El Superior tumba la investigaci¨®n que propici¨® la dimisi¨®n de Louz¨¢n en el PP
El alto tribunal aboca a la suspensi¨®n el juicio al presidente de la Federaci¨®n Galega de F¨²tbol al descartar el delito de cohecho
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dejado sin pruebas a la fiscal¨ªa para llevar a juicio a Rafael Louz¨¢n, expresidente la Diputaci¨®n de Pontevedra durante 12 a?os y actual responsable de la Federaci¨®n Galega de Futbol, por un supuesto delito continuado de cohecho impropio. El fallo aboca a la Audiencia de Pontevedra a anular el juicio con jurado contra el exbar¨®n del PP y archivar el caso que precipit¨® su cese como presidente provincial del partido en marzo de 2016.
La investigaci¨®n arranc¨® en 2013 al apreciar la fiscal¨ªa que Louz¨¢n, en su etapa de presidente de la Diputaci¨®n, y su mujer, ¡°hab¨ªan cobrado favores o d¨¢divas¡± del entonces diputado provincial, Severino Reguera, al alquilarle unos bajos comerciales en Vigo muy por encima del valor del mercado para ampliar sus negocios de panader¨ªa. Pero ahora el TSXG ha desestimado las pruebas contra Louz¨¢n y debilita los argumentos de la fiscal¨ªa para continuar con el proceso ya que su dictamen no es recurrible.
El fallo se produce al admitir el recurso presentado por el matrimonio Louz¨¢n en el tr¨¢mite de apertura de juicio, rotundamente contrario a la tesis de la Fiscal¨ªa de Pontevedra, porque entiende que se ha vulnerado el derecho de defensa. El tribunal admite estos alegatos, tumba la investigaci¨®n de la Guardia Civil y de la Agencia Tributaria y desacredita al fiscal por el hecho de haberse iniciado a partir de una denuncia an¨®nima en 2013.
¡°Y desde esa perspectiva no es aventurado afirmar que se produjo una vulneraci¨®n del derecho a la intimidad del se?or Louz¨¢n. La injerencia en un derecho fundamental no puede estar justificada en investigaciones prospectivas bien tengan por objeto satisfacer la necesidad gen¨¦rica de prevenir o descubrir delitos, o para despejar las sospechas y conjeturas que carentes de base objetiva surjan en la mente de los investigadores¡±, dice el tribunal.
De aquel an¨®nimo se desprend¨ªa un supuesto caso de tr¨¢fico de influencias de Louz¨¢n para favorecer a un pariente en la tasaci¨®n de una cantera que iba a expropiar la Xunta para ampliar una carretera, pero nunca pudo acreditarse la intervenci¨®n del entonces presidente de la Diputaci¨®n. El caso lleg¨® a juicio pero finalmente el empresario fue condenado por delito fiscal, al no haber declarado el cobro de la expropiaci¨®n, pero no por sobreprecios en la valoraci¨®n como solicitaba la fiscal¨ªa.
¡°Adem¨¢s de lo anterior llama la atenci¨®n la circunstancia de que los hechos que dan lugar a la formaci¨®n de la causa en modo alguno aparecen recogidos en la denuncia an¨®nima sino que, as¨ª debe entenderse, son fruto de la general investigaci¨®n a que se vio sometido el se?or Louz¨¢n y su entorno¡±, a?ade el veredicto del TSXG. Y apostilla que la ¨²nica referencia que existe en el an¨®nimo en relaci¨®n a Rafael Louz¨¢n y Severino Reguera es que ambos ¡°han viajado a Panam¨¢, lugar donde est¨¢n invirtiendo y que utilizan como para¨ªso fiscal, suceso ajeno al que es objeto de esta causa¡±.
La sentencia desestima por el contrario el recurso del exdiputado y empresario Severino Reguera, acusado de un delito de cohecho impropio continuado, por lo que queda al criterio de la Secci¨®n Cuarta de la Audiencia de Pontevedra la convocatoria o no del juicio con jurado en un auto sobre los hechos justiciables del proceso. Aunque Fiscal¨ªa de Pontevedra no ha recibido todav¨ªa el fallo del TSXG, ya ha avanzado que retirar¨¢ la acusaci¨®n contra Reguera si no va a poder sentar en el banquillo a Louz¨¢n, ya que la carga probatoria ha quedado debilitada con la nulidad de los informes de la Agencia Tributaria y la Polic¨ªa Judicial de la Guardia Civil que apoyan la tesis de los sobreprecios de los alquileres.
El caso hab¨ªa dividido desde un principio a la Fiscal¨ªa de Pontevedra por la diferencia de criterios, hasta el punto de que la judicializaci¨®n de las diligencias de investigaci¨®n fue acordada con un empate de votos en una junta extraordinaria.
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