Plebiscito Constitucional de Chile 2023: d¨®nde votar, las sanciones por no participar, el funcionamiento del comercio y la ley seca
Este domingo 17 de diciembre los chilenos deber¨¢n elegir si respaldan o desechan la propuesta de nueva Constituci¨®n elaborada por el Consejo Constitucional
Chile enfrentar¨¢ este domingo 17 de diciembre una nueva jornada electoral. Esta vez, los ciudadanos del pa¨ªs sudamericano deber¨¢n decidir el futuro de la propuesta de nueva Constituci¨®n, la que fue elaborada por el Consejo Constitucional. Estos comicios son vistos por varios actores pol¨ªticos como un cierre al proceso constituyente que se abri¨® durante el estallido social de 2019, y que tuvo una primera etapa fallida con el fracaso del texto entregado por la Convenci¨®n Constitucional.
Este proceso eleccionario tiene las mismas caracter¨ªsticas de las realizadas durante los ¨²ltimos a?os. Una de ellas es la obligatoriedad del sufragio, la que qued¨® establecida por ley. Las personas que no asistan a los locales de votaci¨®n a cumplir con su deber se expondr¨¢n a recibir fuertes multas.
El d¨ªa de elecciones tambi¨¦n contempla otras restricciones, como el funcionamiento de algunos comercios y la prohibici¨®n de venta de bebidas alcoh¨®licas en una franja horaria espec¨ªfica.
Qu¨¦ se vota este 17 de diciembre
Los chilenos deber¨¢n decidir el futuro del proyecto constitucional redactado por el Consejo Constitucional, organismo elegido democr¨¢ticamente en las elecciones del pasado mayo. Los electores se enfrentar¨¢n a una papeleta que tendr¨¢ dos opciones: A favor y En contra. La primera representa un respaldo a la propuesta; mientras que la segunda es un voto de rechazo. En caso de desestimarse en texto constitucional, permanecer¨¢ en vigencia la actual Carta Magna, que ha sido reformada m¨¢s de 60 veces desde 1980.
C¨®mo votar: el sistema electoral
El plebiscito, al igual que todos los procesos electorales del pa¨ªs sudamericano, es administrado por el Servicio Electoral de Chile (Servel), un organismo estatal aut¨®nomo. Su misi¨®n es supervisar el funcionamiento pleno del sistema de votaciones chileno, que est¨¢ basado en el voto ¨²nico, secreto e intransferible que es entregado directamente a los electores por parte de los vocales de mesa. Al recibir su papeleta ¨²nica, el votante deber¨¢ elegir solo una de las opciones disponibles ¡ªen esta elecci¨®n el A favor o el En contra¡ª para que el sufragio sea v¨¢lido (si se marcan los dos el voto ser¨¢ nulo y si no se marca ninguno ser¨¢ blanco). Despu¨¦s de marcar su preferencia al interior de la c¨¢mara secreta, el votante debe doblar la papeleta y depositarla en la urna con un sello adhesivo.
El secreto del voto es fundamental y con cualquier acci¨®n que lo vulnere ¡ªcomo fotografiarlo¡ª se arriesga una pena de reclusi¨®n menor en su grado m¨ªnimo (61 a 541 d¨ªas) y multa de 1 a 3 unidades tributarias mensuales (UTM), equivalentes a 64.216 pesos (72 d¨®lares) a 192.648 pesos (215 d¨®lares), respectivamente.
Elementos b¨¢sicos para sufragar
Para cumplir con el deber ciudadano los chilenos deben asistir al local de votaci¨®n y a la mesa asignada con un elemento b¨¢sico: el carnet de identidad. El documento, proporcionado por el Registro Civil, tiene que estar vigente, aunque tambi¨¦n se aceptan las c¨¦dulas que hayan expirado despu¨¦s de 1 de enero de 2020. El pasaporte tambi¨¦n es aceptado como forma de identificaci¨®n. Otro elemento que es recomendable portar es el l¨¢piz pasta azul, el que en caso de no conseguirlo puede ser proporcionado por la propia mesa receptora de sufragios.
Sanciones por no participar
El voto es obligatorio para todos las personas que forman parte del padr¨®n electoral y que residen en Chile, mientras que para quienes sufragan en el exterior el proceso es voluntario. Quienes est¨¦n convocados para participar de manera obligatoria y no cumplan con su deber se exponen a multas desde 0,5 hasta 3 UTM, es decir 32.108 pesos (36 d¨®lares) a 192.648 pesos (215 d¨®lares), respectivamente.
Las excusas para no votar
Aunque el voto es completamente obligatorio para los chilenos que residen en el territorio nacional, existen algunas causales que pueden servir de excusas o justificativos para presentar ante las autoridades electorales. Entre ellas se encuentran estar a m¨¢s de 200 kil¨®metros de distancia del domicilio electoral correspondiente; sufrir algunas enfermedad; informar sobre una ausencia del pa¨ªs; certificar otro impedimento grave debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciar¨¢ la prueba de acuerdo a las reglas. En el caso de las personas que se encuentren distantes de su local de votaci¨®n deben completar un formulario en la plataforma virtual Comisar¨ªa Virtual y acudir a la comisar¨ªa de Carabineros m¨¢s cercana para obtener una constancia, la que deber¨¢ ser entregada al juez de polic¨ªa local al momento de la citaci¨®n.
D¨®nde se ubican los locales de votaci¨®n
De acuerdo a la ley electoral vigente, el local de votaci¨®n debe estar lo m¨¢s cerca posible del domicilio fijado por el elector. En julio de este a?o venci¨® el plazo para poder modificar la direcci¨®n o comuna registrada en el sistema. Para revisar la direcci¨®n del recinto y el n¨²mero de mesa asignado se debe ingresar al sitio web de consultas del Servel, en donde se tiene que proporcionar el RUT (n¨²mero de identidad) y resolver el captcha.
Ley seca y funcionamiento de los comercios
Chile contempla un periodo de ley seca para las jornadas electorales, en donde los establecimientos comerciales no pueden vender ning¨²n tipo de bebida alcoh¨®lica. Para estos comicios, el plazo de prohibici¨®n regir¨¢ desde las 05:00 horas del domingo 17 de diciembre, hasta dos horas despu¨¦s de que termine el proceso (el cierre de mesas se decreta a las 18:00 y los resultados definitivos se conocer¨ªan una o dos horas despu¨¦s).
A estas restricciones se agrega el cierre de los locales comerciales que no son atendidos por sus propios due?os. De acuerdo a la legislaci¨®n, los d¨ªas de elecciones corresponden a un feriado irrenunciable para los trabajadores de este sector. Los empleados de otros servicios esenciales que no tienen una jornada de descanso fijada tienen el derecho a un permiso de dos horas desde su empleador para ir a sufragar.
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