El fiscal pide un a?o y medio de prisi¨®n para el supuesto agresor de la decana de los abogados
El ministerio p¨²blico ha apreciado los delitos de lesiones y atentado contra una autoridad
La Fiscal¨ªa Provincial de Madrid va a solicitar un a?o y seis meses de prisi¨®n para Alejandro Pint¨® por propinar un pu?etazo en la cara a la exdecana del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Sonia Gumpert Melgosa, ocurrido durante las elecciones de esta instituci¨®n el pasado diciembre. La m¨¢xima representante de los letrados madrile?os sufri¨® una contusi¨®n facial con edema infraorbitario. El representante del Ministerio P¨²blico ha apreciado los delitos de atentado y de lesiones leves.
El escrito de acusaci¨®n recuerda el 13 de diciembre de 2017 se celebraron en un hotel de Madrid las elecciones al Colegio de Abogados de Madrid, unos comicios a los que acudi¨® Gumpert en calidad de decana en funciones del citado colegio y en los que a¨²n ¡°ostentaba la responsabilidad y representaci¨®n que tal cargo comporta¡±.
Sobre las 22:30, Pint¨® se aproxim¨® a Gumbert cuando se encontraba en uno de los ascensores del hotel y le propin¨® un pu?etazo en la cara. La Fiscal¨ªa advierte de que el acusado, que es abogado en ejercicio de este colegio, conoc¨ªa en ese momento que la v¨ªctima todav¨ªa era decana en funciones del colegio de abogados y subraya que al haber formado parte de la misma candidatura en las anteriores elecciones el acusado manten¨ªa ¡°discrepancias previas¡±.
Por ¨²ltimo, el escrito de acusaci¨®n recoge que en el momento de los hechos la perjudicada ostentaba el cargo de Decana del Colegio de Abogados de Madrid, y ¨¦ste, de conformidad con el art¨ªculo 1 de la Ley 2-1974 es una ¡°corporaci¨®n de derecho p¨²blico¡±, misma naturaleza que le atribuye el art¨ªculo 2.1 del Real Decreto 658-2001 de 22 de Junio por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogac¨ªa Espa?ola.
El art¨ªculo 24 del C¨®digo Penal, atribuye la condici¨®n de autoridad a quien ¡°(¡) como miembro de alguna corporaci¨®n (¡) tenga mando¡± en la misma. Visto lo anterior y de conformidad con los art¨ªculos 4 y 48.2 del Estatuto General de la Abogac¨ªa Espa?ola, el Decano ¡°ostenta representaci¨®n legal ¡°del Colegio, ¡°las funciones de (¡) correcci¨®n¡± y ¡°la presidencia de todos los ¨®rganos colegiados¡± Y entre esos ¨®rganos, destaca la Junta de Gobierno que, seg¨²n el art¨ªculo 53, apartado I) tiene encomendada, entre otras, el ejercicio de ¡°las facultades disciplinarias respecto a los colegiados¡± y ello en el marco de una ¡°ordenaci¨®n de la actividad profesional¡± de los abogados que el art¨ªculo 4.1 h) atribuye expresamente a los Colegio Profesionales
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