?Y qu¨¦ pretende hacer como contralor?
El dise?o institucional de la Contralor¨ªa chilena parece escapar a una regla organizacional b¨¢sica de toda democracia constitucional: a mayores responsabilidades, mayores ser¨¢n los controles
En los pr¨®ximos d¨ªas ¨Co meses¨C deber¨ªa conocerse el nombre de la persona nominada por el presidente Boric para encabezar la Contralor¨ªa General de la Rep¨²blica por los pr¨®ximos ocho a?os, posici¨®n que permanece vacante desde diciembre pasado. Esto abre una oportunidad ¨²nica a los senadores responsables de visar esta nominaci¨®n: encomendarle a quien sea finalmente designado emprender una profunda modernizaci¨®n de esta instituci¨®n.
Aunque rara vez se repara en ello, la Contralor¨ªa representa un caso ¨²nico en el mundo. Son contadas las instituciones equivalentes a nivel comparado que ejercen tantas y tan trascedentes responsabilidades en forma simult¨¢nea. Es cierto que excepcionalmente existen algunas que desempe?an tareas similares, como el Tribunal de Contas de Brasil, la Cour des Comptes de Francia o la Corte dei Conti de Italia. Pero en la mayor¨ªa de estos casos dichas funciones est¨¢n m¨¢s acotadas institucionalmente, se sujetan a mayores controles o quedan entregadas a liderazgos colegiados. Y a¨²n a pesar de ello, muchas de ellas no est¨¢n exentas de reproches. Por ejemplo, en Italia suele criticarse el control preventivo de legalidad que ejerce la Corte de Cuentas, por la coadministraci¨®n que le entrega sobre el Ejecutivo. De igual manera, en Brasil suele recriminarse que las auditor¨ªas del Tribunal de Cuentas se han traducido en un apag¨®n de bol¨ªgrafos entre los funcionarios p¨²blicos, al inhibirlos de tomar decisiones complejas o de emprender innovaciones administrativas por el temor a verse envueltos en tales auditor¨ªas.
Muchos de estos cuestionamientos son extrapolables a la Contralor¨ªa chilena, la que a pesar de su protagonismo institucional est¨¢ sujeto a escasos controles y cuyo obrar suele estar caracterizado por una gran opacidad burocr¨¢tica. Y es que su dise?o institucional parece escapar a una regla organizacional b¨¢sica de toda democracia constitucional: a mayores responsabilidades, mayores ser¨¢n los controles.
En toda justicia corresponde reconocer que esta anomal¨ªa democr¨¢tica ha sido hist¨®ricamente obviada por las innumerables contribuciones que la Contralor¨ªa ha ofrecido a la consolidaci¨®n del Estado de Derecho y a una gobernanza apegada a la legalidad. Basta recordar que, ante cada acusaci¨®n de corrupci¨®n o denuncia de ilegalidad, quienes rasgas vestiduras ante ellas suelen demandar la implacable intervenci¨®n contralora. Pero precisamente detr¨¢s de ese rol de guardi¨¢n de la probidad e integridad que se le demanda, se esconden muchos costos frecuentemente invisibilizados, como evidencian las cada vez m¨¢s numerosas acusaciones de activismo contralor.
Todo ello deber¨ªa ser ponderado por los senadores al desempe?ar su responsabilidad constitucional en la confirmaci¨®n del pr¨®ximo contralor, quienes como m¨ªnimo deber¨ªan demandar que quien resulte designado contin¨²e y expanda considerablemente los esfuerzos modernizadores desarrollados por los contralores Mendoza y Berm¨²dez. En la delimitaci¨®n de este mandato, la experiencia comparada reciente puede ser particularmente reveladora.
En las ¨²ltimas cuatro d¨¦cadas, las instituciones de auditor¨ªa han ido adquiriendo a lo largo del mundo un rol preponderante en la gobernanza contempor¨¢nea y una incidencia pol¨ªtica mucho mayor. Inicialmente concebidas como entidades secundarias limitadas a la fiscalizaci¨®n contable de lo p¨²blico, ellas se han convertido en aclamados guardianes de la eficiencia administrativa y la lucha contra la corrupci¨®n. Para compensar sus nuevas responsabilidades y su creciente protagonismo, muchos pa¨ªses han emprendido profundas reformas constitucionales y legales destinadas a someterlas a mayores controles y contrapesos.
Por mencionar solo algunos ejemplos, en Brasil o Colombia toda contrataci¨®n de personal parte en un exigente concurso p¨²blico de antecedentes que busca prevenir el desarrollo de pr¨¢cticas clientelares. En Australia, Estados Unidos o Nueva Zelanda existe un auditor o inspector independiente a cargo de fiscalizar el trabajo de auditor¨ªa o someterlo a los mismos est¨¢ndares que se exigen a las instituciones supervisadas. En M¨¦xico existe un comit¨¦ a cargo de coordinar la gesti¨®n de calidad del trabajo de auditor¨ªa y en el Reino Unido el auditor general est¨¢ sujeto a un consejo externo que lo asesora en el cumplimiento de sus responsabilidades y supervisa su gesti¨®n.
De igual manera, se han adoptado como pr¨¢cticas institucionales ciertos resguardos que permitan introducir controles o contrapesos en el cumplimiento de su mandato. Siguiendo recomendaciones internacionales, las auditoras de Austria, Estados Unidos, Indonesia, M¨¦xico, Hungr¨ªa o los Pa¨ªses Bajos se han sometido voluntariamente a una evaluaci¨®n de pares, en la que solicitan a una instituci¨®n equivalente de otro pa¨ªs que analice su trabajo y formule recomendaciones de mejora. Tambi¨¦n abundan los ejemplos de contralor¨ªas o tribunales de cuentas que solicitan evaluaciones peri¨®dicas a instituciones privadas.
Por la discrecionalidad que supone el control de auditor¨ªa, tambi¨¦n se ha vuelto cada vez m¨¢s com¨²n que rindan acuciosas cuentas de su trabajo. En este sentido, sus reportes anuales suelen incluir detalladas explicaciones de las metodolog¨ªas utilizadas en sus labores. Incluso existen ejemplos como el neozeland¨¦s en que el auditor general reconoce los aspectos mejorables de su gesti¨®n que deben ser corregidos a futuro. Tambi¨¦n se ha vuelto frecuente la adopci¨®n de planificaciones estrat¨¦gicas anuales ¨Cy no quinquenales, como en Chile¨C que incluyen metas cuantificables e indicadores de resultado, algo inexistente en nuestro caso.
Algunos de estos cambios y pr¨¢cticas indudablemente requieren de modificaciones legales que dependen del Congreso. Pero en muchos casos ellos pueden ser adoptados por iniciativa del propio contralor como una forma de mejorar y transparentar su gesti¨®n de control. En este ¨²ltimo caso es importante comprender que, al encargar este mandato modernizador al futuro contralor, los senadores no est¨¢n demandando esfuerzos extraordinarios, sino simplemente exigiendo aquello que la misma Contralor¨ªa requiere de quienes est¨¢n sometidos a su fiscalizaci¨®n. M¨¢s importante a¨²n, supone instar a la Contralor¨ªa a abrazar buenas pr¨¢cticas y recomendaciones internacionales que muchas instituciones equivalentes est¨¢n adoptando para mejorar su trabajo de control, de lo que podr¨ªa depender que ella siga desempe?ando el destacado papel que hist¨®ricamente la ha caracterizado.
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