El TSJC avala la condena de 6 a?os a un exgerente de Vall de Tenes
El procesado, Francisco Delgado, fue acusado de apropiarse 523.428 euros de los fondos p¨²blicos que administraba
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha avalado la condena de seis a?os de c¨¢rcel y diez de inhabilitaci¨®n que la Audiencia de Barcelona impuso a un exgerente de la Mancomunidad de la Vall de Tenes (Barcelona), por apropiarse de 523.428 euros de los fondos p¨²blicos que administraba.
En su sentencia, el alto tribunal catal¨¢n desestima el recurso presentado por la defensa del procesado, Francisco Delgado, que fue condenado por un delito de malversaci¨®n de caudales p¨²blicos y otro de falsedad documental por decisi¨®n un¨¢nime del jurado popular que lo juzg¨® en la Audiencia de Barcelona. El tribunal popular consider¨® probado que el procesado, que fue contratado en enero de 2007 como gerente de la Mancomunitat Intermunicipal de la Vall de Tenes, se apropi¨® de m¨¢s de medio mill¨®n de los fondos de esta administraci¨®n p¨²blica mediante transferencias injustificadas a cuentas bancarias que compart¨ªa con su mujer, con su padre y a una sociedad que administraba.
Delgado fue contratado en enero de 2007 como gerente de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vall del Tenes, que agrupa a los municipios barceloneses de Llic¨¤ d'Amunt, Lli?¨¤ deVall, Santa Eul¨¤lia de Ron?ana y Bigues i Riells, con un sueldo de 2.300 euros mensuales. El gerente, seg¨²n la sentencia que ahora ha confirmado el TSJC, ten¨ªa entre sus atribuciones la facultad de ordenar pagos, lo que aprovech¨® para desviar dinero a sus cuentas, hasta que dej¨® el cargo en 2011. La defensa del procesado aleg¨® ante el TSJC que las transferencias a sus cuentas obedec¨ªan a pagos por servicios de consultor¨ªa que hab¨ªa pactado verbalmente con los responsables de la Mancomunidad, como retribuci¨®n a?adida al salario que le correspond¨ªa por su cargo de gerente.
Sin embargo, el TSJC aduce en su sentencia que la tesis de la defensa no tiene "ning¨²n soporte" que pruebe que el dinero desviado correspondiera a pagos por servicios de consultor¨ªa, ya que "ni constan concertados por parte de la Mancomunidad ni, menos, prestados por el acusado por las facturas elaboradas artificiosamente a precios irracionales por unidad horaria". En opini¨®n del TSJC, tampoco puede pretextar el procesado que ten¨ªa encomendada la elaboraci¨®n contable a una gestor¨ªa externa, "pues se ha demostrado que esa contabilidad segu¨ªa bajo la influencia determinante del propio acusado, quien decid¨ªa los conceptos de cada anotaci¨®n llevada a los libros contables".
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