El ex interventor general tambi¨¦n pide su absoluci¨®n en el ¡®caso de los ERE¡¯
Manuel G¨®mez alega que "alert¨®" de irregularidades en la concesi¨®n de subvenciones
El exinterventor general de la Junta Manuel G¨®mez, al igual que el resto de acusados, tambi¨¦n ha solicitado su libre absoluci¨®n en el caso de los expedientes de regulaci¨®n de empleo (ERE) fraudulentos porque "no omiti¨® actuaci¨®n debida alguna" y realiz¨® "numerosos" informes para "alertar" de las irregularidades administrativas detectadas en los procedimientos de adjudicaci¨®n de subvenciones y ayudas por parte de la Consejer¨ªa de Empleo.
En su escrito de defensa, al que ha tenido acceso Europa Press, el exinterventor general de la Junta, para quien la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n pide seis a?os de c¨¢rcel, defiende que su actuaci¨®n en el ejercicio del control financiero permanente "se tradujo en la elaboraci¨®n y remisi¨®n de numerosos informes" cuyo objetivo era "alertar de las irregularidades" a las autoridades y organismos competentes.
"Es decir, plasm¨® en los correspondientes informes las irregularidades detectadas en el sistema de adjudicaci¨®n de ayudas, y los remiti¨® a quienes ten¨ªan competencia y poder decisorio para adoptar las medidas oportunas y poner fin a dichas irregularidades", subraya el abogado de Manuel G¨®mez, quien insiste en que "no omiti¨®, en el cumplimiento de sus funciones como interventor, acci¨®n alguna impuesta por ley".
A su juicio, del hecho de que conociera por raz¨®n de su labor de intervenci¨®n que hab¨ªa irregularidades en el proceso de concesi¨®n de las ayudas "no puede desprenderse que conociera el destino final de los fondos adscritos a las mismas, y mucho menos que hubiera por su parte un ¨¢nimo de lucrar a terceros", agregando que la irregularidad administrativa "puede ser causa de anulabilidad o de nulidad de pleno derecho, pero no necesariamente de la comisi¨®n de una infracci¨®n penal como prevaricaci¨®n o malversaci¨®n".
"Incongruente"
Al hilo de ello, y en este escrito consultado por Europa Press, el letrado tacha de "incongruente" afirmar, por un lado, que su patrocinado denunci¨® en reiteradas ocasiones y a trav¨¦s de sus informes la irregularidad del sistema establecido y los riesgos que el mismo entra?aba y que, al mismo tiempo, "se le atribuya una suerte de connivencia con los autores materiales de la malversaci¨®n para que estos consiguieran su il¨ªcito y en ese caso com¨²n prop¨®sito".
"Carece por completo de sentido que se considere que hubo connivencia con quienes supuestamente dispusieron de forma indebida de caudales p¨²blicos, precisamente de la persona que expuso en distintos informes remitidos a los ¨®rganos competentes la detecci¨®n de irregularidades", apostilla el abogado, que asevera que a Manuel G¨®mez no se le puede imputar "el resultado de la inacci¨®n de otros por dejaci¨®n del ejercicio de competencias que no le eran propias".
Respecto al delito de prevaricaci¨®n atribuido, el abogado se?ala que el planteamiento "de un delito difuso y global de prevaricaci¨®n con multiplicidad de autores sin distinci¨®n alguna en funci¨®n de la actuaci¨®n de cada uno determinada por la naturaleza de sus respectivas competencias no resiste el m¨¢s m¨ªnimo an¨¢lisis desde la teor¨ªa general del derecho penal".
Seg¨²n a?ade, la acusaci¨®n respecto a Manuel G¨®mez se realiza "obviando la realidad de que, por raz¨®n de la naturaleza de sus competencias, ni dict¨® ni particip¨® en la adopci¨®n de resoluci¨®n administrativa alguna vinculada a los hechos objeto de imputaci¨®n, careciendo igualmente de facultad de disposici¨®n de fondos p¨²blicos que permitan imputarle un delito de malversaci¨®n".
Sorprendido
"Es verdaderamente sorprendente que a quien, en su funci¨®n de interventor general, alert¨® de las irregularidades detectadas y emiti¨® el informe esencial para las acusaciones, hasta el punto de que les sirve para deslindar temporalmente el delito de prevaricaci¨®n, acabe siendo acusado de prevaricaci¨®n, malversaci¨®n y asociaci¨®n il¨ªcita", subraya el abogado, que se pregunta "qu¨¦ habr¨ªa ocurrido en caso de no haber emitido dicho informe, habida cuenta de que el mismo no ten¨ªa car¨¢cter preceptivo ni obligatorio, sino que fue emitido por razones de lealtad institucional, en vista de las deficiencias advertidas".
Volviendo al delito de prevaricaci¨®n, el letrado asegura que la acusaci¨®n formulada "no solo resulta absolutamente imprecisa, sino que adem¨¢s incurre en graves incorrecciones t¨¦cnicas que hacen insostenible la tesis sobre la que se sustenta la imputaci¨®n", pues "parte de premisas que suponen la confusi¨®n, cuando no negaci¨®n, de conceptos jur¨ªdicos b¨¢sicos".
En este punto, el abogado manifiesta que, respecto de la prevaricaci¨®n, "habr¨ªa de precisar qu¨¦ acto en concreto debi¨® realizar, qu¨¦ resoluci¨®n en concreto debi¨® dictar o qu¨¦ informe vinculante debi¨® emitir" su patrocinado dentro de sus funciones de Intervenci¨®n "que no hizo pese a venir obligado a ello", pues sin esa concreci¨®n "no puede valorarse si hubo una acci¨®n u omisi¨®n que pueda cumplir indiciariamente con los requisitos del tipo y, evidentemente, resulta diab¨®lico pretender que sea el propio investigado el que alegue y acredite que no hab¨ªa, en todo el ordenamiento jur¨ªdico de aplicaci¨®n, una norma que le obligarse a actuar en el inespec¨ªfico sentido pretendido por la acusaci¨®n".
Por ¨²ltimo, y respecto al delito de asociaci¨®n il¨ªcita que le atribuye el PP, asevera que dicha imputaci¨®n "resulta insostenible tanto por razones procesales vinculadas al necesario respeto de derechos fundamentales, como por razones jur¨ªdico-materiales o de fondo", ya que se trata de un delito sobre el que "jam¨¢s ha sido interrogado y jam¨¢s ha tenido ocasi¨®n de defenderse, prestando declaraci¨®n o proponiendo prueba alguna".
Con independencia de ello, el abogado a?ade que "la realidad" es que Manuel G¨®mez "jam¨¢s ha formado parte de asociaci¨®n alguna para delinquir", ya que "dif¨ªcilmente puede apreciarse la existencia de una connivencia" del exinterventor general con otros imputados "si se tienen en cuenta las numerosas advertencias que realiz¨® a los ¨®rganos superiores de la Junta".
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