencia condenatoria. No parece que su publicaci¨®n en el Bolet¨ªn Oficial del Estado, de m¨ªnima lectura, agrava si situaci¨®n, producto de su propia conducta.
?ngel Garc¨ªa Fontanet es jurista y fue magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a.?
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