El Supremo bloquea la construcci¨®n de 6.000 viviendas en terrenos protegidos de Aranjuez
La promotora tambi¨¦n pretend¨ªa realizar un canal de remo en el r¨ªo Tajo para la candidatura ol¨ªmpica de Madrid
El Tribunal Supremo ha invalidado la construcci¨®n de 6.000 nuevas viviendas en Las Cabezadas, unos terrenos protegidos en la orilla izquierda del r¨ªo Tajo, a escasos dos kil¨®metros de Aranjuez. La sentencia tambi¨¦n desautoriza el canal de remo que proyectaba la promotora, del Grupo Isolux, para la candidatura ol¨ªmpica de Madrid 2012. Los ecologistas celebran el fallo, de septiembre del a?o pasado, mientras que fuentes municipales muestran su desacuerdo con la resoluci¨®n por ¡°frenar el desarrollo urban¨ªstico de la ciudad¡±.
¡°El canal de remo solo era el gancho para el desarrollo urban¨ªstico. El proyecto no ten¨ªa sentido ni lo tiene ahora. Es una barbaridad¡±, reconoce Mar¨ªa ?ngeles Nieto, portavoz de Ecologistas en Acci¨®n. A pesar del convenio que firmaron en 2004 promotora y Ayuntamiento, antes de edificar los terrenos, de 244 hect¨¢reas (superficie equivalente al mismo n¨²mero de campos de f¨²tbol), era necesario cambiar la clasificaci¨®n del suelo, protegido por su importancia agrol¨®gica. El Consistorio comenz¨® a tramitar la recalificaci¨®n del suelo como urbanizable en 2007 mediante una modificaci¨®n puntual del Plan General de Ordenaci¨®n Urbana (PGOU), pero la Direcci¨®n General de Evaluaci¨®n Ambiental de la Comunidad emiti¨® informes desfavorables.
La imposibilidad de modificar el PGOU paraliz¨® los planes municipales y de la empresa, que hab¨ªa abonado 12,1 millones de euros al Consistorio en concepto de aprovechamientos urban¨ªsticos. La promotora demand¨® entonces al Ayuntamiento exigi¨¦ndole el pago de las cantidades desembolsadas y otros 2,5 millones en intereses. Ambas partes llegaron a un acuerdo por el que la promotora renunciaba a los intereses de demora. Seg¨²n fuentes municipales, hace un mes que el Consistorio devolvi¨® a la empresa el montante que esta le hab¨ªa ingresado previamente.
Un ¡°escollo salvable¡±
¡°Se trata de un desarrollo que la propia Comunidad de Madrid impone en el PGOU de 1996. El inter¨¦s agrol¨®gico del suelo ya exist¨ªa, pero la Comunidad sostiene que dicha figura es un escollo salvable que no impide el desarrollo urban¨ªstico de la ciudad¡±, explica un portavoz del Consistorio. Estas mismas fuentes afirman que se gener¨® un conflicto de competencias entre el municipio y el gobierno regional, ambos en manos del PP, que ¡°fren¨® en varias ocasiones¡± la publicaci¨®n de las modificaciones del PGOU en el Bolet¨ªn Oficial de la Comunidad de Madrid (Bocm). ¡°Fue algo inaudito¡±, reconocen fuentes municipales.
En febrero de 2017 el Ayuntamiento publica ¡°por su cuenta¡± la aprobaci¨®n de la modificaci¨®n del plan general y la Comunidad interpone un recurso contencioso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que ahora desestima el Supremo. Tambi¨¦n rechaza las peticiones millonarias, por 313 millones de euros, que la promotora reclamaba al Consistorio y a la Comunidad. El Supremo alega que ninguna de las dos Administraciones incurri¨® en responsabilidad econ¨®mica hacia la empresa. Para Nieto, de Ecologistas en Acci¨®n, el convenio de Las Cabezadas nunca lleg¨® a aprobarse de forma definitiva: ¡°Solo se hizo en una fase inicial, por lo que carec¨ªa de valor¡±.
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