Bot¨ªn y Atutxa
Aun si escapa de la acusaci¨®n penal, la permanencia de la Infanta en el caso como part¨ªcipe a t¨ªtulo lucrativo implica una situaci¨®n procesal y c¨ªvica lamentable
Ha comenzado en Palma de Mallorca el juicio del caso N¨®os. Ya ha concluido la primera sesi¨®n en que acusaci¨®n y defensas plantean las cuestiones previas, que son como los entremeses del fest¨ªn o atrac¨®n judicial y medi¨¢tico que vendr¨¢ a continuaci¨®n. En esta sesi¨®n, la Fiscal¨ªa, la Abogac¨ªa del Estado, en representaci¨®n de Hacienda, y los abogados de la Infanta pidieron que se la aparte del proceso, que abandone el banquillo de los acusados (ahora c¨®modos asientos sin connotaciones infamantes). La acusaci¨®n de Manos Limpias se ha quedado sola atribuyendo a la Infanta la participaci¨®n consciente, delictiva, en los delitos de su marido. El 9 de febrero comenzar¨¢n las sesiones de pruebas. Para entonces el tribunal deber¨¢ haber decidido si la hermana del Rey tiene que continuar sentada en el mismo sitio, o si desaparece f¨ªsicamente de ese primer plano de la escena judicial. Esa probable desaparici¨®n f¨ªsica, sin embargo, no significa que quede apartada del proceso, porque el fiscal mantiene contra ella la imputaci¨®n de part¨ªcipe a t¨ªtulo lucrativo, que no comporta condena penal pero s¨ª lleva aparejada la condena a devolver todo lo que ha disfrutado de las ganancias delictivas de su marido. Un poco menos que c¨®nyuge delincuente, como c¨®mplice, un poco m¨¢s que c¨®nyuge irresponsable, como ignorante. En todo caso, aun si escapa de la acusaci¨®n penal, su permanencia en el proceso como part¨ªcipe a t¨ªtulo lucrativo implica una situaci¨®n procesal y c¨ªvica lamentable y bochornosa.
El problema procesal que ha de resolver el tribunal es el de aplicar o no a la Infanta el criterio del Tribunal Supremo que se ha venido en llamar la doctrina Bot¨ªn. Al banquero Emilio Bot¨ªn le acusaron por delitos fiscales Iniciativa per Catalunya y una asociaci¨®n de inversores. Ni la Abogac¨ªa del Estado, en representaci¨®n de Hacienda ni la Fiscal¨ªa le acusaban. El Supremo, en diciembre del 2007, argument¨® que, en determinado tipo de delitos, como los atribuidos a Bot¨ªn, cuando no acusa el fiscal ni los perjudicados concretos, el juicio no tiene raz¨®n de ser porque no hay inter¨¦s que proteger. Por lo visto, la Hacienda p¨²blica no es inter¨¦s merecedor de especial protecci¨®n. El todopoderoso Bot¨ªn no fue juzgado, demostrando que, quiz¨¢s, la justicia no es igual para todos.
El magistrado que redact¨® esta sentencia fue Enrique L¨®pez, aquel que conduc¨ªa borracho por Madrid
En Abril del 2008 el Supremo cambi¨® de criterio en el caso Atutxa. El Tribunal Supremo hab¨ªa decidido la ilegalidad de Batasuna, y en consecuencia orden¨® al presidente del Parlamento Vasco que disolviera al grupo parlamentario Batasuna. Tras m¨²ltiples y sutiles argumentaciones jur¨ªdicas, unas dilatorias, otras esquivas, la Mesa del Parlamento Vasco decidi¨® que era imposible dar cumplimiento a la orden del Supremo, de conformidad con su Reglamento, ¨²nica legalidad a la que deb¨ªan atenerse. El Supremo orden¨® que se abriera una causa penal por desobediencia contra el presidente y los otros dos componentes de la Mesa. No les acus¨® el fiscal, s¨®lo el sindicato Manos Limpias. El Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco les absolvi¨®. Al Supremo esta vez, a diferencia del caso Bot¨ªn, le pareci¨® suficiente con la acusaci¨®n popular de Manos Limpias, sin la del fiscal. Conden¨® por desobediencia a Atutxa y los otros dos parlamentarios a pena de inhabilitaci¨®n, sin siquiera o¨ªrles ni juzgarles. Y el Tribunal Constitucional remat¨® la jugada diciendo que el contradictorio cambio de doctrina jurisprudencial, y la clamorosa anomal¨ªa procesal, son constitucionalmente v¨¢lidos. Pelillos a la mar. El magistrado que redact¨® esta sentencia fue Enrique L¨®pez, aquel que conduc¨ªa borracho por Madrid y era asiduo perceptor de retribuciones complementarias de la fundaci¨®n de Aznar.
La Infanta esperar¨¢ ansiosa, seguramente, para saber si su caso es tratado tan ben¨¦volamente como el de Bot¨ªn o tan severamente como el de Atutxa. Pero similar ansiedad deber¨ªa tener la se?ora Forcadell, ante lo que se avecina. Porque puede llegar un momento en que no ser¨¢n suficientes las argumentaciones jur¨ªdicas sutiles, dilatorias o esquivas, cuando las actuaciones que ella preside choquen frontalmente contra la legalidad vigente, alegando como ¨²nico soporte legal las disposiciones emanadas del Parlament, como Atutxa alegaba su reglamento parlamentario. Entonces recibir¨¢ las inevitables ¨®rdenes judiciales irremisiblemente dirigidas a impedir cualquier actividad parlamentaria dirigida ¨²nica e inequ¨ªvocamente a la secesi¨®n. Posiblemente entonces llegar¨ªa la desobediencia. Ser¨ªa el tiempo en que en vez de la benevolente doctrina Bot¨ªn y la sever¨ªsima doctrina Atutxa, si no hay un milagro, se hablar¨ªa, quiz¨¢s, de la doctrina Borb¨®n o la doctrina Forcadell.
?Jos¨¦ Mar¨ªa Mena fue fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a
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